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CONGRESO NACIONAL

las consideraciones de su mas profundo respeto. —Asamblea de Concepcion, 19 de Diciembre de 1826. —Hilarion Gaspar, presidente. —R.Novoa, diputado secretario. —Al Soberano Congreso.


Núm. 26

Juan Ignacio de Vargas, escribano de Gobierno i Hacienda de la ciudad de Concepcion i su departamento, etc. certifico, doi fe i verdadero testimonio como los Ministros de la Tesorería principal suscitaron espedientes, con fecha doce de Setiembre último, sobre arrendamiento de las haciendas secuestradas del partido de Puchacai, remitiéndose al respectivo gobernador para que practicase las dilijencias consiguientes; pero a pesar de haber tenido efecto éstas, i las mas que aquí se pusieron en planta, aun se consiguió llevar a cabo el objeto propuesto. En este estado, formalizada la Junta de Almoneda, con esta fecha para el remate de todas ellas, acordaron el auto del tenor siguiente:


acuerdo:

"En la ciudad de Concepcion i en once días del mes de Diciembre de mil ochocientos veintiseis años, los señores que componen la Junta de Almoneda, visto los espedientes suscitados por los Ministros sobre arrendamientos de las haciendas Peral, Bulluguin, Pehulmeo, Santa Ana, Panquehua, Fanquehua, Caimaco, Coyanco, Zanja, Chácara de Unzueta i dos casas en la Florida, dijeron: que teniendo consideracion a que estos fundos i los demas del departamento no ha sido posible conseguir su arrendamiento desde el año de veintidos ni ménos administradores que sirvan sin injerir peijuicios a pesar de los diferentes arbitrios que se han tocado; siguiéndose de aquí incalculables al Fisco así por la carencia de sus lejítimos ingresos como del atraso total que han sufrido i sufren por la falta de cultivos; i por otra parte, conociendo prácticamente que mas ventajas refluyen al Fisco que se entreguen en posesion sin pension alguna a los propietarios, para que las conserven con los cultivos consiguientes, que tenerlas sin producir cosa alguna, perdidas i abandonadas por aquella falta, convenian unánimemente se devolviesen a los dueños. Con esta medida que a primera vista precave peores males al Fisco, se conseguirá no solo se sostengan cultivadas por éstos i reparados sus edificios, sino tambien por la misma razon adelantadas i mejoradas para cuando el Supremo Gobierno trate por punto jeneral sobre la propiedad. De este modo habrá para entonces interesados, i el Fisco percibirá los ingresos de que ahora carece; en consecuencia, el señor Presidente cuidará despachar los consiguientes conocimientos a los respectivos gobernadores i obtener la suprema aprobacion de esta resolucion, que la creen la mas conveniente a los intereses fiscales. Así lo acordaron i firmaron, de que doi fe. —Fernández. —Manzanos. —Río. —Ante mí. —Juan Ignacio de Vargas, escribano de Gobierno i Hacienda."

I para que conste i obre los efectos que haya lugar doi la presente con insercion del acuerdo orijinal que obra en Tesorería, en la ciudad de Concepcion en doce dias del mes de Diciembre de mil ochocientos veintiseis años. —Juan Ignacio de Vargas.

Es copia del certificado orijinal i su insercion que se ha pasado a Secretaría a los fines a que se refiere, de que certifico. —Concepcion, Diciembre trece de mil ochocientos veintiséis años. —Juan Ignacio de Vargas, escribano de Gobierno i Hacienda.


Núm. 27

En diversas ocasiones mis antecesores han representado al Poder Ejecutivo Jeneral de la República sobre la nulidad en que se halla el ramo de secuestros de esta provincia, en el tiempo que aun no era dividido su territorio. Progresivamente se aumenta su ruina hasta el estremo de haberse hecho despreciables aquellos fundos, de manera que no solo hai quien los quiera en enfitéusis, pero ni aun en administracion. Sus edificios enteramente por tierra por falta de oportunas reparaciones, sus plantíos aniquilados por carencia de cultivo, van restituyendo los campos de su ubicacion al estado de la naturaleza. Del modo mas patético se ha pintado la situacion de sus antiguos propietarios sin que hubiese producido un efecto que correspondiese a los sentimientos de que se hallaba animado este Gobierno, particularmente despues que observó que los mas valiosos bienes se devolvieron a los hombres mas criminales, a los que hirieron mortalmente a la Patria, a los que han sido el oríjen de sus desastres que por largos dias deplorara.

Considerando que la permanencia de aquel ramo no solo influye directamente en la pobreza de la provincia sino tambien que concita la odiosidad contra el sistema del país, impidiendo la reforma de las opiniones en los que se desviaron; considerando tambien el ningun ingreso que tiene el Fisco o que ha sido de tan pequeño valor que no resarce los daños que sufren los pueblos, privados de las producciones de terrenos sin cultivo; el que suscribe ha creido deber tocar este asunto que lo halla digno de ocupar la consideracion de la Honorable Asamblea como depositaria de la confianza pública i de sus esperanzas, a fin de que, en uso de las atribuciones que la competen, puedan deliberar en una materia de tan notable interes.

En corroboracion de lo que acabo de esponer,