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SESION DE 17 DE FEBRERO DE 1827


proyecto de decreto:

Artículo primero. De conformidad con lo resuelto, continúe discutiéndose la Constitucion en sesiones diarias, de las cuales tres serán aplicadas a este objeto, i otras tres a la resolucion de las mociones pendientes.

Art. 2.º No se admitirá, en lo sucesivo, la introduccion de otras nuevas, i entre las presentadas serán preferidas las que tengan alguna discusion, continuándose a las demás sucesivamente por su antigüedad.

Art. 3.º Entretanto no se llena el objeto contenido en el artículo no sera permitido receso alguno en el Congreso.

Art. 4.º El Presidente de la Sala, bajo su responsabilidad, abrirá las sesiones precisamente a las diez i media de la mañana, i en caso contrario hará notar en el acta el impedimento que lo haya estorbado, el cual se tomará en consideracion al aprobarla.

Art. 5.º Estará en las facultades de la Sala acordar segunda o tercera discusion, según lo que crea conveniente, cuando un diputado la demande.

Art. 6.º El secretario de turno presentará, dentro de segundo dia, una relacion circunstanciada de las mociones pendientes, con especificacion de su estado, i se pasará copia de ella a cada uno de los diputados. — Sala de sesiones, Febrero 17 de 1827. —José María Novoa. —P. S. Prado Montaner. —Manuel Carvallo. —J. Antonio de Sapiain. —Francisco Fernández. —Juan de Dios Aguirre. —Pedro María de la Arriagada.


Núm. 151

Excmo. Señor:

El abajo firmado tiene la honra de acusar recibo de la nota de 29 de Enero último, que el señor Presidente del Congreso Nacional se sirvió dirijirle anunciándole la restitucion del órden en la República, perturbado por la atrevida sedicion del 24 del mismo. Incontinenti comuniqué a los pueblos de este departamento tan plausible noticia, en cuya unión felicito al Augusto Congreso que, por su firmeza, ha salvado la Patria de los horrores de la anarquía.

El abajo firmado suplica al señor Presidente de la Representacion Nacional se digne admitir el homenaje de su profundo respeto. —Excmo. Señor. —Intendencia de Concepcion, Febrero 8 de 1827. -Santiago Fernández . —Al señor Presidente del Soberano Congreso Nacional.


Núm. 152

Señor:

Como Presidente de la Asamblea de este departamento, creo de mi deber imponer a Vuestra Soberanía del modo mas breve, en las ocurrencias mediadas con relacion al cumplimiento de la lei de 1 r de Octubre últimó, relativa al nombramiento de intendente i vice i el actual estado de la Sala, para que, penetrada Vuestra Soberanía, de todo, delibere lo que crea oportuno.

Remitidas a la Asamblea las elecciones realizadas tn los partidos de esta provincia, cité a sesion estraordinaria el 19 del corriente, en la que se procedió en forma a la apertura i escrutinio. De él resultaron con mayor número de votos los señores don Joaquín Prieto i don Manuel Búlnes ; pero ántes de publicarse la votacion se dijo de nulidad de ella, conforme a la mocion que tengo el honor de incluir a Vuestra Soberanía. Apoyada, al presentarla por cuatro diputados, según el reglamento de la Sala, entraron en discusion algunos de los fundamentos en que estriba la proposicion; mas, ya siendo pasada con exceso la hora de tabla, se. suspendió la sesion, citándose para el 22 hasta enterar las tres discusiones de reglamento.

Llegó la segunda, en la que se leyó la representacion que acompaño; i por uno de los diputados que trataban de sostener la eleccion se pidió sesion secreta, aduciendo tener acusaciones criminales que hacer contra algunos vocales con tendencia a la materia i en particular contra el autor de la mocion. Interesándose éste que se procediese en público para que el pueblo supiera quién era delincuente i consiguiendo en este sentir los demás que se inferían también acusados, por fin, resultó se despejase la barra i en consecuencia se pasó a la secreta sesion.

El que la pidió, hizo la sola acusacion, fundándose en que no podia aun llamarse causa la que en el 2º ártículo de la mocion se dice ajitarse, porque aunque habia querella, no estaba en estado de tener aquel nombre; pero espresándose en términos no recibidos e insultantes que seguramente dieron lugar a iguales contestaciones de los acusados.

Despues de llamar al órden, i de hacerles moderadas reconvenciones, despues de esplanadas las respuestas i soluciones de los acusados, pidieron éstos la publicidad de la sesion secreta o de su resultado. Mas, todo quedó suspenso para el siguiente dia, a que cité a la Sala.

Ninguno asistió de los que sostenían la eleccion, haciendo los mismos otro tanto en las consiguientes asistencias de tabla de los dias 25 i 29 del que rije; de donde fué que ya en conformidad del artículo 10 del acta constitutiva, ya en observancia del acuerdo de esta Asamblea que dispuso unánimemente se diese por vacante la representacion de cada doctrina cuando su diputado faltase tres consecutivas veces, a las asistencias de citacion o de tabla sin estar licenciados o avisar de enfermedad; he pasado la respectiva nota al intendente para que, a las parroquias que representan los siete que no han asistido, se les