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CONGRESO NACIONAL

reglamento, se retiraron dichos señores i se anunció en la orden del dia siguiente el oficio del Ejecutivo sobre montepío i demás puestos en tabla. —Elizondo. —Montt.


ANEXOS

Núm. 3

El Vice-Presidente de la República tiene el honor de elevar a la consideracion del Congreso Nacional la consulta del Cabildo de esta capital, que le ha pasado el intendente, para que se sirva hacer las declaraciones convenientes.

Con este motivo, el Vice-Presidente reitera al Congreso Nacional las protestas de su alto respeto. —Santiago, Enero 8 de 1827. —Agustin de Eyzaguirre. —M.J. Gandarillas. —Al Congreso Nacional.


Núm. 4

Para dar la Municipalidad su debido cumplimiento a la resolucion del Congreso Nacional sobre las renuncias de los empleos electivos que US. se sirvió trascribirme en su apreciable comunicacion del 16 del corriente, ha creído oportuno poner en conocimiento del Supremo Gobierno las observaciones que constan de la adjunta nota, que tengo el honor de acompañar a US. para los fines que en ella se indican.

Dígnese US. aceptar los sentimientos de aprecio i consideracion. —Santiago i Diciembre 26 de 1826. —J. Santiago Luco. —Señor Ministro del Interior.


Santiago, Enero 8 de 1827. —Elévese al Congreso Nacional con el correspondiente oficio. —(Hai una rúbrica.) —Gandarillas.


Núm. 5

Luego que el Cuerpo se instruyó en la apreciable nota de US., en la que se trascribe la sancion del Congreso Nacional, entró en observacion sobre el artículo 2.º, que ordena que, por muerte, ausencia, enfermedad u otro lejítimo impedimento del gobernador del partido, le subrogue el alcalde o rejidor decano, i en defecto de éstos el que le sigue, i así sucesivamente.

El Ayuntamiento duda quién sea ese rejidor decano, segun la naturaleza de las presentes elecciones; porque rejidor decano ha sido siempre el mas antiguo en el oficio en que primero fué recibido, según se espresan los artículos que tratan de la materia. En el dia no hai esa antigüedad. Todos han sido electos i recibidos a un mismo tiempo; deben, pues, considerarse en un mismo grado i órden. Por consiguiente, habiendo variado el modo de las elecciones, ninguno es mas antiguo que otro, i por lo mismo, no hai decano. Mas, siendo preciso hallar uno que presida en los casos que previene el artículo 2.º citado, cree esta Corporacion, sea una de sus atribuciociones la eleccion de decano i de los que deben sucederle. Le parece igualmente que la antigüedad o decanato, debe entenderse según el órden con que están nombrados en la lista, con que obtuvo la mayoría respecto de las otras que corrieron en los dias de las elecciones; pues, según la colocacion de los nombramientos, se guarda ese órden de antigüedad en algunos cuerpos colejiados.

Parece tambien que el decano debe ser el que ha sacado mayor número de votos. Hai dos rejidores iguales en ese mayor número; i hé aquí otra duda, caso que la cuestion se resuelva por este principio; aunque éste no es superior en fuerza a los fundamentos anteriormente espuestos. Estas dificultades encuentra la Municipalidad para dar el mas exacto cumplimiento a las órdenes supremas; i para que su esposicion sirva de norma en casos semejantes que ocurran para lo sucesivo.

La misma, espera de US. la haga presente al Poder Ejecutivo, a efecto de que consulte al Lejislativo sobre las dudas indicadas, ofreciéndole asimismo los testimonios de aprecio i consideracion. —Sala Capitular, Diciembre 22 de 1826. —Francisco Javier de Urmeneta. —Miguel Valdés i Bravo. —Pedro Felipe Iñiguez. —P. A. de la Fuente. —Miguel Francisco de Trucíos. —Pedro José Fernández Recio, rejidor secretario. —Señor Gobernador-Intendente de la provincia, don J. Santiago Luco.


Núm. 6

En mis notas números 64 i 72 de 27 de Octubre i 22 de Diciembre últimos, hice presente al Soberano Congreso los apuros de la Tesorería Jeneral para cubrir sus gastos, i en su consecuencia, le pedí me proporcionase nuevos auxilios para llenarlos, respecto a que los franqueados hasta entonces habian sido ilusorios i nulos. Los ahogos recrecen de dia en dia, i no encontrando el Gobierno arbitrios para remitir los situados a Valdivia i Chiloé, que debian ya estar en camino, suplica al Congreso tome en consideracion, i con preferencia, este asunto para su pronta resolucion.

El Vice-Presidente de la República tiene el honor de ofrecer al Presidente del Congreso la mas distinguida consideracion i respeto. —Santiago, Enero 9 de 1827. ——Agustin de Eyzaguirre. —Señor Presidente del Congreso Nacional.