Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XII (1826).djvu/377

Esta página ha sido validada
375
SESION DE 17 DE AGOSTO DE 1826

de infantería, caballería i artillería. La fuerza de los cuerpos se fija, por consiguiente, con arreglo a nuestras necesidades en las plazas de fronteras de la República. A estas razones se debe también agregar otra de no ménos peso, que la Junta ha tenido presente, i es que, dando el lugar que a estas armas corresponda en el ejército, se proporciona en nuestro país alguna aplicación a los conocimientos matemáticos, de la que carece absolutamente en el dia i sin la cual, todas las teorías de esta ciencia son absolutamente inútiles i se olvidan tan luego como se dejan de la mano.

Instrucción

Si el arte de la guerra está sujeto a principios, como lo están todos i cualquiera ciencia, es innegable que necesitan los que la profesan un aprendizaje de los primeros elementos hasta el punto que, pudiendo manejarse por sí sola i con el auxilio de la esperiencia, lleguen al grado de perfección que se debe exijir de cada uno, según ¡a clase a que aspire. Tal ha sido siempre la opinion de los buenos militares, i tal es el espíritu de las Ordenanzas cuando hablan de la instrucción que debe darse a los cadetes de los cuerpos.

En una palabra, los principios de aritmética, áljebra, jeometría i trigonometría rectilínea, jeometría práctica, táctica, fortificación de plaza i de campaña, castrametación, dibujo militar con la parte de ordenanza que comprende las obligaciones del soldado, cabo, sarjento i subteniente, i el modo de formar sumarios, ajustes de compañías, etc., hé aquí lo que seria en todas partes como estudio preliminar, a los que aspiran en el ejército a entrar en la distinguida clase de oficiales. Según la Ordenanza, la mayor parte de esta instrucción debe darse en los mismos cuerpos por los maestros de cadetes; mas, todo a la verdad mui sencillo i económico en estremo, pero tan distante de conseguirse con el objeto que se propone, como lo ha hecho ver la misma esperiencia. Es mui difícil, en primer lugar, que haya maestros en todos los cuerpos que reúnan en sí i sean capaces al mismo tiempo de comunicar a sus discípulos esta multitud de conocimientos; es también imposible que unos jóvenes de poca edad i con la libertad de estudiar o no estudiar, según se les antoja, puedan hacer el menor progreso en unas materias, particularmente las matemáticas, que de suyo son abstractas i secas hasta que el tiempo hace ver sus aplicaciones i utilidades, i es imposible, últimamente, que unos cuerpos que están siempre en continuo movimiento i regularmente en lugares donde hasta lo necesario para la vida suele faltar, puedan proveer a sus cadetes de los libros, papel e instrumentos i demás útiles que necesitan para el efecto. Convencida, pues, la Junta de estos inconvenientes i penetrada al mismo tiempo de la necesidad de formar, con la debida anticipación, un plantel de donde salgan en lo sucesivo oficiales idóneos en todas armas, i de éstos los jenerales, cualquiera que sea la forma que quiera darse a nuestra fuerza armada, ora se haya de componer de tropas de línea i de milicias, ora sea de éstas solamente o de las otras, propone en el proyecto de organización la formacion de una Academia Militar, bajo un plan i reglamento en el cual se fijen las materias i los autores que se han de estudiar, el órden i método de la enseñanza, como igualmente el tiempo que ésta debe durar en el todo i en cada uno de los cursos. Para cuando se haya de poner en planta, lo que se previene en el artículo 17, la Junta se reserva suministrar sus ideas en la materia, no haciéndolo ahora porque, ademas de ser importuno, alargaría demasiado este informe.

Comandancia Jeneral e Inspección Jeneral

La Junta cree que debe sustituirse a la denominación de E. M. J. la de Comandancia Jeneral de Armas e Inspección Jeneral del Ejército, pues las funciones de comandante jeneral mas tienden a lo económico i gubernativo de los cuerpos que al mando de las operaciones militares, propia solo del servicio de campaña.

La forma que en el proyecto se da a la Inspección Jeneral solo se diferencia de la que actualmente tiene el Estado Mayor Jeneral, en la mesa o departamento de hacienda que se le agrega de nuevo, porque la Junta es de opinion que debe haber también este conocimiento, a fin de que, por el conducto del inspector jeneral, lleguen al Supremo Gobierno todas las comunicaciones relativas a la contabilidad de los cuerpos.

Cuando en tiempo de campaña se haya de formar algún Estado Mayor, el Gobierno elejirá de los oficiales o jefes de todas las armas, aquéllos que se crean mas aptos para el desempeño de tan importante comision, i, si se quiere, podrá formarse con anticipación el reglamento en que se determinen todas las funciones de los individuos del Estado Mayor.

Cuerpo de cirujía

La Junta, al organizar la fuerza del Ejército permanente, no ha podido olvidar un ramo tan necesario a la salud i conservación de los individuos que la componen. En todos los puntos en donde residen secciones del ejército, deben existir hospitales permanentes o ambulantes, con los profesores i demás elementos precisos para su servicio. En esta supuesto, está persuadida la Junta, que el número de facultades que propone es el mínimum de lo que exije la multitud de puntos en que se ha distribuido la fuerza, debiendo prevenirse que en esto no ha llevado tanto por objeto fijar definitivamente el número i clase de los profesores necesarios, cuanto asegurar la permanencia de un cuerpo con que po-