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344 | CONGRESO NACIONAL |
tecedentes sobre el mismo asunto, opina deba aprobarse por la Sala el siguiente decreto:
Contéstese al Ejecutivo haga cumplir a los asentistas del estanco lo aprobado por el ▼Congreso Nacional, con fecha 24 de Julio i I.° de Agosto del presente año, i que, sobre la existencia o abolicion de dicho estanco, resolverá lo conveniente con la posible brevedad. —Santiago, Agosto 7 de 1826. —▼Santiago Muñoz de Bezanilla. —▼Juan de Dios Romero. —▼Juan Albano.