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SESION DE 31 DE JULIO DE 1826

acomode, o al militar, si se les ha tratado bien.

El señor Benavente. —He oido leer unos cuantos artículos que hacen, o que se llaman mejoras a la mocion que se discute; pero ellos deben venir en forma de mocion, siguiendo el órden establecido en la Sala; de consiguiente, el señor diputado deberá presentarlos en esta forma, a pesar que no los creo suficientes. Yo no sé sí me habré esplícado bien: yo creo que las leyes deben ser suficientemente precisas i que jamas dejen lugar al engaño. Yo veo que se previene en esos artículos que se designe una cantidad fija para el enganche; i pregunto: si no fuese capa? de llamar el ínteres del hombre esa cantidad que se designa se, ¿qué seria del ejército? Por eso dije que una lei de conscripción era la única capaz de cortar ese abuso, i no he oido otro arbitrio cierto i seguro entre todos los que se han propuesto, i por eso he dicho que estamos mui distantes de remediar el abuso, si no se da una lei que lo ataque en su oríjen; las leyes deben ser eficaces, i de lo contrario serán despreciadas; en vano el lejislador prohibe el duelo cuando se ve que es en vano el prohibirlo, porque se teme mas la pérdida del honor no admitiendo desafío, que las penas que impone la lei. Jamas he visto en los ejércitos un solo entusiasta que haya ido a pelear por la libertad, porque ya la carrera militar no se considera la mas honrosa ni se cree una distinción el defender la Patria. El plazo de un año que se asigna es demasiado corto; no hai duda que el soldado chileno no necesita de tanto tiempo para instruirse porque es demasiado esperto. Yo creo que el inconveniente que trae el plazo de un año, es que podrian desorganizarse los ejércitos a cada momento, como sucedió en Norte América, donde se les prometió licenciarlos al cabo de un año, i hubieron conmociones en todo el país, i su libertad corrió grandes riesgos, retirándose los ejércitos. A veces un hombre sublime entre ellos, como Washington, los volvió a las campañas, a fuerza de ofrecerles el pronto reemplazo. Por eso creo que el enganche ofrece males que no se presentan dictando la lei de conscripción. Ademas, creo que, en estos tiempos, los diez pesos no son bastante para estimular a un hombre a tomar el destino de soldado. Habia tiempos en Chile, en que para ser soldado era necesario empeños; mas, eran unos cuerpos semejantes a las milicias del Papa que no hacían mas que vestir las insignias de militar i comer; pero han variado las circunstancias, bien por la guerra que ántes no habia o por la menor abundancia. Si no se cree aun la mocion en estado de sancionarse, yo presentaré un proyecto de conscripcion, porque jamas creeré que el abuso pueda desterrarse por la lei de enganche.

El señor Infante. —No he presentado la mocion o esta indicación por escrito, siguiendo la práctica constante que ha habido en el Congreso de entrar a discusión cualquiera indicación que se haya hecho durante la de algún proyecto; sin embargo, para mí es indiferente el presentarla como una mocion, o que se tenga como una indicación. Se ha notado en ella que el enganche no basta i que, de consiguiente, no tendremos en ese caso un soldado. Sí mediante el enganche de diez pesos no hai un soldado, entónces diria que se aumente a veinte, i que si no basta la cantidad de veinte pesos, se aumente a cuarenta i sucesivamente, porque tengo entendido que el prestarse un individuo a un destino a que no se le puede obligar, es lo mismo que vender su libertad, i cualquiera cantidad que exija por este sacrificio no es suficiente para compensarle. De este modo tendremos soldados para el ejército de línea. Cuando no hubiese quién quisiese admitir el enganche, diríamos a esos habitantes que no quieren componer un ejército de línea: Vengan ustedes como ciudadanos a defender la Patria." Pues qué ¿para tener defensores necesitamos acaso soldados que vivan en los cuarteles? Los ciudadanos armados, armados todos podrian dormir en sus casas, i entónces sí que tendríamos cien mil defensores de la Patria, porque es preciso confesar que si la libertad la fijamos solo en el ejército de línea, siempre está en peligro; no consideramos mas que Chile es una falda de cordillera; que su costa es de trescientas a cuatrocientas leguas, i que un corto número de ejército, como será el de línea que pueda sostener, no puede atender al mismo tiempo a la defensa de una estension tan dilatada. También se ha dicho que es mui corto el tiempo de un año, i que esto ha producido fatales consecuencias en otros países. Señor, yo sé que es muí corto i seria mui bien que pudiese remediarse; pero es necesario que a estos infelices los protejan las leyes; tal es su miseria que, aun para servir, debe prefijárseles tiempo, a fin de que no se les violente; ellos no se negarán a un servicio mas dilatado por un compensativo de diez pesos que deben esperar cada año. No debe obligárseles a mas que el servicio de un año, que ellos continuarán si acaso han recibido buen trato; pero de no ¿por qué obligarlos? Yo jamas me separaré de estos principios.

Siendo las dos de la tarde, se levantó la sesión.


ANEXOS

Núm. 335

El Gobierno, en el deseo de aliviar los males que sufre la benemérita provincia de Concepción, como consecuencia de la guerra esterminadora que, por espacio de quince años, ha esperimentado, no desecha ninguno de aquellos medios que pudieran emplearse para reanimar en parte la decadente inoustria de aquella privilejiada porcíon del Estado chileno, i poder enjugar, en cuanto sea dable, las lágrimas que una lucha feroz i destructora ha hecho derramar por