tos de elección que acabamos de recibir de los señores de la mesa que la han presidido, i a nombre de mas de doscientos electores de esta concurrencia, damos el poder mas ámplio i especial al ciudadano don ▼Juan Manuel Arriagada i Bravo i al alcalde de primer voto de ésta don ▼Estanislao de Arce, como diputados electos de este partido, i suplente, don Juan Muñoz de la Fuente, capitan de cazadores nacionales de este pueblo, para que vayan los primeros a la ciudad de Rancagua a incorporarse con los demás ▼diputados que forman el ▼Cuerpo Representativo de la Nación i abrir sus sesiones el quince de Junio próximo; entenderán en su organización, pudiendo decidir en aquellas providencias i mejoras que resulten al bien jeneral, deliberen por estos principios en el tiempo de su duración, confiando sus comitentes que desempeñarán con la mayor actitud a tan importante obra que va a fijar.
Pásese copia al Ministerio del Interior de los documentos que se previene en el aitículo treinta i nueve de la convocacion suprema; i a los nombrados, del acta i este poder, para que, con él, se presenten a ejercer sus funciones a aquel Soberano Congreso; i para constancia, lo suscribimos con los señores de la mesa de la elección, hoi dia de la fecha.—Justo Muñoz, delegado.—Manuel Cayetano González, alcalde 2.º i Presidente de la mesa. —Cirilo Muñoz, alcalde provincial.—José María Ortiz, resguardador. —Bernardo Rodríguez, resguardador. —Pedro Morales, resguardador. —Eujenio Canales de la Cerda, resguardador. —Juan de Dios Narváez, resguardador.—Juan Muñoz, resguardador. —José María Vivanco, resguardador. —Doi fe, Fermín Díaz, escribano público.
Es copia del orijinal que queda en este archivo,de que certifico, i en este común, por no haber el que corresponde en esta administración.—San Cárlos, Mayo dieziocho de mil ochocientos veintiséis años. —Francisco Lagos, escribano interino.
Núm. 16
▼En la villa de Petorca, a dieziocho dias del mes de Mayo de mil ochocientos veintiséis, el Ilustre Cabildo de dicha villa, reunido en su Sala Capitular, mandó se procediese a la estension del poder que debe darse al señor delegado don ▼Manuel José de Silva, nombrado i elejido diputado para el Congreso Jeneral que ha de instalarse en quince de Junio próximo en la ciudad de Rancagua, para que, en unión de los señores diputados de los demás pueblos que deben dar las leyes a la Nación, les represente; en cuyo concepto ha sido la elección del pueblo, por el conocimiento que tiene de su carácter i seguridad de su persona, que cree que sostendrá i defenderá sus derechos. A cuyo efecto, le trasmiten i comunican un poder cumplido sin limitación para que, en su virtud, represente a dicho Congreso Jeneral. En los mismos términos i bajo los mismos principios, se le nombra de suplente al señor don José Eujenio Herrera para que, en ausencia o enfermedad, haga i ejerza la misma representación. I para su constancia, firmaron esta apoderacia el Presidente i los cuatro escrutadores de la mesa de elección. —Pedro Antonio Acuña. —José Vicente Orrego. —Joaquín Casanova.—Antonio García. —José Antonio Zorraquí.
Concuerda con el orijinal que queda en este archivo, al que me refiero en lo necesario etc. —José Santos Jara.
Núm. 17
▼En Curicó, capital de la provincia de Colchagua, a veinticinco dias del mes de Mayo de mil ochocientos veintiséis, reunidos en la Sala Consistorial los señores que componen el Ilustre Cabildo que existe actual en el pueblo, para la estension de los ▼poderes que deben conferirse a los señores diputados electos al ▼Congreso Nacional que va a instalarse en la ciudad de Rancagua el quince del siguiente Junio, comparecieron ante el citado Cabildo el señor don Mateo Labra i Serbell, alcalde de primera elección i Presidente de la mesa de escrutadores; con los señores que la han compuesto, don Francisco Merino, don Pedro Silva i Pizarro, don Francisco Ibáñez i don José Ramírez de Arellano, como nombrados por el pueblo, i dijeron: que, en virtud de haber resultado la mayor votacion i elección de dicho pueblo en acta de ayer, ser diputados de esta delegación en el Congreso Nacional los señores gobernador intendente de esta provincia ▼don Isidoro de la Peña, con trescientos setenta i dos sufrajios, i el teniente coronel ▼don Diego Donoso, con doscientos setenta i cuatro i para suplente el señor don Mateo Labra y Serbell, ya citado, con trescientos veinte votos; torgan, en nombre de todo el pueblo, que confieren todos sus poderes bastantes, cual en derecho se requiere, a cada uno en particular i en jeneral a los citados señores diputados i al suplente para que, representando su corporacion todas las veces que por bien tuvieren, propendan al mayor bien i adelantamiento de la Nación, al sosten de la relijion católica, apostólica, romana, i en particular al de los derechos del pueblo que los elije, como lo contemplen mas oportuno i honroso, sin que puedan separarse de estas ideas benéficas, cristianas iliberales, teniendo presente la confianza i satisfacción con que el pueblo deposita en ellos la esperanza de su esplendor; i, a la firmeza i cumplimiento de lo que en fuerza de ello obraren, se obligan en toda forma con poderío i sumisión, a quienes puedan i deban conocer de su causas para que se les ejecute, compela i apremie con todo rigor de derecho i via ejecutiva, como por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, convertida i no apelada, sobre que re