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SESION DE 20 DE JULIO DE 1826

blos elijan sus Cabildos, practicando su elección en la misma reunión en que se ha decretado nombren sus gobernadores para evitar otra nueva; en consecuencia, la Comision es de parecer se aprueben los dos artículos de la precedente mocion, espidiéndose, a la mayor brevedad, para que se circule a los pueblos oportunamente. —Santiago, 26 de Julio de 1826. —Cienfuegos. —Elizondo. —Fariñas. —Vicuña. —Infante, .


Núm. 206

La Comision de Peticiones cree que es esta una de las atribuciones del Congreso, pues se solicita una gracia, i nadie sino él puede otorgarla. —S. A. Pérez. —José Silvestre Lazo. —D. J. Benavente.


Núm. 207


EL CONGRESO NACIONAL A SUS COMITENTES

Ciudadanos:

La administración pública, en sus diferentes ramos, ha corrido una época demasiado complicada i difícil. Causas mui comunes, i sobre todo, los vicios del sistema colonial, de ese sistema de esclavitud e ignominia en que, por espacio de casi tres siglos, nos tuvieron sumidos nuestros crueles opresores, han dilatado su organización. Mas, desembarazados al presente de las atenciones de la guerra de la independencia, que ha puesto en nuestras manos el laurel del triunfo conquistado a fuerza de tantos afanes, os colocareis quizas bien pronto en aptitud respetable i gozareis de los inestimables bienes de la paz, el órden i la libertad. Vuestros sacrificios, constantemente rendidos en su altar sacrosanto, van a daros ya el bello fruto de la prosperidad i la dicha. Vuestros representantes, que han tenido la fortuna de acompañaros en la espinosa carrera de la revolución, se atreven a asegurarlo así; mas, sin vuestra cooperacion, sin vuestra deferencia a sus disposiciones, nada se hará. Es preciso también que cerreis los oídos a sujestiones maliciosas, que los anarquistas, los que se interesan i especulan con el desorden, pretendan inspiraros, i que dispenséis a vuestros representantes una prudente confianza, sin la que no podrán arribar a hacer el bien a que son obligados por vuestros votos, ni contar con alguna garantía en sus deliberaciones. Estas tienen por ohjeto único vuestro bien i el poneros en posesion de vuestros preciosos derechos, dándoos la libertad compatible con las instituciones liberales que dictarán para hacer la felicidad de la Nación, i que deben partir del sistema de federación que han declarado sea por el que se organizasen las provincias de la unión, de ese sistema armonioso, perfecto i por el que las primeras raciones del continente americano, que forman mas de veinte millones de habitantes, se han elevado al alto grado de poder en que se ven, i que es, en fin, el mejor calculado, mas adaptable a Chile i el que proporciona mayor suma de libertad i de bienes a la asociación.

Ciudadanos: Ya vais a sentir los efectos benéficos de este admirable sistema, elijiendo directamente, i por la primera vez, a los que os han de gobernar; si la lei provisoria que vuestros representantes han dictado para esta elección, no es perfecta ni satisface su objeto en el todo, acaso por el deseo vehemente de dároslo a conocer, de prepararos para recibir despues las instituciones de un órden superior, i porque restituyeron, en fin, vuestra dignidad i derechos, la asiduidad de sus tareas i esperiencia, que estos actos suministran, aseguran el acierto de la que fijará la Constitución. Vuestro constante amor al órden, obediencia a las leyes i respeto a las autoridades, es la garantía que tienen vuestros representantes para esperar de vosotros la mayor circunspección en este acto augusto i por el que siempre habéis suspirado.

Tales son los sentimientos de vuestros representantes i los mismos que, como su órgano, tengo la complacencia de trasmitiros. —Francisco Fernández, diputado secretario.


Núm. 208

El Congreso Nacional, en sesión de 20 del corriente, ha acordado:

  1. Los pueblos elejirán popularmente sus Cabildos;
  2. La elección se hará el mismo dia que la de los gobernadores i en la misma forma.

El Presidente de la Sala tiene el honor de participarlo al de la República para que se publique e imprima, saludándole con su acostumbrada consideración. —Sala del Congreso, Julio 21 de 1826. —Al Presidente de la República.


Núm. 209 [1]

El coronel don Benjamín Viel ha elevado una representación al Congreso Nacional para que se le suspenda el destierro en que se halla, i se le forme un consejo de guerra sobre su conducta. En sesión de 20 del corriente, se accedió a dicha solicitud, debiendo el Poder Ejecutivo mandarlo formar con arreglo a las leyes.

El Vice-Presidente de la Sala, al comunicarlo

  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Correspondencia del Congreso Nacional, tomo 80, años 1818 a 35, pájina 158, del archivo del Ministerio de la Guerra. (Nota del Recopilador).