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SENADO CONSERVADOR

da de una suerte de tierra de Lepe dotada de un regador. (Anexos núms. 159 i 160.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Que, con el legado que don Juan Arviña dejó para un beaterío de mujeres i para limosnas a los pobres, legado que en mas de veinte años aun no se ha cumplido, se establezca en la ciudad de Coquimbo un instituto por estilo del que funciona en la capital; destinara su fundacion el capital líquido que haya de la testamentaría aludida; i que si con el tiempo puede dicho instituto sostener un departamento especial para la educacion de mujeres, lo haga así; i que se proceda a nombrar el protector i la comision que deba organizar esc plantel. (Anexo núm. 161. V. sesiones del 12 de Noviembre de 1818, del 14 de Mayo, 19 de Noviembre, 15 de Diciembre de 1821 i 7 de Enero de 1822.)
  2. Instar al Supremo Director a que haga publicar los dos acuerdos que se le trascribieron el 26 de Febrero último. (Anexo núm. 162.)
  3. Asistir el 5 de los corrientes a la misa solemne que se celebrará en la Catedral en conmemoracion de la victoria de Maipo.

ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a tres dias del mes de Abril de mil ochocientos veintiún años, estando el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se vió la solicitud del censor de la ciudad de Coquimbo, pidiendo el establecimiento de un colejio de educación de la juventud i la aplicacion del resto de los capitales que dejó don Juan Antonio Arviña para un beaterío de mujeres i limosnas de pobres, i con el allanamiento prestado por el señor Gobernador del Obispado, teniendo por norte S. E. la mayor utilidad i conveniencia que resulta de la realizacion del intentado proyecto, acordó se estableciera en Coquimbo un nuevo instituto bajo la misma constitucion i reglas con que se halla el de esta capital, aplicando i destinando por ahora para sus fondos, el capital líquido que exista en la testamentaría de Arviña, en la intelijencia que si con el tiempo incrementase este establecimiento, quedará obligado para costear algún departamento que sirva de educacion a las mujeres, en cumplimiento de lo determinado por el testador; i mandando S. E. se remitiera todo el espediente al Supremo Director para que, con presencia de lo instruido por el Gobernador del Obispado, se sirviera resolverlo a la mayor brevedad, determinó se le manifestara la utilidad que adquiere el Estado con este establecimiento, que si fuera posible convendría estenderlo a las demas provincias de la República para la ilustración de la juventud.

Ordenó S. E. se reconviniera al Supremo Director por la publicacion de dos acuerdos que se remitieron con fecha 26 de Febrero, el primero declarando que, por el término de un año, no se admitieran peticiones de gracia, i el segundo resolviendo que, conforme a lo dispuesto en la Constitucion, no se admitieran en el Supremo Gobierno juicios contenciosos, porque debian remitirse a las respectivas justicias i tribunales encargados de ellos. I, ejecutadas las comunicaciones, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Perez. —Alcalde. —Rozas. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Villarreal, secretario.


ANEXOS

Núm. 154

Excmo. Señor:

Devuelvo a V. E. la adjunta solicitud del mariscal de campo, comandante jeneral de armas, don Manuel Blanco, en que por las razones indicadas en ella interpela la misma designacion de sueldo que tenia en el servicio de la marina.

Con data de 7 de Octubre próximo pasado, dije a V. E. cuanto creí de justicia en la materia; pues, seria invertir la accion de la equidad, si a este jefe, porque el Gobierno lo ha contemplado mas útil en el ejército, se le despojase del sueldo i gratificacion de cuatro mil quinientos pesos anuales que percibía como contra-almirante ántes de su remocion.

Creo mui obvio reproducir nuevamenta lo mismo que, con la espresada fecha, manifesté a V. E. en apoyo de de este asunto; pero no dejaré de significarle mi deseo por que se sirva resolver la duda que aparece entre la mutacion de destino i su derecho al mismo goce que disfrutaba. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Marzo 29 de 1821. —Bernardo O'Higgins. —José Ignacio Zenteno secretario. —Excmo. Senado.


Núm. 155

Excmo. Señor:

Conformándome con la gracia que V. E., en