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CORTE DE REPRESENTANTES

Corte. —Reitero a V.E.S. las protestas de mi mas distinguida consideracion i aprecio. —Dios guarde a V.E.S. muchos años. —Valparaíso i Noviembre 15 de 1822. —Bernardo O'Higgins. —Excma. Suprema Corte de Representantes.


Núm. 479

Tengo el honor de pasar a manos de US. la adjunta solicitud del capitan don José Mateo Corvalan, sarjento mayor en comision de esta plaza, sobre abono de gratificacion por este servicio, i que se le auxilie con casa, a fin de que se sirva US. presentarla a la Excma. Suprema Corte de Representantes al efecto indicado en el decreto de S.E. Suprema. —Aprovecho complacido esta ocasion para ofrecerme a US. con la mas alta consideracion i aprecio. —Dios guarde a US. muchos años. —Valparaíso i Noviembre 16 de 1822. Santiago Fernández. —Señor Secretario de la Excma. Suprema Corte de Representantes.


Núm. 480

Excmo. Señor Supremo Director:

Don José Mateo Corvalan, capitan efectivo de ejército i sarjento mayor de esta plaza, en comision, con el permiso necesario i conforme a Ordenanza, a V.E. digo: que, desde el momento mismo en que, triunfando las armas de la Patria en Chacabuco, se dio la libertad a Chile, mediante los sacrificios i empeños de V.E., he tenido la satisfaccion de haber prestado los servicios de campaña que V.E. no ignora, i resultan de la hoja de servicios que presento en debida forma, sin haber contado con otro ascenso que el de capitan que me fué concedido en la jornada de Maipú, despues de haber pasado los Andes con el carácter de teniente 1.º

A V.E. no se oculta que, habiendo tenido una parte en la gloriosa acción de Chacabuco, que hará en la historia de Chile el honor justamente debido a V.E., fui uno de los que dieron fundamento a la Lejion de Mérito, que fué la recompensa de esta fatiga; i si se vuelven los ojos sobre mis siguientes servicios, i el que, separado del ejército de los Andes, tuve la mayor satisfaccion en reunirme al de Chile, creo no será posible olvidar el tal cual mérito que en todo esto contraje. Creo que V.E., persuadido en ello, me ha distinguido con destinarme a la comision que ejerzo, i vivo lisonjeado de la gracia i favor que V.E. me ha dispensado; pero, Excmo. Señor, la permanencia en un país como Valparaíso en que es tan penosa la subsistencia 1 el sueldo de cuarenta i ocho pesos, que es el tínico que gozo, no teniendo ni gozando otro premio ni otra gratificacion por no haberla en esta mayoría, me tienen en la necesidad de una escasísima subsistencia, como que, debiendo pagar treinta pesos mensuales por la casa que ocupoi me quedan dieziocho pesos para comer i vestir con mi familia, cuyo gasto es imposible sostener con este sobrante; i si a los empleados civiles, que cuentan con mejores asignaciones, se les proporcionan las habitaciones; siendo mi empleo en comision mista de civil i militar, parece que, por identidad de razon, debería contar con este auxilio. V.E. se lisonjea de proporcionar a los servidores de la Patria aquellos auxilios i el alivio compatible con el destino; i si en las actuales circunstancias no es posible se me facilite otro que el de la casa, suplico a la bondad de V.E. que, o bien sea como una remuneracion de mis servicios, o bien lo sea para el desempeño del cargo de la mayoría de esta plaza, se sirva hacerme el honor de que se me declare acreedor a que se me facilite la casa de mi habitacion i la gratificacion de mayoría que corresponde, en la intelijencia que con este auxilio me será soportable la subsistencia.

Por tanto,

A V.E. suplico se digne acceder a mi peticion, que es de gracia i equidad, etc. —José Mateo Corvalan. —Con mi permiso. —Zenteno.


Valparaíso i Noviembre 12 de 1822. —Informe el Gobernador de esta plaza. —Fernández.


Núm. 481

Excmo. Supremo Señor:

La solicitud del mayor de esla plaza la concibo justa i la mas conforme la dignidad del empleo que ejerce. El sueldo de cuarenta i ocho pesos mensuales no puede de ningún modo su tragarle ni aun para una miserable subsistencia, si con ella debe pagar el alquiler de una casa que le gana treinta pesos, i debe comer i vestir con el limitado sobrante de dieziocho pesos en un pueblo como el de Valparaíso, en el que, por el aumento de su poblacion i poi la precision de mendigar de los vecinos, el abasto es caro i escaso. Los funcionarios civiles, aun contando con mejores asignaciones i algunos de ellos con otros emolumentos i gratificaciones, son auxiliados con la posesion de casa, i solo los militares carecen ele este recurso, cuando varios de ellcs tienen que prestar servicios continuados i sin interrupcion de momentos, como lo es el mayor de esta plaza. De aquí es que la pretension de casa que da mérito a este informe parece indispensable, como lo es el que V.E., a ejemplo de lo que se observa en la capital, se sitva acordar la gratificacion que sea de su supremo arbitrio, en la intelijencia que este funcionario ha desempeñado i desempeña su cargo a satisfaccion de este Gobierno, i con aquel honor que ha prestado en el ejército sus servicios a la Patria, i es lo que puedo informar en obsequio de la verdad. —Valparaíso i Noviem