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CONVENCION PREPARATORIA

los empresarios no manifiesten de buena fe si es otra u otras semillas las de la ínfima clase; pues parece cosa chocante que la cebada, tan conocida, se nos quiera introducir en forma tan pequeña que jamas se habia visto; i lo único que podria deducirse es que todo sea amasado i de la pasta resultasen unos granos mas grandes que otros, en cuyo caso no debe haber ni un ápice de diferencia en el resultado químico.

No se puede negar que todas las plantas gramíneas nos ofrecen en su semilla la sustancia amilácea nutritiva; pero jamas podremos usar de todas en jeneral, miéntras la esperieneia i cono cimientos no nos desengañen de si la planta tiene o no usos alimenticios que no contradigan con la salud pública, como sucede con el ballico de esta clase, que tiene hechos bastantes perjuicios, i es ya notoria su malignidad; i se hace preciso que, en asunto de tanta importancia, no se proceda a la permision de semejante manufactura, miéntras no se esclarezca si todas las semillas son de una especie de planta, si el grano se hace amasado i cuántas las calidades i formas. De este modo tendré la satisfaccion, tanto de servir al público, con mis cortos principios, como de impugnarles por ellos mismos a los empresarios, caso que quieran por la respuesta alucinarnos i sorprender al Supremo Gobierno; pues tengo que hacer todavía prevenciones del caso, que no pueden practicarse miéntras no contesten lo que llevo indicado.

Sírvase US. elevar mi nota al conocimiento de S.E., el Supremo Director, para que tome la deliberacion que crea oportuna. —Dios guarde a US. muchos años. —Santiago i Abril 29 de 1822. Francisco Iserm de Llombard. —Señor Protomédico del Estado don Eusebio de Oliva.


Núm. 409

Señores de la Junta Superior Económica de Hacienda:

Es indudable la sumision respetuosa del Protomedicato a la superiores autoridades, siempre deseoso de llenar con rapidez sus órdenes i justas resoluciones; mas, a las veces trepidan inconvenientes que le imposibilitan su mayor brevedad. Tal es la acaecida para el dictámen que reverentemente elevo a las superiores manos de US., que la diverjencia de opiniones que reconocieron los granos, siendo varios los facultativos, ha dado lugar a no poder con mas prontitud esplanar el dictámen. —Dios guarde a US. muchos años. —Santiago, 30 de Junio de 1822. —Dr. Eusebio Oliva. —Señores de la Junta Superior Económica de Hacienda.


En el mismo dia hice saber lo decretado a don Santiago Heitz, de que doi fe. —Diaz.


Santiago i Julio 2 de 1822. —Para allanar el inconveniente que apunta el Protomedicato, cítese al empresario para el viérnes 5 del presente. —Vial. —Diaz.}


Núm. 410


Descripcion del análisis del arroz de cebada en las dos calidades presentadas por el señor Protomédico del Estado, doctor don Eusebio de Oliva, a quien se le ordenó por el Supremo Gobierno su reconocimiento.
Puestos en análisis 144 gramos de cada una de estas tres especies, suministraron lo siguiente:
Semilla mayor Semilla ínfima Arroz de Lima
De sustancia amilácea o alimenticia 37 95 48
De sustancia mucoso estractiva i fibra 107 49 96
144 144 144


Diferencia comparativa de las dos clases de grano con el arroz verdadero
Semilla mayor 22 88/100% ménos
Id. ínfima 97 88/100% de mas


Diferencia comparativa de las dos clases de grano con el arroz verdadero
Deferencia comparativa de una clase con otra
Semilla ínfima con la mayor 189 95/100% de mas

Santiago i Julio 29 de 1822. —Francisco Isern de Llombard.


Núm. 411

Tengo el honor de pasar al superior conocimiento de UUSS. el resultado químico analítico que el farmacéutico don Francisco Llombard ha hecho de los granos de cebada de distinta calidad i de la simiente de arroz, que en tres paquetes acompaño a UUSS. para que, adjuntos a la demostracion de farmacia, se sirva elevarlos a las manos supremas del Excmo. Señor Director, para el fin que se ha propuesto en obsequio de la salud pública, prévio sí el esclarecimiento de la duda que en las indicadas semillas anota Llombard para el cabal desempeño del exámen que se le ha encargado. —Dios guarde a UUSS. muchos años. —Santiago, 5 de Agosto de 1822. —Dr. Eusebio Oliva. —Señor Presidente i vocales de Junta Gubernativa de Hacienda.


Santiago, Agosto 6 de 1822. —Para proveer, el empresario satisfaga a las observaciones hechas por el químico que ha analizado las semi