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SESION DE 7 DE SETIEMBRE DE 1822
  1. Dejar en tabla el reglamento de trajes (V. sesiones del 4 i del 9), la asignacion para gastos estraordinarios al Gobernador de Valparaíso (V. sesiones del 5 de Setiembre de 1822 i del 11 de Enero de 1823), el aumento de sueldo al Gobernador-Intendente de Coquimbo (V. sesion del 5) i la mocion del señor Presidente para establecer un tribunal de concordia. (V. sesion del 9.)

ACTA

Se abrió la sesion a las once. Asistieron dieziocho señores diputados, presidiendo el señor Albano i el Vice-Presidente el señor Fernández.

Se leyó el acta del dia anterior i fué aprobada.

Se leyó un espediente con el informe de la Comision de Comercio sobre alzada de Consulado.

Una peticion del Gobernador de Valparaíso sobre asignacion de cuota para gastos estraordinarios, con informe de la Comision de Hacienda; i otro sobre aumento de sueldo del Gobernador-Intendente de Coquimbo.

Se tomó en consideracion el informe de la Comision Militar sobre palos i baquetas, i se acordó pedir informe al señor auditor jeneral de guerra.

Se puso en noticia de la sala el oficio de remision de la minuta de decreto sobre apelaciones de minería, i se añadió al artículo 5.º, que habla de recusaciones prorrogables a discrecion por los jueces con arreglo a las leyes. (V. sesiones del 5 de Setiembre, del 7 de Octubre i del 23 de Noviembre de 1822.)

El señor Presidente hizo una mocion en órden a la creacion de un tribunal de concordia.

Se acordó pasar un oficio en órden a la continuacion del portero de la sala, i otro por secretaría al señor Ministro de Hacienda para que asista a la sesion del lunes, 9 del presente, a primera hora, a la discusion sobre aumento de sueldos.

Quedaron en tabla los espedientes sobre trajes, sueldos de los Gobernadores de Valparaíso i Coquimbo, sobre alzada de comercio i la mocion del señor Presidente.

Se levantó la sesion a las dos i media de la tarde. —Dr. Casimiro Albano. —Camilo Henríquez, secretario. —José Gabriel Palma, secretario.


ANEXOS

Núm. 220

Honorable Convencion:

A consecuencia de la representacion de don Manuel del Rio i Cruz, cabo del resguardo del camino principal de la cordillera del Portillo, solicitando aumento de sueldo, se pasó el reclamo a la Junta Gubernativa i Económica de Hacienda, de cuya resolucion definitiva se impondrá U.H., a cuyo efecto i para su resolucion, eleve el espediente de la materia.

No debo omitir hacer presente a U.H. que diariamente se hacen iguales jestiones ante el Poder Ejecutivo, i no carecen de fundamento, porque justamente nos hallamos en una época en que han encarecido los alimentos, las habitaciones i aun el vestuario; de que resulta que las asignaciones de los empleados no les sufragan a todas sus necesidades indispensables i necesarias, i tal vez los desalienta en el desempeño de sus obligaciones, o están espuestos a ser corrompidos con notable perjuicio del fondo público. Para evitar estos funestos resultados, seria mui conveniente que la Comision de Hacienda nombrada por U.H. reglase la dotacion de sueldos civiles competentemente, minorando empleados, cuyos sueldos servirían para dotar mejor a los que queden. Penetrado U.H. de los justos motivos espuestos, resolverá con mejor acuerdo lo que hallare conveniente i justo. —Dios guarde a U.H. muchos años. —Palacio Directorial en Santiago, Setiembre 7 de 1822. —Bernardo O'Higgins. —José Antonia Rodríguez. —Honorable Convencion del Estado.


Núm. 221

Señores Ministros de la Aduana Jeneral: Don Manuel del Rio i Cruz, cabo del resguardo del camino principal de la cordillera del Portillo, con mi mayor veneracion i respeto, ante UUSS. digo: que, desde el año 1806 a que me hallo sirviendo el empleo que ejerzo, i en todo este tiempo haciendo las veces de guarda-mayor en las estaciones del invierno en el resguardo de la cordillera de los Andes, por mudarse en este tiempo dicho resguardo por órden de UUSS., según lo acostumbrado; i en el del Portillo por enfermedad o ausencia del propietario. En este espacioso tiempo de 16 años de servicio en ámbos resguardos, he sufrido las mayores indijencias i escaseces, que han sido i lo son hasta el presente demasiado notorias, así en mi persona como en la de mi numerosa familia que mantengo, que se compone de diezinueve bocas diarias, sin mas entrada que la limitada dotacion de 33 pesos 2½ reales de mi sueldo mensual. De esta cantidad he de pagar 17 pesos mensuales de casa, cuatro de gastos de cabalgadura, manutencion en los resguardos de cordillera, gastos en esta capital para subsistencia de mi familia; la he de vestir con la decencia que le corresponda, de modo que a los quince dias de recibido el sueldo ya 110 hai medio real en la casa, ni de donde echar mano para remediar una necesidad. En