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SESION DE 29 DE DICIEMBRE DE 1822
  1. De un informe de la Comision de Lejislacion sobre la manera de constituir la alzada de las causas de minería. (Anexo núm. 178. V. sesiones del 23 de Agosto i del 3 de Setiembre de 1822.)
  2. De otro informe de la Comision Militar sobre la supresion propuesta por el señor Henríquez de la pena de palos i baquetas; los informantes proponen que se suprima dicha pena i que en su lugar se autorice, en ciertas condiciones, la de azotes. '(Anexo núm. V. sesiones del 13 de Agosto i del 4 de Setiembre de 1822.)
  3. De otro informe de la Comision de Lejislacion sobre el reglamento de trajes i condecoraciones. (V. sesiones del 12 de Agosto i del 4 de Setiembre de 1822.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Que la Lejion de Mérito conserve el nombre de tal; que no se le cambie por el de Orden que el señor Henríquez propone, i que se la considere como la primera distincion del país. (V. sesion del 26.)
  2. Aprobar los seis artículos del titulo I de los estatutos de la Lejion, i los siete primeros del título II, dejando pendiente la discusion del 8.º (V. sesion del 31.)
  3. Sobre el envío de Ministros a algunos Estados sud-americanos, propuesto por el Gobierno, dejar pendiente la discusion. (V. sesiones del 23 de Agosto de 1821, del, 31 de Agosto de 1822 i del 1.º de Setiembre de 1823.)

ACTA

Se abrió la sesion a las once, con todos los señores Diputados, excepto los señores Valdivieso, Errázuriz i Caldera. Leída, se aprobó el acta del dia anterior.

En seguida se leyó un oficio del Ministro de Relaciones Esteriores sobre enviados estraordinarios cerca de los Gobiernos de Colombia, Perú i Buenos Aires, i sobre el aumento de les sueldos hasta 6,000 pesos. Se siguió leyendo el informe de la Comision de Lejislacion sobre juicios de minería. Despues el de la misma Comision sobre trajes. Otro de la Comision Militar sobre moderar el castigo de palos i baquetas. Se tomó en consideracion el reglamento o estatutos de la Lejion de Mérito de Chile. El vocal secretario se declaró contra el nombre de Lejion i contra su divisa, i que mas bien le convenia el nombre de Orden.

El señor Presidente dijo que convenia alejarse del método de las órdenes; que la Lejion es militar en su orijen, trayéndolo desde la jornada de Chacabuco; que la estrella era ya un símbolo de los araucanos. Se acordó conserve el nombre de Lejion, su divisa, i que sea la primera distincion del país.

Se siguió leyendo el título I, i se aprobaron los seis artículos de que consta. En el título II se aprobaron a la letra los artículos 1.º, 2.º, 3.º i 4.º En el artículo 5.º se suprimieron las palabras contador i tesorero. Suprimióse el artículo 6.º; se aprobó el 7.º, i sobre el 8.º eflexionó el señor Tagle diciendo que, habiéndose prometido a la tropa en Mendoza varios premios, de lo que era un compensativo la pensión asignada a los lejionarios en este artículo i demás que hablan de ella, resultaba un compromiso en que era necesario buscar un medio, i éste era el propuesto por la Comisionen su informe, con la calidad de que en adelante no se asignasen pensiones. Este dictámen fué esforzado por el señor Presidente, quien recordó que algunas haciendas de las pertenecientes a fondos lejionarios estaban ya repartidas.

El señor Tagle dijo: "las pensiones dadas deben subsistir, pero no darse otras."

Se suspendió la discusion hasta ver los términos del decreto directorial sobie estos fondos.

En segunda hora, leido el oficio sobre enviados, el señor Vice-Presidente observó la necesidad de conocer el estado del Erario. Fué sostenido por el vocal secretario.

Se levantó la sesion a las dos de la tarde. —Dr. Casimiro Albano, Presidente. —Camilo Henriquez, secretario. —Dr. José Gabriel Palma, secretario.


ANEXOS

Núm. 172

Honorable Convencion:

En 9 de Mayo último representó la Cámara de Justicia sobre su indotacion, i, consiguiente a lo decretado en 29 del mismo, procedió la Junta Gubernativa i Económica de Hacienda a la designacion de sueldos, en los términos que aparece de su auto 18 de Junio de este año. En él comprendió el de esta Direccion Suprema; pero miéntras tenga yo el honor de estar investido de esta majistratura, suplico a la Honorable Convencion no