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SESION DE 18 DE JUNIO DE 1823

residencia el conocimiento de la causa en que dicho embargo ha incidido. (Anexo múmero 343.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Devolver al Poder Ejecutivo los documentos relativos a la administracion de rentas de Coquimbo para que los Ministros de la Contaduria formen un proyecto de reglamento e informen sobre el de reunir la tesoreria i la aduana de aquel puerto. (Anexo número 344. V. sesiones del 6 i del 27.)
  2. Insistir en que se lleven a efecto las reglas acordadas el 21 de Mayo sobre disciplina eclesiástica. (Anexo múm. 345. V. sesiones del 3, del 6, del 16 i del 30 de Junio, del 4 de Julio i del 3 ordinaria de Noviembre de 1823.)
  3. Que se forme espediente sobre el valor corriente a que las pastas metálicas se han de comprar en la Casa de Moneda. (Anexo núm. 346. V. sesiones de 14 de Marzo i del 2 de Abril de 1819, del 4 de Setiembre de 1820 i del 23 de Junio de 1823.)
  4. Sobre la solicitud de don Pedro de Mena, lo que sigue: "No debiendo entender el Senado en materias de justicia, ocurra el suplicante adonde corresponda."
  5. Citar por secretaria a sesion al Presidente don Agustín Eyzaguirre, manifestándole que su asistencia al Senado es necesaria. (V. sesion del 23.)

ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a dieziocho dias del mes de Junio de mil ochocientos veintitres años, habiéndose visto en el Senado los documentos relativos a la administracion de rentas de Coquimbo, se acordó debian remitirse al Poder Ejecutivo para que, ordenándose por el Supremo Director a los Ministros del Tribunal de Cuentas que formen i le presenten el reglamento necesario, espongan cuanto hallen por conveniente, i principalmente si convendrá o nó la reunion de la tesoreria i aduana en Coquimbo.

Vistas por el Senado las observaciones del Gobierno a los dos puntos comprendidos en el acuerdo de veintiuno de Mayo último, sobre nombrar una comision para calificar la conducta patriótica de los eclesiásticos, i en órden a que se suspenda el dar hábitos a los regulares de uno i otro sexo, sin precedente justificativo de hallarse los conventos de regulares i monasterios en la observancia i disciplina de su instituto; despues de aplaudir el Senado la resolucion del Supremo Director, al sancionar que la emision de votos solemnes no se haga hasta los veinticinco años de edad, insiste el Senado en que se lleven a debido efecto los particulares a que dirije el Gobierno sus antedichas observaciones.

Con ocasion de haber oficiado al Senado el Poder Ejecutivo, con fecha doce del corriente, en contestacion al acuerdo de tres del mismo, sobre la parte del empréstito destinado a la compra de plata en pasta o barras, por negociacion de la Casa de Moneda i para fomento de sus labores, se acordó por la sala que se forme el espediente sobre el valor corriente a que han de pagarse las pastas en la Moneda, remitiéndose con este objeto al Gobierno la mocion hecha sobre el particular. Concluida la sesion firmaron los senadores con el secretario. —Novoa. —Errázuriz. —Infante. —Gutiérrez. —Arce. —Hurtado.- Barros. —Henríquez.


ANEXOS

Núm. 340

El Director Supremo del Estado, movido eficazmente del deseo que le anima por el bien público, hace presente al Senado Conservador la necesidad de trasladar la cárcel pública de esta capital a otro lugar en que, consultándose la seguridad de los reos, puedan al mismo tiempo tener mas estension, comodidad i proporciones para dedicarse al trabajo que se les quiera proporcionar en utilidad de ellos mismos. A este efecto ha cedido a favor de la ciudad el antiguo sitio de los Huérfanos con los cimientos i demás que en él se encuentran. Con el mismo fin ha mandado hacer el presupuesto de los costos que pueda tener el edificio, que ha de comprender la nueva cárcel i una casa de correccion; ha pedido a la Municipalidad que le avise inmediatamente de qué fondos podrá echar mano, sin reservar los mas sagrados, para llenar este objeto; i espera que, penetrado el Senado de la conveniencia de esta medida, que cede en utilidad pública, tendrá a bien aprobar el proyecto indicado. —Con este motivo el Director asegura de nuevo al Senado los sentimientos de su distinguida consideracion. —Palacio Dírectorial, Santiago, Junio 18 de 1823. —Ramon Freire. —Mariano de Egaña. —Al Senado Conservador.