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SENADO CONSERVADOR

cuya posesion jamas ha estado. Hai causas pendientes de esta naturaleza, i a fin de evitar nulidades, espera la Junta que V. E., como representante del Supremo Poder Judiciario, se digne elevar la consulta al Excmo. Senado para que su decision sirva de regla en lo sucesivo. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago i Mayo 9 de 1823. —Francisco Antonio Pérez. —Lorenzo José de Villalon. —Rafael Correa de Saa.- José Ramón de Vargas i Belbal. —Excma. Suprema Cámara de Apelaciones.


Núm. 167

En la novísima Constitucion del año de 22, se dispuso que la alzada en causas de presas fuese a la Cámara de Justicia, en circunstancias que por el reglamento adicional al Código de Intendentes, correspondía a la Junta Contenciosa de Hacienda. Posteriormente la Junta Gubernativa, con acuerdo de su Consejo, resolvió que aquella Junta Contenciosa fuese la que disponia la Constitucion del año de 18, i no la establecida en aquel reglamento adicional. Mas, como nada se dijere acerca de la Junta directiva, se duda justamente si exista o nó, i si en la de Hacienda actual se comprende la Gubernativa i Contenciosa como ántes; mucho mas cuando los individuos de la Gubernativa, son los mismos que de la Contenciosa. Dígnese V. E., como representante del Supremo Poder Judiciario, elevar esta consulta al Excmo. Senado para que su decision evite dudas i nulidades en lo sucesivo. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago i Mayo 9 de 1823. —Francisco Antonio Pérez. —Lorenzo José de Villalon.- Rafael Correa de Saa. —José Ramón de Vargas i Belbal. — Excma. Cámara de Apelaciones.


Núm. 168

El Senado me ordena que pida a US. el espediente promovido por don Joaquín Tocornal, sobre apertura de puerto en Topocalma, el cual espediente está en la secretaría del departamento de US. —Tengo el honor de saludar a US. con mi mayor consideracion. —Santiago, Mayo 9 de 1823. —Al señor Ministro de Estado en el departamento de Gobierno.


Núm. 169

Excmo. Señor:

En conformidad del acuerdo del Senado, que tuve el honor de comunicar a V.E., en oficio de 7 del corriente, los señores senadores don Manuel Antonio González, don Márcos Gallo i don Gregorio Cordovez nombraron de suplentes para el Senado al doctor don José María Argandoña, a frai Antonino Gutiérrez, que ya tenia despachos de la Asamblea de Coquimbo para en caso de enfermedad o ausencia de los diputados, i al licenciado don José Manuel Barros, cuya larga residencia en Coquimbo le ha dado conocimientos bastantes en la provincia. —Lo pongo en noticia de V. E., i lo saludo con mi mas alto aprecio. —Santiago, Mayo 9 de 1823. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 170

Excmo. Señor:

El Senado aprueba la iniciativa de V. E., en órden a que la comision nombrada para entender en el empréstito proponga, por punto jeneral, la indemnizacion que deba hacerse a los que devuelvan las libranzas relativas al empréstito legalmente protestadas, debiéndose presentar al Senado la mencionada propuesta de la comision. —Tengo la honra de ofrecer a V. E. las protestas de mi mas alto aprecio. —Santiago, Mayo 9 de 1823. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 171

Excmo. Señor:

No siendo posible que un solo secretario espida los negocios que ocurren en esta sala i sea al mismo tiempo redactor de los acuerdos, para que se den al público en un periódico, ha venido el Senado en nombrar otro, que es el doctor don Gabriel Palma, en atencion a sus distinguidos talentos i servicios, asignándole cien pesos mensuales. La sala espera que, aprobando V. E. este nombramiento, se sirva darla órden conveniente para la toma de Razon. —Acepte V. E. los sentimientos de mi mas alta consideracion i aprecio. —Santiago, Mayo 9 de 1823. —Al Excmo. Señor Supremo Director.