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SESION DE 17 DE OCTUBRE DE 1823

Un informe de la Comision de Industria sobre la solicitud de don Santiago Heitz, con un proyecto de decreto, que es como sigue:

"No ha lugar a la solicitud de don Santiago Heitz". —Se mandó traer a la sesion que corresponda.

Un informe de la Comision de Gobierno sobre el proyecto de lei del señor Trujillo, presentado en sesion de primero de Octubre, en que opina ser aquél mui justo i racional. —Se mandó traer a la sesion que corresponda.

Otro de la misma sobre el proyecto de lei del señor Arce, presentado el 10 de Octubre, con un proyecto de decreto, que es como sigue:

"Téngase presente por el Poder Ejecutivo al tiempo de hacerse la particion de provincias del Estado."— Se mandó llamar a la sesion que corresponda.

La solicitud de don José María i de don Juan Manuel Ugarte, sobre que haga el Congreso declaracion de las deudas que por las reales órdenes que espresa se contrajeron con el Estado i si éstas deben tener su vigor en todo o en parte. —Se mandó pasar a la Comision de Justicia i Lejislacion.

Se llamó a discusion la solicitud del señor Ojeda, presentada el veintiséis de Setiembre. Se hicieron varias observaciones i preguntándose si debia conocer el Congreso en ella o pasarse a los Tribunales de Justicia, resultó por mayoría se remitiese a éstos.

El señor Echévers presentó una carta dirijida al señor Presidente por el Reverendo Padre Frai Nolasco Zárate, en que indica los abusos cometidos por los diezmeros i demanderos de la campaña. Se tomó en consideracion i fijando el señor Vial del Rio la siguiente proposicion:

"Remítase esta carta al Poder Ejecutivo para que, por lo respectivo a las demandas con cajones, estampas, bultos de imájenes, haga observar el artículo 8.º del decreto de 2 de Diciembre de 1817, librado por el Gobernador del Obispado, mandado observar i publicar por el Gobierno-Intendencia el 9 del mismo mes, e impreso en el SEMANARIO DE POLICÍA número 14, haciéndolo reimprimir en el Boletin, para que se le dé su debido cumplimiento, bajo las penas de prision i privacion de las limosnas colectadas a los contraventores, las que se aplicarán a objetos de misericordia, circulándose a todos los jueces del Estado el Boletin, previniéndole igualmente que por lo relativo a los diezmos, el Soberano Congreso, los va a tomar en consideracion."— Fué aprobada por el Soberano Congreso.

El señor Vial Santelices hizo algunas indicaciones a cerca de diezmos i se acordó las presentase por escrito.

Una solicitud del provincial i prior de San Agustin, en que piden pronta providencia para que se les restituya el convento de San Agustin que se hallaba ocupado por las tropas. —Se mandó pasar a la Comision de Gobierno.

Otra del Cabildo de Petorca, en que solicita declare el Congreso a los vecinos de su pueblo libres del inquilinaje que han pagado por muchos años al convento de agustinos. —Se mandó pasar a la Comision de Gobierno.

Se llamó el asunto de don José María Fernández Balmaceda. Se hicieron varias esposiciones sobre la naturaleza del recurso i preguntándose si este negocio se discutía en el Soberano Congreso o nó, se declaró, se admitiese a discusion.

El señor Arce dijo: que no se admita a discusion este negocio, por ser este conocimiento contrario a la naturaleza de las atribuciones del Congreso.

En este estado, se levantó la sesion a la hora acostumbrada. —JUAN EGAÑA. —Dr. Gabriel Ocampo, secretario.


ANEXOS

Núm. 535

Queda librada la órden para que se proporcionen los útiles de herramientas necesarias para los operarios que deben ir a Valdivia, para la plantificacion de la fábrica de ladrillos, de que trata la nota del secretario del Soberano Congreso, a que acompaña el espediente del asunto i la cual tengo el honor de contestar, reiterándole mis consideraciones. —Ministerio de Hacienda, — Valparaíso, 16 de Octubre de 1823. —D. J. Benavente. —Señor Secretario del Soberano Congreso.


Núm. 536

Señor:

La Comision de Industria, vista la solicitud de don Santiago Heitz, dirijida a que se le dé una patente para que, por el término de diez años, el que quiera hacer uso de una máquina de torcer hilos, la compre a su casa fábrica en quinientos pesos, i el que la construya fuera de ella le pague doscientos, dice: que esta solicitud ha sido fuertemente contradicha por una compañía de estranjeros, a quienes se les ha entregado un patio del cuartel de San Diego, en el que, segun dicen, van a establecer la casa de correccion, situando en él las mismas máquinas para manufacturar iguales tejidos a los que elabora don Santiago Heitz. Como en la presentacion de éste se hiciese mérito de que tenia privilejios esclusivos obtenidos del Supremo Gobierno, para máquinas de nueva invencion en el país, se le han exijido estos documentos que no ha presentado, i a la Comision le parece que no debe accederse a la pretension de Heitz, por que seria poner trabas destructoras a la naciente industria del Estado, reconcentrando esclusivamente en una sola mano las manu