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SESION DE 15 DE OCTUBRE DE 1823

dias a que habia introducido una solicitud al Soberano Congreso, sobre el despojo sufrido en Chillan i que hasta el presente no se había traido a consideracion con grave perjuicio de su familia. —Se mandó traer para la próxima sesion, anticipándose su llamamiento por la urjencia indicada.

Leyóse un oficio de la Cámara de Justicia, dirijido al secretario, acompañando un oficio de los alcaldes, en que solicita se adopte una medida rigurosa que evite los males que trae la impunidad de los criminales que plagan el Estado i subvierten el órden. —Se mandó tener presente para la presente sesion, trayéndose el acuerdo del Senado Conservador, relativo al reglamento publicado en la Gaceta número 48 del año próximo pasado.

Leyóse un informe de la Comision de Policía Institutos de Misericordia, sobre el proyecto de decreto del señor Barros, para la abolicion del luto i del uso de la pólvora en fuegos artificiales, con un proyecto de lei, que es como sigue:

"Artículo primero. El Ejecutivo formará un reglamento que evite el fausto en las funciones fúnebres i prescriba el uso de los lutos.

Art. 2.º Se prohiben los fuegos artificiales." Se mandó traer a la sesion que corresponda.

Un proyecto de lei del señor Cortés, que es del tenor siguiente:

  1. Que los hacendados i propietarios del Estado no puedan obligar a sus inquilinos a que les paguen en trigos el cánon de los terrenos de labranza.
  2. Que quede a los hacendados la preferencia del pago, abonando los granos al precio corriente de la cosecha.
  3. Que lo mismo se entienda con los habilitados i arriendos de bueyes," Se mandó pasar a la Comision de Agricultura.

Un informe de la Comision de Educacion sobre el proyecto de lei, presentado por el Gobierno, para que se destinen fondos a los departamentos de instruccion científica e industrial con la lei de primero de Julio de 1813, en que aprueba el proyecto en todas sus partes. —Se mandó traer con preferencia.

Un proyecto de lei del señor Salas , es del tenor siguiente:

"Invítese a todos los Estados independientes de América.

  1. A formar un Congreso de sus respectivos Plenipotenciarios para establecer sus relaciones con las potencias de Europa, i las que deben formarse entre sí.
  2. A sostener una liga ofensiva i defensiva contra toda potencia que atente a su independencia, a los derechos constitucionales i representativos, que están establecidos en dichos Estados." Se mandó pasar a la Comision de Relaciones Esteriores.

Se llamó a discusion el oficio de la Cámara de Justicia, i despues de haberse hecho varias observaciones, indicando las medidas que se podian adoptar para cortar los males que enuncia, se fijó la siguiente proposicion: "Se declaran o nó vijentes las leyes penales del Código español, con respecto a no estar verificada la condicion de la lei senatoria sobre azotes, ínterin la Lejislatura adopta otras providencias, exceptuando siempre la infamia trascendental i la confiscacion." Se preguntó si se aprobaba o nó, i resultó aprobada por mayoria la afirmativa. El señor diputado don José Manuel Barros opinó por la negativa i pidió se salvase su voto en el acta. Se fijó por segunda proposicion.

"Se autoriza al Poder Ejecutivo a efecto de que establezca comisiones iguales a las del año 18, 19 i 22 que aceleren los juicios criminales, pero sin omitir las formas que son las garantías del individuo i los recursos naturales i comisione funcionarios i personas particulares, que procedan a la pronta e irremisible ejecucion de las penas." I preguntándose si se aprobaba o nó, resultó aprobada por unanimidad.

Leyóse un informe de la Comision de objetos relativos al Congreso sobre la renuncia del señor Villegas, i trayendo a consideracion algunos señores diputados la notoriedad de las enfermedades alegadas por aquél, se resolvió: "Admítese la renuncia i ofíciese al Huasco, por conducto del Ejecutivo, para que o venga el diputado propietario o se proceda a nombrar otro suplente."

Se llamó a primera discusion el proyecto de lei de Gobierno, sobre establecimiento de las cárceles de correccion; leyóse el informe de la Comision de Institutos de Misericordia, i teniéndose en consideracion que uno de los arbitrios propuestos por el Gobierno para este efecto era tomar cincuenta mil pesos dei empréstito de Lóndres; se acordó pasase a la Comision especial de Hacienda.

Incidentemente espuso el señor Vial del Rio sobre el estado de los trabajos de la Comision especial de Hacienda, con respecto al empréstito, añadiendo que, para que aquélla pudiese opinar sobre los destinos productivos que debian dársele a aquél, era necesario que la comision encargada para oir del Ministro de Estado en el departamento de Gobierno la noticia reservada que prometió comunicar relativa a este objeto, procediese a llenar su encargo. Se hicieron varias indicaciones i se acordó que la Comision nombrada, para este efecto, se uniese a la de Hacienda i ámbas tomasen la noticia reservada para los fines indicados en el acuerdo de esta referencia.

En este estado, se levantó la sesion a la hora acostumbrada. —Fernando Errázuriz.Dr. Gabriel Ocampo, secretario.