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SESION DE 29 DE AGOSTO DE 1823

pues de haber tenido el capitan o dueño del buque conductor que hacer desembolsos para el rancho i acomodo de la cámara, era preciso que se le satisfaciesen en proporcion a las utilidades que él creyese haber podido sacar de su dinero empleado en mercaderías. Atendidas estas consideraciones i procurando conciliar del mejor modo posible los intereses de ese Supremo Gobierno i los de don Juan Francisco Zegers, he resuelto dar pasaje a su familia en la corbeta de ese Estado la Voltaire, calculando que el aumento de los costos de las provisiones del viaje i acomodo de la cámara para este objeto, ascenderán a cinco mil francos, esto es, mil francos por cada persona. Esta suma equivale a la de doscientas libras esterlinas que, al cambio de cuarenta i cinco peniques por peso, hacen un mil sesenta i seis pesos dos i tres cuartillos reales. De este modo podrá US. mandar abonar esta partida a las entradas del empréstito, haciendo igual cargo a don Juan Francisco Zegers, de lo cual resultará que ese Supremo Gobierno recibe en Chile por el dinero suplido aquí en el envío de esta familia la misma cantidad que corresponde al cambio de la moneda que debia remitirse a ese país en otra forma. —Dios guarde a US. muchos años. —Paris, 31 de Diciembre de 1822. —Antonio José de Irisarri. —Señor Ministro de Estado i Relaciones Esteriores.


Núm. 188

Acompaño a este oficio los documentos A, B, C, que contienen las cuentas de los señores Hullett Hermanos i Compañía, por las cuales se manifiesta el líquido producto del empréstito de Chile, despues de hechas todas las deducciones. Este producto líquido, segun la cuenta marcada con la letra A, importa 654,652 libras 7 chelines i 5 peniques esterlinos. Las cuentas B i C solo contienen los pormenores de las dos últimas partidas de la letra A, para que se vea mas detalladamente el gasto que en aquellas partidas se pone por la suma total.

Debo advertir a US. que la partida de £ 8,843.1.2 que importan los intereses de las cantidades anticipadas en el pago al plazo en que obligaban las entregas, tendrá una reforma mui considerable, i de consiguiente aumentará el producto del empréstito. Para este fin he hecho emplear doscientas mil libras en papel de la tesoreria de Inglaterra, que gana un interes de mas de un tres por ciento, i es el mas seguro de todos los fondos públicos. De esta manera se puede contar con que por lo ménos se reembolsará al empréstito la mitad de esta partida cuando hayan de pagarse las últimas libranzas que se jiren por ese Supremo Gobierno contra estos fondos; i digo por lo ménos porque no seria estraño que el reembolso fuese de casi toda la suma. Esto dependerá del tiempo que estén empleadas las £ 200,000, segun la prontitud o tardanza que se esperimente en el recibo de las últimas libranzas de ese Supremo Gobierno.

En mis cálculos anteriores no conté con esta deduccion, porque no podia contarse con ella asertivamente, dependiendo tanto de la voluntad de los compradores de obligaciones, como del crédito que fuese adquiriendo el Gobierno contratante. El objeto que han tenido todos los Gobiernos en ofrecer un descuento como éste por la anticipacion de los pagos al plazo estipulado, ha sido el de asegurar el éxito de sus empréstitos cuanto ántes, sin quedar espuestos a las continjencias de semejantes negocios. La prueba de esto la tenemos hoi en todos los fondos europeos, i principalmente en los de Francia, que se miran como de los mas seguros. Ahora están un seis por ciento mas bajos que cuando yo vine de Inglaterra. Los de España padecen aun mayor baja, i los del Perú no corren casi nada, pudiéndose asegurar que en rigor no hai tales fondos, siendo en ellos todo nominal; pero si don Juan García del Rio hubiera conseguido que se le anticipasen los pagos por medio de un descuento, se hubiera quizá el empréstito realizado a costa de una corta cantidad como la de que voi tratando.

Sea, en fin, lo que fuese del producto de los intereses de las £ 200,000 empleadas en papeles de la tesoreria de Inglaterra, esto es, que produzcan la mitad o toda la cantidad que importa el descuento de las anticipaciones del empréstito, el resultado de éste está ya verificado en los mismos términos que yo me proponía. Mas de tres millones i medio de pesos del valor real recibido por las diez mil obligaciones, está ya asegurado, aunque no del papel de la tesoreria de Inglaterra mas que el dos por ciento de premio; i es mui digno de notarse en el empréstito de Chile, que estando del todo realizado, no valen las obligaciones en el mercado arriba de un seis por ciento sobre el valor recibido; hoi valen las obligaciones 73 1/2, i se pagaron segun contrato a 67 1/2. Jamas se ha visto ménos provecho en negocios de esta especie para los prestamistas, i por consiguiente tampoco se ha hecho ninguno con ménos quebranto del Gobierno contratante.

He calculado los 3 1/2 millones de pesos a 45 peniques por peso, pero el producto será mayor, pues en todos los pertrechos i demas cosas que se remitan de Europa para servicio del Estado, habrá por lo ménos una utilidad de un ciento por ciento.

Los pertrechos navales que se están acopiando en Inglaterra i están en vísperas de partir para Valparaíso, surtirán por muchos años a nuestra escuadra con el costo de 150,000 pesos poco mas, i si estos artículos se hubieran de comprar en nuestros puertos cada vez que hubiese una necesidad urjente de ellos, vendrian a costar cerca de