- diputados que en calidad de propietarios i dos que en calidad de suplentes representen en él a Chiloé. (V. sesiones del 28 de Agosto i del 1.º de Setiembre de 1823.)
- Que la Constitucion que el Congreso dicte se sujete a la ratificacion del pueblo de Chiloé cuando sea reconquistado. (V. sesion ordinaria del 24 de Noviembre de 1823.)
- Aprobar el nombramiento de don Miguel Riesco para oficial mayor i el de don Miguel Irarrázaval para tesorero de la Comision de Policía Interior (Anexo núm. 202. V. sesion del 28.)
- Devolver a la Comision de Policía i Beneficencia el informe relativo a la traslacion de los hospitales, a fin de que se tome el parecer de algunas personas que puedan ilustrar la materia. (V. sesiones del 26 de Agosto i del 15 de Setiembre de 1823.)
- Tratar el lúnes próximo acerca de las instrucciones que debe llevar el diputado que se envie a Lima i demas puntos que la iniciativa del Gobierno abraza. (V. sesiones del 27 de Agosto i del 2 de Setiembre de 1823.)
ACTA
Se abrió con treinta i seis diputados a la hora acostumbrada.
Leyóse el acta de la anterior, fué aprobada i rubricada por el señor Presidente.
Se leyó la renuncia de don Alejo Currel suplente por la Laja, i se resolvió: presente certificados de la enfermedad que alega, en forma legal.
Dióse cuenta de los documentos del empréstito de Lóndres, presentados por el Ministro de Hacienda, i pasaron a la Comision de Hacienda.
Oficios relativos al mismo empréstito presentados por el Ministro de Relaciones Esteriores pasaron a la misma Comision.
Leyóse un proyecto de lei del señor diputado ▼Fontecilla que dice: "No haya funcionarios de por vida". Pasó a la Comision de Constitucion.
Leyóse por tercera vez el proyecto de lei del señor ▼Vial del Río, sobre nombramiento de diputados suplentes por Chiloé i fué aprobado por mayoría.
Hizo mocion el señor ▼Errázuriz para que se declare que la Constitucion que se haga se sujete a la ratificacion de Chiloé cuando sea desocupado, i se resolvió conforme a ella.
Pasó a discutirse el número de suplentes que se han de nombrar a Chiloé i se acordó fuese el de tres.
Discutióse quién ha de hacer la eleccion, i se resolvió los elija el Congreso por defecto de naturales.
Fué aprobado el nombramiento de oficial mayor de la secretaria del Congreso en don Miguel Riesco, a propuesta de los secretarios, i el de tesorero de la Comision de Policía Interior en don Miguel Irarrázaval, propuesto por la misma Comision.
Se anunciaron para el lúnes los asuntos siguientes: Instrucciones que debe llevar el diputado a Lima, i demás que abraza la iniciativa del Gobierno i mocion del señor Presidente.
El informe de la Comision de Beneficencia, sobre traslacion de hospitales, se mandó devolver a la Comision de Policía i Beneficencia, para que oiga los pareceres de las personas que puedan ilustrar la materia.
En este estado, se levantó la sesion a las nueve i tres cuartos de la noche. —Juan Egaña. —Doctor Gabriel Ocampo, secretario.
Minuta que completa el acta precedente[1]
Se leyó por tercera vez el proyecto de nombrar suplentes por el archipiélago de Chiloé, i el señor ▼Vice-Presidente dijo: los chilotes no están en pacto con nosotros; no han manifestado su voluntad de entrar en él i se hallan en el caso de los araucanos, a quienes nadie se atreveria a nombrar suplentes; ellos desde la emancipacion de Chile no le pertenecieron un solo dia; de consiguiente no hai derecho para darles representacion forzada. Las conveniencias del Estado en reunirlos no dan un derecho a forzarlos; i así debe esperarse a que libre esplique su voluntad.
El señor ▼Vicuña: no han entrado, es verdad, en el pacto, porque han estado constantemente impedidos; pero su voluntad se deja presumir bien si estamos a los principios convenidos entre los políticos; la voluntad de los pueblos, dice el primero de éstos, no es lo que forzados espresan sino lo que libres deben querer; en una palabra, su felicilidad i mejor modo de estar; ésta les ofrece su asociacion a la gran familia de los chilenos; no puede, pues, dudarse que quieran unirse a ellos. Chiloé fué ántes i ha sido despues de la órden última del Rei de España, una parte integrante de Chile; i los auxilios que recibió del Perú ni tuvieron otro principio ni prueban otra cosa que la deficiencia del Erario de Chile; debiendo de consiguiente nombrárseles suplentes.
Reprodujo el señor ▼Vice-Presidente: los pactos de Chile son los que contrajo desde que, elevado
- ↑ Esta parte de la minuta de aquella sesion ha sido trascrita del Redactor de las sesiones del Soberano Congreso Constituyente. (Nota del Recopilador.)