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SESION DE 16 DE JUNIO DE 1824
SENADO CONSERVADOR
SESION 80, EN 16 DE JUNIO DE 1824
PRESIDENCIA DE DON JUAN EGAÑA


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobacion del acta precedente. —Organización de las milicias nacionales. —Observancia del reglamento de abastos. —Oficio sobre el cumplimiento de la Constitucion en Valparaíso. —Conducta funcionaría de don Cárlos Correa de Saa. —Presentacion de los vocales de la Comision de Hacienda. —Ejercicio de las facultades del Nuncio Apostólico. —Proyecto de creación de un defensor fiscal en Concepción. —Inclusion de los edecanes en las listas de pago del Senado. —Revisión de la causa de doña Tadea Olivos por la Corte Suprema. —Licencia solicitada por el escribiente don fosé Antonio Argomedo. —Reclamo del síndico de las Agustinas en demanda de libertad para contratar. —Renuncia de don Agustin de Vial, vocal de la Comision de Hacienda. —Acta. —Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Supremo Director informa sobre los antecedentes del cobro que don Cárlos Correa de Saa, auditor de guerra, hace de diez mil i tantos pesos al Fisco. (Anexo núm. 688. V. sesion del 9.)
  2. De otro oficio con que el mismo Majistrado acompaña una iniciativa de lei para crear en el Ministerio de Relaciones Esteriores una plaza de intérprete, traductor i maestro de ceremonias. (Anexos núms. 689 i 690 V. sesion del 23.)
  3. De otro oficio en que el mismo Majistrado comunica haber impartido nuevas órdenes para que se observe puntualmente el reglamento de abastos. (Anexo núm. 691. V. sesion del 11.)
  4. De otro oficio en que el mismo Majistrado comunica haber impartido órdenes para que se cumpla en Valparaíso la Constitucion en lo tocante a la administracion de justicia. (Anexo núm. 692. V. sesion del 9.)
  5. De una mocion del señor senador Prieto para que se excite al Gobierno a organizar i disciplinar las milicias nacionales. (V. sesión del 29 bis de Marzo de 1824.)
  6. De un informe verbal del secretario don Gabriel Ocampo, sobre la manera de pagarse los sueldos a los edecanes; espone el informante que en tiempo del Soberano Congreso no se incluían los nombres de estos empleados en la lista de los de aquel Cuerpo Lejislativo, pero que sí se incluian en tiempos del anterior Senado en la lista respectiva. (V. sesión del 1.º)
  7. De otro informe de la Suprema Corte