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SESION DE 8 DE JUNIO DE 1824

a que le practicaron; sin embargo, tendrá aun presente la exijencia con que el Senado ha instado por la organización i emplante de la inspecion para que pudiese funcionar i ayudar al Senado i Gobierno, en el arreglo de las rentas de que se halla especialmente encargada i mucho ménos su solicitud para que se diese el reglamento de aquella majistratura. En nota de 5 de Mayo, número 140, se hizo presente a V. E. que, sin esta lei que detallare las atribuciones de los inspectores, nada podian hacer para mejorar la hacienda, porque la ignorancia de sus atribuciones los constituia en una completa inacción. Igual dilijencia se practicó, en nota de 27 de Abril, número 125, para que mandase V. E. funcionar al procurador nacional nombrado o por su inadmision para que se procediese a nueva elección, por los perjuicios fiscales que ocasionaba el defecto de este funcionario, de que aun no ha tenido contestacion. Nuevas pruebas de que el Senado no ha descuidado ni aun la plantificación de las oficinas fiscales, que podian reunir sus esfuerzos a los del Senado para resucitar la hacienda pública.

Sobre todo, V. E. debe recordar que, cuando se contestó a la nota en que el Gobierno acusa recibo de la devolucion del presupuesto de gastos del presente año i en que protesta contra la causa del desprecio con que creia eran tratadas todas las jestiones que practicaban para restablecer la hacienda, se le manifestó formalmente los motivos porque el Senado habia retardado la sanción de los proyectos sobre papel sellado, contribuciones sobre capitales i patentes, i al mismo tiempo se protestó al Ejecutivo que no podria decidirse a imposiciones semejantes, ántes de conocer circunstanciadamente el estado de la hacienda i la insuficiencia de los ingresos ordinarios para subvenir a los gastos de la administración, i mucho ménos sin que los pueblos estuviesen satisfechos de esta verdad. El Senado renueva a V. E. esta contestacion, para que no se atribuya la demora en sancionar las iniciativas enunciadas a otro principio que a la convicción íntima que tiene de la solidez de los fundamentos que lo decidieron a adoptar esta medida.

Ultimamente, el Senado ha procurado tomar cuantas providencias ha creido conducentes para atestiguar a los pueblos i al Gobierno que la hacienda es el objeto a que ha contraído con mas especialidad sus meditaciones i trabajos, excitando hasta la misma inspección para el desempeño de los trabajos que se le han encargado. El ha visto las dificultades que por todas partes se presentan cuando se trata de la organización de este ramo, i las contradicciones que se suscitan, i sin embargo, cuando debia ceder al desaliento que le inspiran estas circunstancias i las agonías de la hacienda, entonces ha redoblado sus esfuerzos para conseguir llenar en esta parte los fervientes votos de los pueblos. De aquí nació que, contraido a meditar los medios de que podia servirse para remover los insuperables obstáculos que se le ofrecen, adoptó el nombramiento de la comision que se comunicó a V. E., en nota 1.º del presente, como el medio mas a propósito para vencerlos. Si esta comision no llena su objeto o lo dificulta, como lo cree V. E., en su nota de 4 del corriente, sin duda nadie podrá presumir que el Senado la ha nombrado con este fin, i los pueblos se convencerán de que sus disposiciones en este ramo de administración siempre han encontrado escollos invencibles que no ha estado en sus facultades destruirlos. La esposicion de V. E., en su nota precitada, es un móvil poderoso para que el Senado desconfie del buen éxito de la comision enunciada, no obstante para que no quede medio alguno por probar en este particular, el Lejislativo insiste en que ésta se lleve a debido efecto, i para ello, nombra al mariscal don Luis de la Cruz, como miembro de aquélla, cuya designación se habia dejado al arbitrio de V. E. encareciéndole que, para salvar los apuros que V. E. representa en el oficio antedicho, puede iniciar en uso de sus atribuciones los arbitrios que crea mas conducentes para conseguirlo.

El Senado, al hacer a V. E. la presente manifestación en descargo de su responsabilidad, encarga a V. E. ordene que la comision indicada principie a funcionar a la mayor brevedad, circunscribiéndose para la conclusión de sus trabajos al preciso término de quince dias, al mismo tiempo que tiene el honor de protestarle sus sentimientos de consideración i respeto. —Sala del Senado, Santiago i Junio 11 de 1824. —Al Supremo Director.

Núm. 648

El Senado, para resolver constitucionalmente sobre la autorización que pide V. E. para la creación de billetes, en su nota de 22 de Mayo, ha acordado se pida a V. E. noticia de qué resultan los sesenta mil pesos que se han librado por la caja de Valdivia contra la Tesorería Central, las contratas de que hace referencia i cuál es lo mas urjente i del día que se necesita para socorrer al ejército, sin contar con lo atrasado.

Lo que tengo el honor de comunicar a V. E. para los efectos consiguientes, ofreciéndole mis consideraciones i respetos. —Sala del Senado, Santiago i Junio 11 de 1824. —Al Supremo Director.

Núm. 649

El Senado, para resolver el proyecto de decreto sobre la creación de un defensor fiscal en la provincia de Concepción, necesita tener presente