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SENADO CONSERVADOR
  1. pedido por la caja de descuentos, declarar que esta oficina no puede entregar cantidad alguna sin recibir una obligación activa i que la lei erectiva de la misma caja le instruye del modo i forma de proceder. (V. sesión del 28.)

ACTA

Se abrió con la asistencia de los senadores Egaña, Ovalle i Vivar, Prieto i Ovalle Bezanilla.

Leida el acta de la anterior, fué aprobada i rubricada por el señor Presidente.

Leyóse la representación de los ordenanzas destinados a la policía de la sala, en que solicitan se les agracie con un vestuario, i se decretó: "Informe el mayor de plaza."

Se recibió un oficio del Gobierno con informe del contador mayor, sobre la nota que se pasó para la formacion de cuentas del año 17 i 18 i trienio último, encareciéndole el arreglo i duplicación de asistencia al despacho, i penetrado el Senado de los fundamentos que tuvo presente para este acuerdo, resolvió: "Se excite al Gobierno a que si lo tiene por conveniente, convenciéndose de la utilidad que resulta de esta medida a la administracion pública, procure nombrar comisiones para que formen los reglamentos orgánicos de las oficinas i principalmente el de los inspectores, dejando a su sabiduría i prudencia el modo cómo debe hacerlo, a cuyo efecto le recomienda el Senado la urjencia de ínteres que cree en su brevedad. Al mismo tiempo, que se espongan los fundamentos que desvanecen lo que espone el contador en el informe adjunto."

Se mandó archivar la contestación sobre las escuelas i su arreglo, contestando al que se le habia pasado a este fin.

Se leyó la representación de don José María Silva sobre dietas, en atención a haber desempeñado la diputación por Talca en el Congreso, i se acordó: "Ocurra esta parte al Gobierno a hacer la petición que le convenga, donde se halla su representación a que se refiere."

Se dió cuenta de un oficio de la caja de descuentos, pidiendo lo acordado sobre los veinte mil pesos que pidió el Gobierno, i agregación a su cuenta corriente, i se acordó: "Que, por su naturaleza, la caja no puede entregar cantidad alguna sin percibir obligación activa de toda seguridad. Que el artículo 12 i siguientes de la erección de la caja instruyen el modo i forma de proceder, i que, teniendo consideración a estos principios, el Senado le recomienda su exacto cumplimiento i que se remitiese lo acordado por el Senado."

En este estado, se levantó la sesion. —Juan Egaña. —Dr. Gabriel Ocampo.


ANEXOS

Núm. 540

La honorable nota que el Senado remitió al Gobierno, en 7 del corriente Mayo, en que dicta los medios de evitar el atraso que sufre el despacho de las oficinas fiscales, se mandó cumplir i trascribir a las que correspondía su observancia; i la Contaduría Mayor, despues de disponer el mas puntual cumplimiento de lo mandado, dirijió al Gobierno el oficio i relación que ahora remite al Senado para su conocimiento i fines consiguientes.

El Gobierno reproduce al Senado sus sentimientos de aprecio i respeto. —Ministerio de Hacienda, Santiago, 17 de Mayo de 1824. —Fernando Errázuriz. D. J. Benavente. —Al Excmo. Senado.

Núm. 541

Excmo Señor:

Conformándose V. E. con lo acordado por el Excmo. Senado, ha mandado, con fecha 7 del corriente, que la Contaduría Mayor fenezca las cuentas que tiene pendientes para que se pueda mejorar la administración de la Hacienda pública; que las relativas al último trienio lo verifique con preferencia por ser éstas de las que puede sacarse mayores ventajas en favor del Erario; que una mesa se contraiga especialmente a la liquidación de las correspondientes a los años de 17 i 18, en las que se cree fundadamente haya habido mas abuso; i que al efecto los oficiales, a mas de la asistencia que prestan en el dia, concurran dos horas en la noche, por habérsele informado que, en la falta de asistencia de éstos, consiste el atraso en que se considera la Contaduría.

Si el contador mayor no dijera a S. E. cuánto alcanza en este particular, miraría con indolencia las ventajas de la Hacienda pública, no cumpliría con sus deberes, i dejaría a V. E. angustiado hasta la conclusión de las tarcas que hoi se le recomiendan, con la dulce esperanza de que ellas han de mejorar la administración pública i proporcionar grandes ventajas al Erario.

La mejora de la administración consiste, especial i radicalmente, en la formación de un sistema de cuentas, razón i reglamentos económicos que deben darse a cada oficina con relación a nuestras privativas circunstancias. En uno i otro debe consultarse la seguridad i evitar el abuso de los intereses nacionales, poner a cubierto la res