Directorial, Noviembre 5 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Dr. José Antonio Rodríguez. —Excmo. Senado.
Núm. 656
▼Valparaíso i Octubre 14 de 1820. —No pudiendo contar por ahora con los fondos fiscales de la capital, que, empeñados por los inmensos gastos de la reciente ▼espedicion sobre el Perú, se ocupan con preferencia en librar a la desgraciada provincia de Concepcion del vandalaje mas inhumano de nuestros enemigos; i siéndonos concedido por el Supremo Director del Estado que arbitremos sin límite i por la propia delegación del Poder Lejislativo para ocurrir provisoriamente a los pagos de esta plaza, de acuerdo con sus funcionarios i vecinos de rango, vengo en cargar, como por el presente mando, la moderada contribucion de un real de bodegaje de lo que salga rejistrado por comercio esterior i de cabotaje, o vaya guiado a lo interior sobre cada pieza o bulto de dos quintales, sea de la clase o naturaleza que fuese, que se satisfarán en la aduana de contado i ántes de librar los rejistros o guias; i aumentar medio real en cada carga el de caminos, que adeudará a razon de un real i medio por cada una, i ha de satisfacerse a la entrada i salida al cobrador; como son municipales i puramente provisorios estos derechos, no se incorporarán a la hacienda del Estado i se considerarán como propios i peculiares de esta plaza para el pago de sus listas civiles i militares, se harán los enteros al Ministro tesorero semanalmente por la aduana i cobrador de caminos, que llevarán, la primera un libro rubricado por mí i comprobado con las mismas guias i rejistros para asentar el cargo i la data justificada por los recibos del tesorero; i el segundo el mismo que se acostumbra i presentará orijinal todos los sábados al mismo tesorero con el producido, que firmarán ámbos i se datará o descargará por el cargo de aquél i sus recibos.
Publíquese por ▼bando, tómese razon, implántese inmediatamente i dése cuenta con antecedentes al Excmo. Señor Supremo Director. —Cruz. —Es copia. —Claros. —Es copia. Dr. Rodríguez.
Núm. 657
Consecuente a la recomendable nota de US. de 10 del corriente, en que, para el pago de tropas últimamente acuarteladas, para el apresto de la corbeta Chacabuco, para socorro i enganchamiento de su tripulacion, me faculta plenamente para que, valiéndome de todos los medios que esten a mis alcances, bien sea por contribucion directa, por empréstito o en la forma que lo conceptúe mas conveniente, he adoptado el proyecto de publicar por bando el decreto de que acompaño a US. una copia, cuyo arbitrio me parece podrá sacarme de mis apuros actuales. Tengo el honor de participarlo a US. para su conocimiento i el del Excmo. Señor Director Supremo. —Dios guarde a US. muchos años. Valparaíso, Octubre 16 de 1820. —Luis de la Cruz. —Señor Ministro de Marina. —Es copia. —Dr. Rodríguez.
Núm. 658
La desastrosa guerra del sur va cada dia tomando tan formidable aspecto, que llama imperiosamente las atenciones del Gobierno, cuyos apuros para rechazarla son crecidísimos en razon de la deficiencia a que nos redujo la espedicion libertadora del Perú; de aquí es que en la imposibilidad de suministrar a US. los auxilios a que se refieren sus dos honorables oficios de 6 i 7 del actual, ha resuelto S.E., el Señor Supremo Director que, para evitar los peligros que anuncia, el único arbitrio que se presenta es que US., como tan interesado en la presente lid, redoble sus esfuerzos, acuartele la compañía cívica de artillería del modo que US. lo previene; i en cuanto a socorrerle con el diario i demás gastos indispensables a este fin, tiene US. plena facultad para valerse de todos los medios que estén en sus alcances, ya sea por una contribucion directa, por empréstito o en la forma que US. lo conceptúe mas conveniente.
Así lo ha dispuesto S.E. despues de haberse hecho capaz del contenido de los dos citados oficios que, de su órden suprema, tengo el honor de contestar para los fines consiguientes. —Dios guarde a US. etc. —Es copia. —Zenteno.
Núm. 659
Excmo. Señor:
La representacion que tengo el honor de pasar orijinal a manos de V.E., la ha dirijido el Ministro fiscal, reclamando del decreto acordado de 2 del corriente, inserto en la Gaceta del 4. V.E., con su alta penetracion, sabrá resolver lo conveniente. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, Noviembre 6 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Dr. José Antonio Rodríguez. —Excmo. Senado.
Núm. 660
Excmo. Señor:
Doña Escolástica Ruiz, viuda del capitan de ejército don Estéban Reyes, ha ocurrido al Senado pidiendo verbal audiencia, que se le franqueó como un desahogo a las lágrimas con que