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SENADO CONSERVADOR
  1. Doña Escolástica Ruiz, viuda del capitan de ejército don Esteban Reyes, pide audiencia, i concedida que le es, espone que ha perdido en la guerra a varios de sus deudos; que no tiene para vivir mas que el montepío de 15 pesos i 5 reales mensuales; i que el pago de esta suma le suele ser demorado en la tesorería, i solicita por gracia que se le mande pagar por la aduana. (V. sesion del 19 de Noviembre de 1819.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Recomendar al Supremo Director que, en mérito de la indijencia de doña Escolástica Ruiz, viuda de Reyes, i de los servicios prestados por sus deudos a la patria, le mande pagar mensualmente el montepío de que ella goza con preferencia a todos los demas funcionarios. (Anexo núm. 660.)
  2. Mandar pagar a don José Mateo Fábres 33 pesos que cobra por la copia del reglamento de ceremonial formado por don Juan Egaña. (Anexo núm. 661.)
  3. Pasar al mismo Supremo Majistrado la solicitud de don Nicolas Pradel, recomendando los méritos i servicios del solicitante. (Anexo núm. 662.)
  4. Pasar la consulta del contador de aduanas con sus antecedentes al Supremo Director, para que él. la resuelva conforme a lo acordado. (Anexo núm. 663. V. sesiones del 30 de Octubre i 13 de Noviembre de 1820.)

ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a seis dias del mes de Noviembre de mil ochocientos veinte, congregado el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se presentó doña Escolástica Ruiz, viuda del capitan de ejército don Estéban Reyes, i, manifestando su triste situacion, hizo ver que, dificultándosele el pago de los quince pesos cinco reales que tiene de viudedad, suplicaba se le dispensara la gracia de recomendarle al Supremo Director para que por la aduana jeneral se le cubriera este único auxilio con que contaba para su alimentacion; i compadeciéndose S.E. de las lágrimas i ruegos de la reclamante, mandó se hiciera presente al Supremo Poder Ejecutivo que, si no podia ser asequible la petición de la Ruiz, por ser contraria a lo acordado por S.E., i porque entendía haberse ya remediado los abusos que se habían introducido en el pago de empleados, seria conforme a la equidad se le pagara con la mayor preferencia i aun con la predileccion de todos los funcionarios.

Ordenó S.E. se remitiera al Supremo Director la cuenta presentada por don José Mateo Fábres, de cantidad de treinta i tres pesos por el cargo de lo escrito en el ceremonial político jeneral que se recomendó al doctor don Juan Egaña, para que se sirviera decretar su pago por los Ministros de la tesorería jeneral.

Se vió la peticion del primer oficial de la secretaría, don Nicolas Pradel, dirijida a que se le recomendara al Supremo Director para que le prefiriera en otro destino que mejorara su suerte, i determinó S. E. se remitiera la petición al Supremo Gobierno, manifestándole que la juiciosa conducta i buenos procedimientos de Pradel eran dignos de recomendacion para que, con intelijencia de su aptitud, se le diera el lugar que le correspondía en el concurso de otras solicitudes.

Se leyó igualmente la consulta del contador de aduana sobre la distribucion que debia hacer de la parte señalada al fiscal en los añiles decomisados a don Francisco Javier Urmeneta, i si ésta debería distribuirse entre el Ministro de la Cámara, don José Gregorio Argomedo, que fiscalizó al principio, i el actual fiscal don Juan de Dios Vial del Rio; i con conocimiento de lo instruido por el primero, mandó S. E. se remitieran los antecedentes al Supremo Director para que se sirviera resolver la duda conforme a lo acordado; que en el caso de presentarse alguna dificultad, consultada por el conducto de S.E., se resolvería prontamente. I, ejecutadas las comunicaciones, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. Fontecilla. —Perez. —Alcalde.—Rozas. —Cienfuegos.—Villarreal secretario.


ANEXOS

Núm. 655

Excmo. Señor:

Tengo el honor de pasar a manos de V.E. copia del bando mandado publicar en Valparaíso por el gobernador, imponiendo medio real mas en el ramo de caminos por cada carga, i un real en el de bodegaje por cada pieza; la del oficio con que da cuenta de esta determinacion, i la del que por el Ministerio de Guerra le fué pasado. Todo lo que V.E. se sirve pedirme por su honorable comunicacion de 3 del corriente, que contesto con la mas distinguida consideración. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio