Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo IV (1820).djvu/315

Esta página ha sido validada
314
SENADO CONSERVADOR


Núm. 447

En la ciudad de Santiago de Chile, en veintiséis dias del mes de Febrero de mil ochocientos veinte años, la parte de Balmaceda para la informacion que ha ofrecido dar, presentó por testigo a don Pascual Alvarez, vecino i del comercio de esta vecindad, a quien por ante mí recibí juramento, que lo hizo en la forma de estilo, bajo del que prometió decir verdad de lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndole leido el escrito que motiva la solicitud del interesado, dijo: que le conoce al que le presenta algún tiempo de trato i comunicacion, por lo que le consta que Fernández, en el tiempo del Gobierno español, no tuvo empleo ni afectacion en su sistema, i viviendo separado de todos los de esta clase i portándose con todo americano con amor i propendiendo al buen éxito de nuestro Gobierno americano, i que, en prueba de su opinion, le consta al que declara, que en el combate de Maipú, como capitan de caballería retirado, por lo que no ejercia su empleo, se manifestó como adicto en el servicio que hizo con sus inquilinos de su hacienda, prendiendo a los enemigos que fugaban i evitando todo daño, lo que sabe i vido por hallarse inmediato en la hacienda de Bucalemu en aquel tiempo. Que lo dicho es la verdad, so cargo del juramento hecho, en que se afirmó i ratificó, leida que le fué ésta su declaracion; no le tocan los jenerales de la lei i la firmó, de que doi fe. —Pascual Alvarez. —Ante mí. —Arao.


Núm. 448

En el mismo dia, para el mismo efecto, presentó por testigo al europeo de la provincia de Santander, don Manuel Calvo, ciudadano de esta vecindad i del comercio, a quien por ante mí le recibí juramento, que lo hizo en la forma de estilo, por el cual prometió decir verdad de lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndole manifestado el escrito que antecede, dijo: que conoce al que le presenta, algún tiempo de trato i comunicacion, por lo que le consta que en el tiempo que gobernó la España no tuvo Fernández intervencion en ocupacion ni beneficio, retirado de la sociedad, contraído solo a su trabajo del laboreo del campo. Que su opinion al sistema, cree el que declara, sea adicto por las espresiones con que se ha espresado, cuando se ha tratado de las ventajas que le resultan al país i a la América con el Gobierno actual, i que su adhesion a la causa es de algún tiempo, por lo que alcanzó, en la época del otro Gobierno patriota, a ser capitan del rejimiento de caballería de Melipilla, i que por sus enfermedades se ha retirado; que igualmente le consta ha facilitado prontamente varios donativos en obsequio del Erario i que se remite al documento de calificacion que se le ha manifestado. I que lo dicho i declarado es la verdad, so cargo del juramento hecho, en que se afirmó i ratificó, leida que le fué su declaración; no le tocan los jenerales de la lei i la firmó, de que doi fe. —Manuel Calvo. —Ante mí. —Arao.


Núm. 449

En veintinueve de Febrero de mil ochocientos veinte, la parte, para la informacion que está dando, presentó por testigo al ciudadano don Francisco Borja Valdés, a quien por ante mí le recibí juramento, que lo hizo en la forma de estilo, bajo del que prometió decir verdad de lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndole manifestado el escrito que motiva la solicitud del interesado, dijo: que conoce al que le presenta, tratándole algún tiempo i por su comportacion política i amor al sistema alcanzó al principio de la instalación de nuestro Gobierno a ser capitan del rejimiento de Melipilla, en cuyo tiempo se mereció un buen concepto a los jefes i vecinos, i por sus enfermedades se retiró de dicho empleo; que igualmente sabe que en el tiempo que gobernó el sistema español no tuvo aceptacion en dicha época, i se retiró contrayéndose a los trabajos del campo, sin mas representacion que la comunicacion i sociedad con los paisanos del país, i que la adhesion a la causa no se ha separado por las espresiones i operaciones con que se ha manejado, por lo que opina el que declara que Balmaceda, así por la continuación en la América del enlace de matrimonio con familia en esta vecindad, como tener ubicados sus bienes que el suelo le ha proporcionado, su adhesion sea inseparable. Que lo dicho es la verdad, so cargo del juramento hecho, en que se afirmó i ratificó, leida su declaracion; no le tocan las jenerales de la lei i la firmó, de que doi fe. —Francisco de Borja Valdés. —Ante mí. —Arao.


Núm. 450

En la ciudad de Santiago de Chile, en catorce dias del mes de Marzo de mil ochocientos veinte años, la parte, para la informacion que está dando, presentó por testigo al ciudadano don Manuel de Ortúzar, vecino de ésta, quien prestó juramento en la forma de estilo, bajo del cual prometió decir verdad de lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndole manifestado el pedimento que motiva la solicitud del interesado, dijo: que conoce a la parte que le presenta, algunos años, tratándole i comunicándole mui inmediato, por lo que ha conocido su buena comportacion i política; que,en cuanto a los sentimientos de la causa que defendemos los americanos, le parece al que declara que Fernández es del mismo modo de pensar, i por sus operaciones lo conceptúa