Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo IV (1820).djvu/271

Esta página ha sido validada
270
SENADO CONSERVADOR

parece mui justo que los que salen del Estado i no esperan aquel plazo, que ya está próximo, gocen con anticipacion de este beneficio, como solicita don Juan García. La urjencia de nuestro Erario solo pudiera ser un obstáculo a su pretension. US. debe saber si hai arbitrios para acceder a ella, que, por parte del Senado, no hai embarazo. —Dios guarde a US. —Santiago, Julio 15 de 1820. —Al señor Ministro delegado de Hacienda.


Núm. 393

Acompaña a US. el Senado, copia de la acta en que ha tenido a bien aumentar la asignacion del sueldo señalado al Supremo Director del Estado, para que US. ordene la correspondiente toma de razon, a fin de que se le asista por los Ministros de Hacienda, con aquella cuota, desde la fecha de su acuerdo. —Dios guarde a US. —Santiago, julio 15 de 1820. —Al Señor Ministro delegado de Hacienda.