recomienda especialmente para que se tomen las providencias que convengan al interesante objeto, de que, quedando espedita i corriente la obra, se cuente con los aprovechamientos que a ella misma deben resultar para consultar su mejora i su conservacion. Lo que sí se recomienda con singularidad es que aquellos ramos que estaban destinados para el canal i los que deben destinarse, según lo determinado últimamente, no tengan otra aplicacion que su beneficio, i, para conseguirlo, podrá adoptarse el temperamento de que estos ingresos se entreguen completamente a los intendentes don Joaquin Gandarillas i don Domingo Eyzaguirre, para que por ellos se ejecute la distribución que mas interesa; advirtiendo a don Domingo que, para el caso de no alcanzar con estas entradas para la perfeccion de la obra, podrá ponerse en planta el proyecto que propone en la memoria que se devuelve, i que deberá adoptarse en lo que no se contrarié con las publicadas resoluciones. —Dios guarde a US. —Santiago, Junio 27 de 1820. —Al señor Ministro de Estado en el departamento de Hacienda.
Núm. 363
Vista por el Senado la adicion, que propone el administrador de la renta principal de correos, a la tarifa acordada para el porte de cartas, i contraída a lo que debe pagarse por las distintas clases de las que se dirijen a Valdivia, pueden conducirse a Chiloé, Lima i para los pueblos del Alto i Bajo Perú, abierta que sea la comunicacion que se espera, conviene desde luego el Senado en la aprobacion del nuevo propuesto plan; i puede US. manifestárselo al Excmo. Señor Supremo Director del Estado, para que, prévia su conformidad, se publique en la Ministerial. —Dios guarde a US. —Santiago, Junio 28 de 1820. —Al señor Ministro de Estado en el departamento de Gobierno.