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SESION DE 25 DE MAYO DE 1820

Otro, de 4,000 pesos que debe la hacienda del finado don Ramon Ramírez, por deuda contraída con el prófugo don Pedro Juan de Pozo. No ha habido postor para su remate anteriormente; de nuevo se está pregonando.

Otro, de la hacienda de Quivollo, el que, con postura por don Julian Letelier i don Cayetano Astaburuaga, tengo remitido.

Unas tierras de don Juan Crisóstomo Zapata, arrendadas en 15 pesos al año.

Otras tierras del mismo, a orillas del Maule, arrendadas en 15 reales.

Otras id. de id., dadas por órden suprema a varios beneméritos patriotas.

Un espediente de Guaraculen, ultra-Maule, del finado don Agustin Molina, el que remití al correspondiente comisionado de aquel partido.

Créditos fiscales

Un espediente de cobro de tres mil ciento i tantos pesos a doña Mercedes Olave, como fiadora del caudillo José Prieto, del remate i alcabalas.

Mas, mil pesos que fueron puestos de contribucion al europeo Juan Reinal. Ha entregado sesenta arrobas de vino de cosecha de su finca.

No van puestas las entradas de dinero en poder de aquel comisionado, por no haberme remitido éste las noticjas que he pedido, lo que haré luego que lleguen a mis manos. —Santiago i Mayo 29 de 1820. Juan Rafael Bascuñan


Núm. 275


Estado que manifiesta los arriendos de las haciendas secuestradas en esta provincia de Concepcion hechos en abril de 1822[1].
Haciendas Subastadores Cantidades del arriendo Tiempo Fiadores
Caimaco Doña Juana María Vargas $ 260 Un año
Santa Ana La misma 40 Id. Id.
San José Doña Antonia Casanueva 50 Id. id. Don Juan A. Villota.
Collico Don Basilio Fernández 700 Dos id. Don Joaquín Mellado i don Antonio Figueroa.
Bulluquin Don José Ignacio Rozas 165 Uno id. Don Manuel Pantoja.
Pegulmeo Tomas Bastidas 10 Id. id. Id. id. id.
Bularco Don Juan de D.A. Tirapegui 150 Id. id. Don Fernando Figueroa.
Tablón Don Nicolas Peñalillo 25 Id. id.
Coyanco Don Pedro Fernández 24 Id. id. Don Manuel Pantoja.
Manzano Doña Petrona Mantega 200 Id. id.
$ 1,624

Nota. —El dia en que deben principiar a contarse estos arriendos, se espresa en los respetivos espedientes. Doña Juana María Vargas, Tomas Bastidas, don Nicolas Peñalillo i doña Pétrona Mantega, no han presentado aun sus fianzas i deberán hacerlo mui breve. A la primera se mandó otorgarlas en el término de ocho dias, que se hayan cumplidos, según consta del espediente sobre el particular, que obra en poder del actuario. —Aduana de Concepcion, Mayo 31 de 1822. —Rio. —Escopia de su orijinal de que certifico. —Concepcion, Octubre 15 de 1822. —Juan Ignacio de Vargas, escribano de Gobierno i Hacienda.



  1. Este documento ha sido trascrito de espedientes sobre secuestro del archivo déla Tesorería Jeneral, actualmente en la Biblioteca Nacional; i aun cuando él i los dos siguientes corresponden at ano de 1822, los agregamos aquí para completar en lo posible los estados de los secuestros. —(Nota del Recopilador.)