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SESION DE 12 DE MAYO DE 1820

pecto de los grados de mérito que contrajeron en la campaña de Valdivia, los oficiales concurrentes a la memorable toma de esta plaza. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Dírectorial, Mayo 12 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —José Ignacio Zenteno. —Excmo. Senado de la República.


Núm. 202

Valparaíso, Mayo 4 de 1820

Excmo. Señor:

Tengo el honor de rendir a V.E. mis mas sinceros agradecimientos, por haberse dignado presentarme una hacienda en la provincia de Concepcion, que me anuncia el señor Ministro de Marina en su nota de 12 de Abril, i le aseguro que, al aceptarla, se graba indeleblemente en mi corazon otro motivo para considerarme entre mis conciudadanos, uno de los mas felices que tienen la gloria de servir la augusta causa, que V.E. tan dignamente representa. Espero que V.E. presentará mis mas humildes agradecimientos al Excmo. Senado, asegurándole que la época mas venturosa de mi vida, es i será aquella en que tenga la complacencia de merecer la distincion del Gobierno, que tengo el honor de servir.

Cumpliré con lo que me previene la enunciada nota con la posible brevedad. Dígnese V.E. considerarme su mas obligado i obsecuente servidor. —Cochrane. —Excmo. Señor Director Supremo del independiente Estado de Chile, don Bernardo O'Higgins.


Núm. 203

Excmo. Señor:

Los adjuntos documentos remitidos por el Ministro de Chile cerca de la corte de Lóndres, deben ser examinados por V.E. Yo le suplico tenga a bien acordar, con su conocimiento, lo que halle mas conveniente a nuestro actual estado político i escaseces del Erario, i me avise su deliberacion con la brevedad que conviene a un negocio de tanta importancia. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Dírectorial de Santiago, Mayo 12 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 204 [1]

Excmo. Señor:

Acompaño a US. el prospecto que he hecho circular sobre el plan del empréstito solicitado para ese Gobierno, en el cual se halla todo lo esencial que puede llamar la atencion de los que quieran ser prestamistas. No remito ahora el plan por estenso, porque es demasiado largo, i aun no se ha impreso, como lo está el adjunto; pero irá a poder de US. en primera oportunidad.

Por mui ventajosas que parezcan las condiciones propuestas por parte de ese Gobierno, aun no son bastantes para vencer la repugnancia que tienen estos negociantes de prestar su dinero a un Estado nuevo, que consideran espuesto a grandes peligros i alteraciones. Hasta ahora han salido vanos todos mis esfuerzos para realizar esta importante empresa, i temo mucho que no conseguiré mas en adelante. He visto a los señores que hicieron los empréstitos a Francia i Prusia: no han tenido objecion que hacer a mi plan; pero me han dicho francamente que, ni por las ventajas que se ofrecen, ni por otras algunas, entrarán ellos en este negocio. Solo queda ahora el recurso, que he tomado, de circular el adjunto proyecto, para ver si se consigue reunir una suma considerable por pequeñas suscriciones.

Si Chile necesitase buques, armamento, vestuario o algunas especies manufacturadas en este pais, no seria difícil hallarlos fiados a plazos largos, i con mejor cuenta que la del Cumberland, porque lo que aquí faltan son compradores para infinitas cosas de éstas que hai de sobra; pero el dinero que nosotros necesitamos es también lo que aquí se necesita, i por el cual se arriesgarían las especies que no lo producen fácilmente. US. conoce bien, que para un negociante son cosas mui distintas desprenderse de una especie que no tiene compradores, aunque sea esponiéndola a un gran riesgo, o dar su dinero míéntras le escasea, mayormente cuando va a correr riesgo estraordinario.

El plan de este empréstito es del todo semejante al que sirvió para Prusia, a excepcion del comercio esclusivo i el interes que en éste se concede, pues lo primero no habia en aquél, i lo segundo es mas considerable en nuestro caso. Los prusianos dieron recibos de cien libras por setenta i dos que recibieron, i yo ofrezco darlos de ciento por cincuenta; lo que hace una diferencia de cerca de dos por ciento en los intereses. Aquéllos pagan, en virtud de su contrato, un ocho por ciento, i según el que yo propongo, se pagará el diez. US. debe notar que estos recibos se hacen de esta suerte para poder cobrar mayor interés del que la lei ha fijado, que es el cinco por ciento, pues de otro modo no podria verificarse; i a nada mas contribuye esta cosa, ni puede producir otro efecto que aumentar los intereses. —Dios guarde a US. muchos años. —Lóndres, 10 de Setiembre de 1819. Antonio José de Irisarri. —Señor Ministro secretario de Estado en el departamento de Relaciones Esteriores.


  1. Este documento ha sido copiado del tomo titulado Ajentes de Chile en Gran Bretaña 1818-1826, en el archivo del Ministerio de Relaciones Esteriores. (Nota del Recopilador.)