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SENADO CONSERVADOR


ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Pedir al protomédico una razon de los médicos titulados que ejercen su profesion en el país, instruyendo si algunos otros la ejercen sin tener la debida investidura. (Anexo núm. 348.)
  2. Devolver al Supremo Director los papeles que prueban las miras sediciosas de don Francisco de Paula Prieto, manifestarle la conveniencia de tomar medidas para escarmentar a éste, i ordenar a los comisionados encargados de aprehender a todos los cómplices que tan pronto como cojan alguno, lo remitan incomunicado a fin de averiguar el orijen, enlace i ramificaciones de la empresa de Prieto. (Anexo núm. 349.)

ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a tres dias del mes de Febrero de mil ochocientos diezinueve, hallándose el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones estraordinarias, ordenó que por Secretaría se pidiera al protomédico una razon de los médicos de profesion que con títulos curan en el país; instruyendo si algunos otros sin esa investidura, se emplean en la asistencia de enfermos, para tomar las providencias que corresponde, evitando abusos que ceden en perjuicio de la salud pública.

Examinados por S.E. los papeles seductivos de don Francisco de Paula Prieto, que remitió el Supremo Director, para que se formara concepto de los inícuos proyectos con que se trataba de la variacion de la actual administracion, acordó S.E. se devolvieran al Supremo Gobierno, manifestándole que si la empresa era despreciable por su objeto i por el conocimiento que se tiene del autor, era inevitable tomar las medidas conducentes para su escarmiento, reencargando a los comisionados que se hubiese elejido que, en el caso de aprehenderse cualquiera de los cómplices, se remitiera prontamente incomunicado, a fin de descubrir el oríjen, enlaces i ramificacion de aquella obra para poner un remedio radical que sirva de escarmiento en lo sucesivo; i habiéndose cumplido en el dia, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Cienfuegos. —Perez. —Alcalde. —Rozas. —Villarreal, secretario.


ANEXOS

Núm. 344

Excmo. Señor:

Al acuerdo de V.E. de 12 del pasado sobre el descuento del tercio que deben sufrir las tropas del Ejército i todo empleado civil sin distincion de clase, ofreciéndose algunas dudas, decreté lo que sigue: "Santiago i Enero 28 de 1819. —Pase en copia al Excmo. Señor Jeneral en Jefe para el acuerdo que pide el Excmo. Senado. I sobre los sueldos civiles, consúltese si la rebaja de la tercera parte se entiende sobre el líquido que gozan, rebajado el tanto por ciento que están sufriendo, i si tambien comprende a los agraciados i pensionistas, o si se suprime aquel tanto por ciento i se rebaja el tercio de su primitiva dotacion. —O'Higgins. —Cruz." —Lo trascribo a V.E. para su conocimiento. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Sala Directorial i Febrero 3 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado del Estado.


Núm. 345

Excmo. Señor:

Conformado con los dos acuerdos que V.E. me dirijió en nota de 14 del pasado: el primero referente a que a cada vecino de esta capital, de la ciudad de Coquimbo i Villa del Huasco se les saque un marco de plata de piña o labrada que sirva de fondo a la Casa de Moneda, decreté lo siguiente:

"Santiago i Enero 18 de 1819. —Conformado: pásese en copia al Gobernador-Intendente de esta capital para que disponga su cumplimiento. Póngase en noticia del Intendente de la Casa de Moneda. Comuníquese a la Intendencia de Coquimbo i Teniente-Gobernador del Huasco. O'Higgins. —Cruz."


I sobre el segundo, que trata de los créditos pasivos del Gobierno a favor de particulares, decreté con la misma fecha:

"Conformado: por lo respectivo a comerciantes i sujetos particulares, excepcionándose los billetes dados a los Comisarios del Ejército Unido i de Chile para pago de las tropas, por llevar la calidad de endosables; e imprímase. —O'Higgins. —Cruz."

Lo trascribo a V.E. para su conocimiento i en contestacion. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Sala Directorial i Febrero 3 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.