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SESION DE 13 DE DICIEMBRE DE 1819
  1. V. sesiones del 9 i 20 de Noviembre i 7 de Diciembre.)
  2. De un recurso entablado por el procurador jeneral de ciudad, don José Raimundo del Rio, en demanda de que se le exonere de sus funciones en la próxima eleccion de capitulares. (Anexo núm. 647. V. sesiones del 21 de Junio i del 7 i el 16 de Diciembre de 1819.)
  3. De una solicitud que, acompañada de varios documentos, presenta don José Manuel Barros [1]
  4. De una solicitud de don Andres Santelices en demanda de rebaja de la cuota tributaria que se le ha fijado.
  5. De otra solicitud, entablada por don José Jimenez de Guzman en demanda de que se sancione su antigua carta de ciudadanía.

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Pedir informe al Ilustre cabildo de Santiago sobre la solicitud de don José Manuel Barros. (Anexo núm. 648.)
  2. Pedir informe al Ilustre Cabildo de esta capital sobre el recurso del procurador jeneral de ciudad. (Anexo núm. 649. V. sesion del 14.)
  3. Recomendar al Excmo. Director Supremo el remate a censo del cinco por ciento de la finca del Hospicio, despues de dotarla con dos regadores del canal de Maipo, i de fijar un cartel de anuncio; que de las posturas se prefiera aquella que mas ofrezca pagar al contado; que el remate se haga con calidad de irredimible i por el término de ocho a diez años prorrogable a voluntad del Gobierno, i que no se proceda a él sin previo aviso al Senado. (Anexo núm. 650. V. sesiones del 14 de Diciembre de 1819 i 10 de Enero de 1820.
  4. En la presentacion del Teniente-Gobernador de San Fernando, proveer lo que sigue: "Dígase al Excmo. Señor Director pida ai Teniente-Gobernador de San Fernando la lista de la contribucion que ha hecho, para en su virtud resolver," (V. sesiones del 7 de Diciembre de 1819 i 15 de Enero de 1820.)
  5. En la presentacion del Cabildo de Valparaíso, lo siguiente: "Pase al señor Gobernador del Obispado." (V. sesion del 17.)
  6. En la solicitud de don Andres Santelices, lo siguiente: "Las escaseces del Erario i el digno objeto a que se encamina la contribucion señalada al suplicante no permite acceder a su solicitud, que se concederia con franqueza i jenerosidad si no fueran tantos los apuros."
  7. En la solicitud de don José Jimenez de Guzman, lo siguiente: "Queda sancionada i refrendada por el Senado la carta de ciudadanía que se despachó en el año de 1813 a favor del suplicante, i devuélvasele al interesado."

ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a trece dias del mes de Diciembre de mil ochocientos diezinueve, hallándose el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, mandó que por secretaría se remitiera al Ilustre Ayuntamiento el recurso del procurador jeneral de ciudad, para que, atendiendo al servicio que tenia prestado i a los perjuicios que recibia, se le exonerara de la continuacion que estaba acordada, a fin de que informara sobre lo instruido en su representacion.

Con la incitativa de la Comision encargada de la obra del panteon, para que, teniéndose presente la provisoria aplicacion de los fondos i proventos de los capitales que estuvieron destinados a la casa de Hospicio, se procediera al arrendamiento de la finca que fué de aquel establecimiento, resolvió S. E. se hiciera ver al Supremo Director que, siendo mas ventajoso su remate, se sirviera determinar la ejecucion de él, aplicando para ese fundo dos regadores de agua del canal de Maipo para que la subasta subiera de precio; i que se previniera al Gobierno-Intendencia la fijacion de un cartel público que anunciara el remate i la condicion de que éste no seria a censo redimible, i sí reconociendo el principal a un interes del cinco por ciento, con el término de ocho o diez años, prolongables al ar

  1. No hemos encontrado mas noticia de esta solicitud i su contenido que lo que dice el anexo núm.648. —(Nota del Recopilador.)