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SENADO CONSERVADOR
- exima por completo de la cuota tributaria que se le ha fijado.
- De otro recurso, entablado por don Francisco Mulet, en el que espone que no tiene bienes algunos de don Aniceto Ramírez i que, de consiguiente, se le debe eximir del pago de la respectiva cuota tributaria.
- De otro recurso, entablado por don Ramon Aróstegui, quien esponc haber pagado ya la cuota que se le fijó de contribucion i que, de consiguiente, se le debe eliminar en la lista formada últimamente de los que no la han cubierto.
- De una solicitud de don José Agustin Jara en demanda de que se le exima del pago de la cuota que se le ha fijado de contribucion a los gastos de ia espedicion libertadora.
- De otras tres solicitudes entabladas respectivamente por doña Juana Ovalle, don José Santiago Ugarte i doña Antonia Ovalle en demanda de que se les absuelva del pago de las cuotas que se les han fijado.
- De otra solicitud, entablada por don Cayetano Peralta, en demanda de carta de ciudadanía.
- De un recurso entablado por don Juan Infante en demanda de rebaja de la cuota tributaria que se le ha fijado.
- De un informe del protomédico don Eusebio Oliva, sobre el plan de estudios médico-quirúrjicos que ha propuesto don Manuel Grajales; informe acompañado cíe otro de don Natanael Cox, sobre el mismo asunto i de un pliego de objeciones. (Anexos números 634, 635 i 636. V. sesiones del 18 de Agosto de 1819 i 15 de Abril de 1823.)
ACUERDOS
Se acuerda:
- Fijarlos ramos que adeudan alcabala, el cuánto de los derechos i la forma i modo de su pago, i publicar este senado-consulto, constante de catorce artículos, en la Gaceta Ministerial para que se conozca ántes del remate. (Anexo núm. 637. V. sesiones del 22 de Octubre i 14 de Diciembre de 1819 i 10 de Enero i 28 de Marzo de 1820.)
- Suprimir los derechos de fiel ejecutor, mandar que en la próxima eleccion de oficios concejiles se elija también fiel ejecutor, i prohibir la delegacion de sus funciones. (Anexo núm. 638. V. sesiones del 26 de Agosto i 7 de Setiembre de 1819.)
- En el espediente de don Manuel Calvo, resolver lo siguiente: "Resultando del espediente formado por don Manuel Calvo que, sin embargo de haber nacido en la Europa, sus ideas no han sido opuestas a la libertad del país, i que conduciéndose siempre con el mayor cariño hácia los americanos, ha tratado del beneficio de ellos, con perjuicio de las medidas hostiles de los españoles; teniéndose presente que, avecindado en esta capital por mas de diez años, se halla casado i contraído al jiro de comercio; dando pruebas nada equívocas de su aversión a la dominacion española i de que a todo trance coadyuvará, con abjuracion de las banderas del rei Fernando, a la defensa del suelo chileno, según los informes privados que se han tomado de su conducta i comportacion política; sanciona el Senado,conforme alas leyes, la carta de ciudadanía que se despachó a Calvo por el Excmo. Señor Supremo Director del Estado, i archivándose el espediente de su referencia, devuélvasele la despachada, con certificado por secretaría de quedar sancionada, dándole copia de este decreto si lo pidiere.
- En el espediente de don Joaquin López, lo siguiente: "Vista la carta de ciudadanía despachada por el Excmo. Señor Supremo Director a favor del prisionero Joaquin López, i con intelijencia del resultado del espediente que sustanció para obtenerla, la sanciona el Senado, conforme a las leyes, no dudando que, cumpliendo López con el juramento de fidelidad que tiene prestado, sabrá interesarse empeñosamente en la suerte del suelo que le alimenta, sin dar lugar a que, a pesar del fayor que se le dispensa, se presente un motivo para privarle de él. Entréguesele la carta con el certificado de que