haciendas en la provincia de Concepcion, se le hiciera comparecer, i manifestándole estos antecedentes se dejara a su arbitrio la designacion de la cantidad con que pueda auxiliar para los gastos de una tan grande empresa.
En el reclamo del rector del Instituto Nacional para que de la Biblioteca del Estado se le entreguen los libros que, siendo propios de este establecimiento, son necesarios para la enseñanza de la juventud, determinó S.E. se manifestara esta necesidad al Supremo Gobierno para que previniera al Bibliotecario la entrega de los citados libros; i cerrado el acuerdo, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Perez. —Alcalde. —Rozas. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Villarreal, secretario.
Núm. 404
Excmo. Señor:
La solicitud de don Antonio Mendiburu tiene en su favor la liberacion que se lia hecho al vecindario de Concepción, así de mensualidades, como de otras contribuciones gravosas por los muchos perjuicios que ha sufrido aquella provincia; pero don Antonio, que se lia mantenido en ésta i tiene sus bienes particulares, no parece se halla en el caso de gozar de aquella gracia. Sin embargo, sus bienes comunes existen allí i si por consideracion a ellos se le ha pensionado, justamente reclama. Por otra parte, nadie tiene mas Ínteres en la espedicion que los grandes propietarios, que con ella aseguran sus fortunas i darles mas aumento de estimacion que resarcirá con superabundancia sus perjuicios; i concurriendo, ademas de esto, en el suplicante su decidido amor a la patria, su comprometimiento por ella i su propia existencia, cree el Senado que satisfecho, no podrá hacerse la espedicion no presentándose todo el que pueda a cuanto sacrificio esté a sus alcances; abrazará el partido de renunciar cualquier privilejio para que tengan efecto las determinaciones de V.E., i haciéndole estas insinuaciones, deje a su arbitrio lo que deba dar para el fin indicado, en intelijencia que su franqueza i patriotismo llenarán los deberes de V.E. i del Senado. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Octubre 4 de 1819. Al Excmo. Señor Supremo Director.
Núm. 405
Excmo. Señor:
▼El rector del ▼Instituto Nacional reclama los libros que, siendo propios de este establecimiento i necesarios para la enseñanza de la juventud, se retienen en la Biblioteca, ejecutándose la entrega por el Bibliotecario don ▼Manuel De Salas. No es posible adelantar la educacion pública no teniendo a la mano los libros que se han menester i se piden con el derecho de justicia que confiere la propiedad representada por el rector, i para evitar el perjuicio, se servirá V.E. prevenir al Bibliotecario que sin pérdida de tiempo allane la entrega de los libros propios del colejio, exijiendo del rector un recibo específico que le resguarde. —Dios guarde a V.E. -Santiago, Octubre 4 de 1819. —Al Excmo. Señor ▼Supremo Director.