Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1819/Sesión del Senado Conservador, en 4 de octubre de 1819

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1819)
Sesión del Senado Conservador, en 4 de octubre de 1819
SENADO CONSERVADOR
SESION 137, ORDINARIA, EN 4 DE OCTUBRE DE 1819
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO ANTONIO PEREZ


SUMARIO. —Asistencia. —Solicitud de Mendiburu. Libros para el Instituto Nacional. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustín
Cienfuegos José Ignacio
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Rozas José Maria de
Villarreal José María (secretario)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Sobre la reclamación de don Antonio Mendiburu (V. sesion del 18 de Setiembre), no eximirle de la cuota tributaria, pues aun cuando sea de oríjen penquisto, se halla avecindado en esta capital; pero en atencion a su patriotismo i a los perjuicios que sus haciendas han sufrido, hacerle comparecer para que él mismo fije la cuota con que deba contribuir. (Anexo núm. 404.)
  2. En conformidad a la providencia puesta en la sesion anterior al reclamo del rector del Instituto Nacional, oficiar al Supremo Director para manifestarle la necesidad de libros que dicho establecimiento tiene i pedirle que ordene al Bibliotecario la entrega de ellos. (Anexo núm. 405. V. sesion del 1.º)

=== ACTA === haciendas en la provincia de Concepcion, se le hiciera comparecer, i manifestándole estos antecedentes se dejara a su arbitrio la designacion de la cantidad con que pueda auxiliar para los gastos de una tan grande empresa.

En el reclamo del rector del Instituto Nacional para que de la Biblioteca del Estado se le entreguen los libros que, siendo propios de este establecimiento, son necesarios para la enseñanza de la juventud, determinó S.E. se manifestara esta necesidad al Supremo Gobierno para que previniera al Bibliotecario la entrega de los citados libros; i cerrado el acuerdo, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Perez. —Alcalde. —Rozas. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Villarreal, secretario.


Núm. 404 editar

Excmo. Señor:

La solicitud de don Antonio Mendiburu tiene en su favor la liberacion que se lia hecho al vecindario de Concepción, así de mensualidades, como de otras contribuciones gravosas por los muchos perjuicios que ha sufrido aquella provincia; pero don Antonio, que se lia mantenido en ésta i tiene sus bienes particulares, no parece se halla en el caso de gozar de aquella gracia. Sin embargo, sus bienes comunes existen allí i si por consideracion a ellos se le ha pensionado, justamente reclama. Por otra parte, nadie tiene mas Ínteres en la espedicion que los grandes propietarios, que con ella aseguran sus fortunas i darles mas aumento de estimacion que resarcirá con superabundancia sus perjuicios; i concurriendo, ademas de esto, en el suplicante su decidido amor a la patria, su comprometimiento por ella i su propia existencia, cree el Senado que satisfecho, no podrá hacerse la espedicion no presentándose todo el que pueda a cuanto sacrificio esté a sus alcances; abrazará el partido de renunciar cualquier privilejio para que tengan efecto las determinaciones de V.E., i haciéndole estas insinuaciones, deje a su arbitrio lo que deba dar para el fin indicado, en intelijencia que su franqueza i patriotismo llenarán los deberes de V.E. i del Senado. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Octubre 4 de 1819. Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 405 editar

Excmo. Señor:

El rector del Instituto Nacional reclama los libros que, siendo propios de este establecimiento i necesarios para la enseñanza de la juventud, se retienen en la Biblioteca, ejecutándose la entrega por el Bibliotecario don Manuel De Salas. No es posible adelantar la educacion pública no teniendo a la mano los libros que se han menester i se piden con el derecho de justicia que confiere la propiedad representada por el rector, i para evitar el perjuicio, se servirá V.E. prevenir al Bibliotecario que sin pérdida de tiempo allane la entrega de los libros propios del colejio, exijiendo del rector un recibo específico que le resguarde. —Dios guarde a V.E. -Santiago, Octubre 4 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.