Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo III (1819-1820).djvu/187

Esta página ha sido validada
187
SESION DE 27 DE AGOSTO DE 1819

por los bajeles enemigos que destruya, ni por los de guerra que condujere al puerto, porque no teniendo ninguna parte en ellos, solo le queda el derecho a comprarlos, lo que puede efectuar, si los necesitare, por precios inferiores a la mitad de su avalúo, como siempre ha sucedido con las presas mercantes, o por último, no comprarlos, si no los necesita; pero de todos modos habrá salido de comprometimientos, i los captores no tendrán un derecho a incomodarnos, ni menos a disgustarse del servicio.

A presencia de estas reflexiones i de las que desenvolverá la sabiduría de V. E., espero se sirva acordar lo mejor, participándomelo con la brevedad que exije la salida de la Escuadra. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial en Santiago i Agosto 27 de 1819. —Bernardo O'Higgins. José Ignacio Zenteno


Núm. 292

Excmo. Señor:

Tuve el honor ayer de incluir a V. E. los despachos tirados por el capitan Guise, i de informarle al mismo tiempo que consideraba seria mi deber insinuarle hoi los únicos medios que me parecen eficaces para inducir a los marineros ociosos a entrar inmediatamente en el servicio del Estado, como igualmente aquellos quienes por motivos pecuniarios o por falta de confianza se hayan embarcado (en número crecido) en los buques mercantes en este puerto. Opino con la debida deferencia a V. E. que sin perder momento se debe hacer saber del modo mas público i jeneral que todos los buques enviados por el Gobierno de España para la subyugacion de la América, i todos los que perteneciesen a Fernando i fuesen apresados en la siguiente espedicion, serán íntegramente de los captores. Esto, Excmo. Señor, no seria sacrificio ninguno de parte del Estado, considerando que la mayor parte de los mencionados buques serán destruidos, i que una medida de esta naturaleza no solamente pondría fin a las hostilidades con que molesta el enemigo a Chile, sino que seria el plan mas económico para efectuar los grandes objetos que se meditan. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Valparaíso i Agosto 24 de 1819. —Cochrane. —Excmo. Señor Director Supremo del Estado de Chile. —Es copia. Zenteno.


Núm. 293 [1]

Excmo. Señor:

Paso a manos de V.E. la representacion de, los oficiales i de algunos otros individuos de Marina en que solicitan que los artículos apresados por la escuadra sean exentos del pago de derechos de importacion.

Un figurado convenio con el Gobierno i la práctica de las naciones alegan en favor de su solicitud.

En cuanto a lo primero, nada mas se les ha prometido que la mitad del valor de presas, sin otra esplicacion o requisito, como verá V.E. en el papel que también incluyo, el cual fué publicado por bando en Valparaíso. El espíritu del Gobierno fué ofrecer únicamente la mitad del valor líquido, rebatidos los derechos, como era regular. Es cierto que sobre ello no hubo una esplicacion terminante; pero su silencio debe estimarse por tal, pues a haber el Gobierno querido acordarles este privilejio, habria revocado o suspendido terminantemente los efectos del Reglamento que rije en la materia: conque, habiendo faltado esa revocacion, tampoco el Gobierno quedó obligado a mas que a cumplir su promesa sin perjuicio de los estatutos admitidos.

La práctica de las naciones puede ser mui loable i acaso digna de imitarse; pero cada país tiene la suya conforme a su Constitucion i leyes, i la observancia de éstas i no la de las estranjeras es lo que incumbe únicamente.

Sin embargo, aun esos ejemplos favorecen mi determinacion. La Inglaterra, que en estos negocios dicta leyes a Europa, franquea a su Marina poco mas de la cuarta parte del valor de presas, aplicándose el resto a la Corona. Es cierto que por apresamiento de buques de guerra, por echarlos a pique o incendiarlos hai superior gratificacion; pero también lo es que nuestros oficiales marinos han llegado en un dia a una graduacion a que los ingleses no arriban sino con el trascurso de mudios años i a costa de grandes i reiterados servicios. Todo es compensable i todo relativo a la situacion política de cada país. Los gobiernos estranjeros podrán ser mas o ménos liberales, según las circunstancias en que se hallan. El de Chile lo ha sido aun mas allá de su poder: sin erario i casi sin recursos, ha entrado en empresas superiores al cálculo, i seguir dilatando la línea de los gastos públicos es decretar de una vez el aniquilamiento total de la nacion.

Por último, haré observar a V.E. que de mil i mas marinos que tiene la escuadra, solo ciento i tantos ingleses que hai en ella solicitan el privilejio en cuestion cuando sobre ello nada hablan los restantes.

V. E., a vista de lo espuesto i de lo que puede influir en el espíritu de la Marina la negativa o concesion de sus pretensiones, se servirá decirme

  1. Este documento i el siguiente han sido trascritos del vol. I del Copiador de correspondencia oficial, 1817-1822 pajinas 352 a 355, del archivo del Ministerio de Marina. Los agregamos aquí por tener relacion con los documentos que inmediatamente preceden, no habiéndolos hallado oportunamente para incluirlos en el tomo II de esta recopilacion. —(Nota del Recopilador.)