Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIV (1835-1839).djvu/598»

B1m-bot (Discusión | contribs.)
m Robot: Reemplazo automático de texto (-([0-9])(\.*)° +\1\2º)
Cuerpo de la página (para ser transcluido):Cuerpo de la página (para ser transcluido):
Línea 1: Línea 1:


<section begin="Acta 19° sesión" />{{MarcaCL|D|Acta|OK|Acta 19° sesión}}===ACTA===
<section begin="Acta 19º sesión" />{{MarcaCL|D|Acta|OK|Acta 19º sesión}}===ACTA===




Línea 9: Línea 9:




Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyeron dos oficios del {{MarcaCL|C|Senado|OK|Acta 19° sesión}}Senado: uno anuncian do la aprobacion de los tratados de amistad, comercio i navegacion ajustados entre esta República y el Imperio del Brasil; i otro sometiendo a la consideracion de esta {{MarcaCL|C|Cámara|OK|Acta 19° sesión}}Cámara la supresion que ha hecho de algunos empleados de su Secretaría i aumento de sueldo a otros; el primero se mandó comunicar al Ejecutivo i el segundo pasó a la {{MarcaCL|C|Comisión de Policía Interior|OK|Acta 19° sesión}}Comision de Policía Interior.
Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyeron dos oficios del {{MarcaCL|C|Senado|OK|Acta 19º sesión}}Senado: uno anuncian do la aprobacion de los tratados de amistad, comercio i navegacion ajustados entre esta República y el Imperio del Brasil; i otro sometiendo a la consideracion de esta {{MarcaCL|C|Cámara|OK|Acta 19º sesión}}Cámara la supresion que ha hecho de algunos empleados de su Secretaría i aumento de sueldo a otros; el primero se mandó comunicar al Ejecutivo i el segundo pasó a la {{MarcaCL|C|Comisión de Policía Interior|OK|Acta 19º sesión}}Comision de Policía Interior.




Así mismo se dió cuenta del proyecto de lei, remitido por el Presidente de la República, para libertar de los derechos de internacion al carbon de piedra estranjero que se introdujere por los puertos del Norte hasta el Papudo; i tambien de la solicitud de doña Tránsito Morandé, viuda de don {{MarcaCL|P|José Santiago Muñoz Bezanilla|OK|Acta 19° sesión}}[[:bcnbio:José Santiago Muñoz Bezanilla|José Santiago Muñoz Bezanilla]], para que se le conceda una pension, en atencion á los méritos i servicios de su finado marido: aquél se pasó a la Comision de Hacienda, i ésta a la de Peticiones.
Así mismo se dió cuenta del proyecto de lei, remitido por el Presidente de la República, para libertar de los derechos de internacion al carbon de piedra estranjero que se introdujere por los puertos del Norte hasta el Papudo; i tambien de la solicitud de doña Tránsito Morandé, viuda de don {{MarcaCL|P|José Santiago Muñoz Bezanilla|OK|Acta 19º sesión}}[[:bcnbio:José Santiago Muñoz Bezanilla|José Santiago Muñoz Bezanilla]], para que se le conceda una pension, en atencion á los méritos i servicios de su finado marido: aquél se pasó a la Comision de Hacienda, i ésta a la de Peticiones.




Despues, por acuerdo de la Cámara, continuó la discusion de los tratados celebrados con la Gran Bretaña, i se aprobaron por mayoría los artículos 2.º, 3.º, 4.º i 6.° en los términos siguientes:
Despues, por acuerdo de la Cámara, continuó la discusion de los tratados celebrados con la Gran Bretaña, i se aprobaron por mayoría los artículos 2.º, 3.º, 4.º i 6.º en los términos siguientes:




{{May|Art. 2.º}} El Presidente de la República de Chile se obliga especialmente a promulgar en el territorio de ésta, dos meses despues del canje de las ratificaciones, si el {{MarcaCL|C|Congreso|OK|Acta 19° sesión}}Congreso ordinario estuviese entonces reunido, o dos meses despues de la subsiguiente reunion ordinaria del Congreso, una lei que imponga la pena de piratería a todo ciudadano chileno que tome parte alguna, bajo cualquier color o pretesto, en el comercio de esclavos; i se obliga así mismo a adoptar, de tiempo en tiempo, segun la necesidad lo requiera, las mas eficaces medidas para impedir que los ciudadanos de la República se interesen o su pabellon se emplee de modo alguno en el espresado comercio.
{{May|Art. 2.º}} El Presidente de la República de Chile se obliga especialmente a promulgar en el territorio de ésta, dos meses despues del canje de las ratificaciones, si el {{MarcaCL|C|Congreso|OK|Acta 19º sesión}}Congreso ordinario estuviese entonces reunido, o dos meses despues de la subsiguiente reunion ordinaria del Congreso, una lei que imponga la pena de piratería a todo ciudadano chileno que tome parte alguna, bajo cualquier color o pretesto, en el comercio de esclavos; i se obliga así mismo a adoptar, de tiempo en tiempo, segun la necesidad lo requiera, las mas eficaces medidas para impedir que los ciudadanos de la República se interesen o su pabellon se emplee de modo alguno en el espresado comercio.




Línea 27: Línea 27:




{{May|Art. 6.°}} Como los dos artículos que preceden son enteramente recíprocos, las dos altas partes contratantes se obligan mútuamente a abonar las pérdidas que sus respectivos ciudadanos o súbditos esperimenten por la arbitraria e ilegal detencion de sus embarcaciones; en la intelijencia de que la indemnizacion será invariablemente satisfecha por el Gobierno cuyo crucero haya incurrido en dicha arbitraria e ilegal detencion i que la visita i detencion de embarcaciones de que se hace mencion en el artículo 4.º de este tratado, solo podrán efectuarse por los buques chilenos e ingleses que formen parte de las respectivas armadas, real i nacional, de las dos altas partes contratantes i que ademas se hallen provistos de las instrucciones especiales anexas a este tratado, con arreglo a lo que en él se estipula.
{{May|Art. 6.º}} Como los dos artículos que preceden son enteramente recíprocos, las dos altas partes contratantes se obligan mútuamente a abonar las pérdidas que sus respectivos ciudadanos o súbditos esperimenten por la arbitraria e ilegal detencion de sus embarcaciones; en la intelijencia de que la indemnizacion será invariablemente satisfecha por el Gobierno cuyo crucero haya incurrido en dicha arbitraria e ilegal detencion i que la visita i detencion de embarcaciones de que se hace mencion en el artículo 4.º de este tratado, solo podrán efectuarse por los buques chilenos e ingleses que formen parte de las respectivas armadas, real i nacional, de las dos altas partes contratantes i que ademas se hallen provistos de las instrucciones especiales anexas a este tratado, con arreglo a lo que en él se estipula.




Línea 33: Línea 33:




Ultimamente se procedió a la resolucion de la propuesta hecha por el secretario para oficial de la Secretaría en don Ignacio M. Valdivieso i resultaron 28 sufrajios en su favor i 1 en contra; en su consecuencia se mandó comunicar al Ejecutivo; con lo que se levantó la sesion, anunciándose para la próxima la discusion jeneral de la mocion del señor Valdivieso, la particular de los tratados y la mocion del señor Reyes. —{{MarcaCL|P|José Joaquín Pérez Mascayano|OK|Acta 19° sesión}}[[:bcnbio:José Joaquín Pérez Mascayano|JOSÉ JOAQUIN PÉREZ]]. —''{{MarcaCL|P|Rafael Valentín Valdivieso Zañartu|OK|Acta 19° sesión}}[[:bcnbio:Rafael Valentín Valdivieso Zañartu|Rafael Valentín Valdivieso]]'', diputado-secretario.<section end="Acta 19° sesión" />
Ultimamente se procedió a la resolucion de la propuesta hecha por el secretario para oficial de la Secretaría en don Ignacio M. Valdivieso i resultaron 28 sufrajios en su favor i 1 en contra; en su consecuencia se mandó comunicar al Ejecutivo; con lo que se levantó la sesion, anunciándose para la próxima la discusion jeneral de la mocion del señor Valdivieso, la particular de los tratados y la mocion del señor Reyes. —{{MarcaCL|P|José Joaquín Pérez Mascayano|OK|Acta 19º sesión}}[[:bcnbio:José Joaquín Pérez Mascayano|JOSÉ JOAQUIN PÉREZ]]. —''{{MarcaCL|P|Rafael Valentín Valdivieso Zañartu|OK|Acta 19º sesión}}[[:bcnbio:Rafael Valentín Valdivieso Zañartu|Rafael Valentín Valdivieso]]'', diputado-secretario.<section end="Acta 19º sesión" />