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<section begin="Oficio con que el Presidente de la República propone un proyecto de ley de organización de régimen interior del país" continua=si/>3.ª Por estar empleado en alguna oficina de rentas públicas;
<section begin="Oficio con que el Presidente de la República propone un proyecto de ley de organización de régimen interior del país" continua=si/>3.ª Por estar empleado en alguna oficina de rentas públicas;




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{{May|Art. 19.}} Siempre que la persona que hubiere de subrogar al intendente no se hallare en disposición de entrar al ejercicio de las funciones de la intendencia, inmediatamente que ocurra la falta de aquel jefe, el alcalde ordinario mas antiguo de la capital de la provincia, o en caso de igual antigüedad el que se hallare de turno, entrará a<section end="Oficio con que el Presidente de la República propone un proyecto de ley de organización de régimen interior del país" />
{{May|Art. 19.}} Siempre que la persona que hubiere de subrogar al intendente no se hallare en disposición de entrar al ejercicio de las funciones de la intendencia, inmediatamente que ocurra la falta de aquel jefe, el alcalde ordinario mas antiguo de la capital de la provincia, o en caso de igual antigüedad el que se hallare de turno, entrará a<section end="Oficio con que el Presidente de la República propone un proyecto de ley de organización de régimen interior del país" />