Elementos de economía política: 80


Capítulo XXI : De los empréstitos y del crédito público.

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    • I. De la naturaleza del sistema de los empréstitos públicos.
    • II. Del crédito público.
    • III. Cotejo entre la contribución y el empréstito.
    • IV. Sobre la necesidad de los empréstitos públicos.
    • V. De algunas opiniones sobre el empréstito.
    • VI. Resumen.

§. I. De la naturaleza del sistema actual de los empréstitos públicos.

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546. Los Estados gastan generalmente la totalidad de las contribuciones que recaudan; así es que, cuando llega el caso de declararse una guerra o de que los servicios públicos requieran un gasto imprevisto, los Gobiernos se ven en la precisión de echar mano de recursos extraordinarios. Antiguamente, como suelen hoy todavía los déspotas del Oriente y del África, los jefes de las naciones allegaban un tesoro en tiempo de paz. Enrique IV murió dejando uno acumulado por los afanes de su gran ministro Sully; el mismo Napoleón tenía un tesoro en las Tullerías. Este sistema tiene todos los inconvenientes del atesoramiento, de los cuales es el mayor privar de numerosos capitales a la producción.
En el día, los Gobiernos civilizados están más seguros de hallar, en las contribuciones anuales de los pueblos, los medios de hacer frente a los gastos ordinarios y regulares; sin embargo, no hay para qué ocultarlo; todavía es cosa muy rara un balance exacto entre los ingresos y los gastos en los presupuestos de las diversas naciones que figuran al frente de la moderna cultura.
547. Cuando los gastos públicos exceden a los ingresos, el Estado debe aumentar sus rentas, o disminuir sus gastos, o vender una parte de su patrimonio, o tomar prestado. Los particulares juiciosos emplean uno u otro de los dos primeros medios; los Estados no emplean más que los otros dos, y sobre todo, el último, porque la enajenación del patrimonio público no es un recurso constante ni suficiente.
548. El sistema de los empréstitos ha experimentado variaciones bastante notables; en el día la mayor parte de los Gobiernos han abandonado los empréstitos a fondos perdidos, en rentas vitalicias y en supervivencias, porque no pueden elegir con el suficiente cuidado las cabezas sobre que han de tomar prestado, y han adoptado generalmente los empréstitos por suscrición, practicados por los ingleses desde mediados del pasado siglo y vulgarizados por el famoso Pitt.
549. En este sistema, los Gobiernos emiten títulos o rentas, que llevan la mención de un capital fijo y de un interés fijo también, como por ejemplo, 20 pesos de capital, y 20, 16 ó 12 reales de premio o interés.
Pero aunque mencionan el capital de 20 pesos como si le hubieran recibido, no han cobrado en realidad más que una suma mucho menor, a veces 11, 13, 15, etc., según se ha visto en varios empréstitos públicos. Los que han adquirido estos títulos, los suscritores del empréstito, se los revenden entre sí o los revenden a otros, a diferentes precios, según que la confianza ha aumentado o ha disminuido, en virtud de todas las oscilaciones de la oferta y del pedido; y mientras que el capital varía así en la apariencia, el interés es el que varía en la realidad. En efecto, aunque el título lleve invariablemente 20 pesos de capital y 20 reales de interés, si el capital real aprontado en cambio del título es 10 pesos, el interés real está a 10 p. %; si el capital real es 15 pesos, el interés real está a 6 2/3, p. %; si es 25, el interés está a 4 p. %.
Los ricos banqueros son, por lo general, los que hacen el comercio en grande de estos títulos o fondos públicos, que compran o suscriben por mayor, y revenden al menudeo; esta venta se hace en la Bolsa, verdadero mercado de los capitalistas, por medio de los corredores especiales, llamados agentes de cambio.
550. Además de este sistema de deuda, el Tesoro público contrae otras de otra especie, emitiendo billetes a término o pagarés, que algunos prestamistas le descuentan, y se llaman bonos del tesoro. Esta deuda se denomina deuda flotante, por oposición a la otra, que se llama deuda consolidada, para tranquilizar a los prestamistas después de una primera bancarrota. La deuda flotante permite al Tesoro servirse del importe de los contribuciones que aún no ha recaudado, y es uno de los puntos más delicados de la ciencia económica.