El cardenal Cisneros/XVI

Nota: En esta transcripción se ha respetado la ortografía original. Publicado en la Revista de España.


y procuraba sacar todo el partido posible de las circunstancias. Al fin, después de grandes dilaciones y no pequeños obstáculos, Roma concedió el año siguiente (1497) poder á Cisneros para que, en unión con el Obispo de Jaén y el Nuncio del Papa, procediera á ultimar este grave negocio. Todavía los Franciscanos encontraron medio de influir para retardar esta ultimación, pues consiguieron que se prohibiese á los Obispos comisionados delegar sus facultades, obligándoles á evacuar directa y personalmente su comisión, que era tanto como hacerla eterna, pero Cisneros desplegó tal habilidad, que consiguió del Papa la revocación de aquella cláusula, después de lo cual Cisneros no encontró ya obstáculos ni resistencia en parte alguna.

Asi se llevó á cabo la reforma de los Franciscanos y se consiguió el enaltenimiento y purificación de las Ordenes monásticas, gloria del reinado de Isabel la Católica que en todas las esferas de la España de entonces, quería introducir sus costumbres irreprochables y puras, gloria también del gran Cisneros, á cuyo celo, á cuya constancia, á cuya firmeza se debe que tan bellos y saludables propósitos no vinieran á esterilizarse ante la cruzada insidiosa, infatigable y pérfida de los viciosos y disolutos que se consideraban perjudicados.


XVI.

Cuando un poder toma el camino recto en una ocasión dada, es raro que quiera limitar las consecuencias de sus medidas, antes bien, empujado por la lógica de los hechos que va consumando tanto como por la de las ideas en que se inspira, tiende á generalizarlas y extenderlas, buscando, por decirlo así, el equilibrio y el nivel en todas las esferas. El orden introducido en los conventos, el orden introducido en el cabildo catedral de Toledo, llegó también á las iglesias exentas, que apoyadas en privilegios conseguidos de la Santa Sede, se sustraían á la jurisdicción del Arzobispo, de modo que, dependiendo directamente del Papa y estando este tan lejos para poner remedio á los males y abusos que en ellas se advertían, se originaban constantemente disputas, conflictos y rebeldías, que causaban grande escándalo en la Diócesis y minaban la autoridad del Prelado. Cisneros, con singular reserva y hábil diplomacia, procuró conseguir la revocación de todos estos privilegios, y á pesar de que la corte de Roma era tan cauta en desprenderse de aquellas prerogativas que le aseguraban una influencia interna en las naciones extrañas, otorgó en Breve de 29 de Junio de 1497, completas facultades al Arzobispo para que pudiera reformar y corregir todos los abusos de su Diócesis, sin que persona alguna, por cualquier motivo, pudiera declinar su jurisdiccion. Este Breve del Papa, amplio y sin limitación, su posición de Arzobispo y el favor de la Reina, daban á Cisneros un poder incontrastable. Creíase que Cisneros usaría de él con rigor, pues fué harto desconsiderada la resistencia de los que ya podíamos llamar desaforados; pero aquel era demasiado político y demasiado magnánimo para acudir á una crueldad inútil, cuando no perjudicial, que habría tenido su repercusión en Roma, fuera de que aquel inmenso poder de que procuró armarse, era más bien un resorte moral para conseguir el resultado que se proponía evitando resistencias. La moderación más extremada, la circunspección más exquisita, fue la única norma de su conducta, y ni una sola queja se levantó en toda la Diócesis cuando tantos y tan envejecidos abusos estirpaba. El rigor, la ira, la crueldad empleados como sistema y hasta por lujo, no son propios de un hombre de Estado, ni aun en aquellos tiempos de inquisición y si se quiere de intolerante absolutismo. Quedan sólo como una mancha del siglo XIX en algún bajalato de Turquía ó en alguna kábila de Marruecos, pero queremos suponer que ya no están en uso en ningún pueblo cristiano.