Discusión:Acuerdo por la paz social y la nueva constitución

Último comentario: hace 4 años por Cuatro Remos en el tema Derechos de autor

Derechos de autor editar

@Nash0h, Cuatro Remos: ¡Buenas! Han marcado la página para su borrado inmediato por tener "derechos de autor vigentes". No estoy seguro de si procede y preferiría aclararlo antes con los usuarios afectados, y con todos aquellos que pudieran aportar sus conocimientos en la materia.

Mis interpretaciones, susceptibles al error, son las siguientes:

Las conferencias, discursos políticos, alegatos judiciales y otras obras del mismo carácter que hayan sido pronunciadas en público, podrán ser utilizadas libremente y sin pago de remuneración, con fines de información, quedando reservado a su autor el derecho de publicarlas en colección separada.
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¿O ese artículo sólo se refiere a obras de tipo "oral"? Otras legislaciones son explícitas con las obras emanadas de parlamentos, gobiernos y administraciones públicas en general, pero en esa Ley no encuentro nada parecido (salvo el art. 71D).

El texto no sé de dónde procede. Por favor, indiquen siempre la fuente de la que se copia para poder agilizar las comprobaciones. El texto lo he encontrado, entre otras, en la página del Ministerio https://www.interior.gob.cl/noticias/2019/11/15/ministro-gonzalo-blumel-valora-acuerdo-transversal-por-la-paz-social-y-una-nueva-constitucion/

¿Borramos? Un saludo. -Aleator 23:24 15 nov 2019 (UTC)Responder

@Aleator: Gracias por citar la ley chilena. Creo que puede ser publicada aquí sin ningún problema, ya que corresponde a "discurso político". Por ello retiro mi petición de borrado. --Cuatro Remos (discusión) 00:00 16 nov 2019 (UTC)Responder
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