Diario Oficial de El Salvador/Tomo 42/Número 116

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REPÚBLICA DEL SALVADOR—CENTRO-AMÉRICA 705

DIARIO OFICIAL


TOMO 42San Salvador, lunes 24 de mayo de 1897. NUM. 116


Sección Oficial editar

SECCIÓN OFICIAL

Poder Legislativo editar

PODER LEGISLATIVO

Octava sesión extraordinaria de la Asamblea Nacional editar

OCTAVA sesión extraordinaria de la Asamblea Nacional, celebrada en San Salvador, el dia once de mayo de mil ochocientos noventa y siete.

Concurrieron los señores Representantes Presidente Fiallos, Vice-Presidente Meléndez, Araujo, Bonilla, Bustamante, Castellanos (Manuel), Castro (Eugenio), Chávez, Encinas, Flores, González, Gallegos, García, Hernández, Jirón, Larios, López y López, Najarro, Nolasco, Nuila, Ortiz, Portilla, Rosales, Rodezno, Rodríguez, Salegio, Villatoro, Villafañe, los infrascritos Secretario y Pro-Secretario.

Leída y discutida el acta de la anterior, fue aprobada.

Se continuó la discusión de la contrata celebrada por la Junta de Hacienda con don Emeterio S. Ruano y otros, relativa á la construcción del ferrocarril que unirá esta capital con el puerto de "El Triunfo" comenzando por el artículo 31 y fue aprobado con la modificación que ha hecho el Ejecutivo lo mismo que los artículos 32 y 33, quedando así:

Art. 31.—En caso que se proyecte la construcción de un ferrocarril que toque en algún punto ó atraviese la línea expresada e nel presente contrato, se dará la preferencia á la Empresa en igualdad de condiciones, con tal que no perjudiquen la construcción é intereses del ferrocarril Central que el Gobierno construye del puerto de La Unión á esta capital.

Art. 32.—Todas las cuestiones técnicas ó profesionales que pudieran ocurrir entre el Gobierno y la Empresa, serán decididas por una comisión compuesta por dos arbitradores ingenieros civiles de reconocida competencia, nombrándose uno por cada parte. En caso de discordia, nombrarán ellos mismos un tercero cuya resolución será definitiva.

Art. 33.—La Compañía así como los empleados, accionistas y funcionarios de ella, serán considerados siempre como salvadoreños, en todos los asuntos que tengan relación con el presente contrato y por lo mismo estarán sujetos exclusivamente á la jurisdicción de los tribunales del Estado, en todos los negocios, cuya causa y acción tengan lugar en su territorio.

Los extranjeros y los sucesores de éstos, que tomaren parte en la Empresa con cualquier carácter, no podrán alegar nunca respecto á los asuntos relacionados con esta concesión, derechos de extranjería bajo cualquier pretexto que sea, y solo tendrán los derechos y medios de hacerlos valer que las leyes del Estado conceden á los salvadoreños, sin que por consiguiente puedan tener ingerencia alguna los agentes diplomáticos extranjeros.

El señor Encinas hizo moción para que se ponga un artículo adicional á la contrata de ferrocarril del puerto de "El Triunfo" á esta capital, en el cual se fije un período dentro del cual, deberá pasar el ferrocarril á ser propiedad del Estado, pro subvencionar ésteá la Empresa con cuarenta y cinco mil pesos por cada legua, que hacen el total de dos millones veinticinco mil pesos, en cuarenta y cinco leguas que tiene que recorrer, y debe establecerse una justa y legítima compensación en favor de la Empresa.

Se dio primera lectura al dictamen recaído en la solicitud del señor Alfredo Gallegos, sobre que se le conceda permiso durante diez años para la apertura de posos tubulares.

Al dictamen emitido en la solicitud de Macario Monroy, relativa á que se le conceda libre de derechos y de impuestos fiscales, la introducción de máquinas para establecer una fábrica de cerveza y agua gaseosa.

Se dio tercera lectura al dictamen recaído en la iniciativa del Ejecutivo, relativa á que se le autorice para contraer un empréstito de un millón de libras esterlinas.

También se dió lectura al dictamen recaído en la solicitud de los señores Alberto Gros y Desiderio Klamburg, relativa á que se les conceda privilegio exclusivo para la fabricación de loza. A moción del Diputado Larios, se dispensaron las demás lecturas y puesto á discusión, los Diputados Rosales, Chávez y Hernández, impugnaron el dictamen y después de esto fue desechado.

Se pasó a discusión el dictamen recaído en el proyecto de reformas á la Ley Hipotecaria. El Diputado Rosales dijo: que el proyecto pasara á otra Comisión y que no se procediese como opinan en dicho dictamen los miembros que lo redactaron.

Los Diputados Villafañe y Villatoro, opinaron lo mismo. Chávez apoyó el dictamen. González dijo; que el dictamen no es honroso para la Comisión ni para el Congreso.

Hidalgo propuso que la Asamblea resolviera hoy mismo algo definitivo e n lo que respecta á la Ley Hipotecaria, en caso improbase la Asamblea el dictamen. Ramírez propuso que si se improbaba el dictamen de la Comisión, se tenga por base para la discusión el proyecto del ejecutivo con las reformas hechas por la Comisión respectiva. Hidalgo amplió la anterior moción para que también se adoptara en la discusión dicha, las reformas de la Suprema Corte de Justicia.

Larios manifestó que se deseche el dictamen y que se discuta el proyecto con las reformas de la Corte y de la Comisión; y después que Larios dijo lo anterior, Hidalgo pidió que se resolviera al momento, y se acordó desechar el dictamen y discutir el proyecto de la Suprema Corte de Justicia y las de la Comisión.

Se levantó la sesión, faltando por enfermedad los señores Escobar y Castro (Juan Antonio), sin licencia Valdés y Godoy y con ella Lagos y Vaquero.

D. Fiallos,
Presidente.
G. Ramírez,
1er. Srio.
Rafael Justiniano Hidalgo,
1er Pro-Secretario.

Noticias Por Cable editar

NOTICIAS POR CABLE

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Sección de anuncios editar

SECCIÓN DE ANUNCIOS

BOTICAS DE TURNO.
Farmacia del doctor M. Palomo y Cía.


Avisos oficiales editar

AVISOS OFICIALES

Telegramas rezagados editar

TELEGRAMAS REZAGADOS.

...


Higiene pública editar

HIGIENE PUBLICA.

Como la estación presente es propia al desarrollo de ciertas enfermedades, se recomienda á los vecinos de la capital el extricto cumplimiento de la parte que les toda, de lo dispuesto en la ley de policía reformada que trata de la salubridad y aseo: al no verificarlo la autoridad correspondiente hará efectivas las penas establecidas en la misma.

San Salvador, mayo 24 de 1897.

Rosendo Martínez. 1

Cablegramas editar

Vacuna editar

VACUNA.

Se recuerda á los señores encargados de conservar y trasmitir el fluido vacuno en la sección administrativa que le corresponde, la obligación en que están de dar cuenta de sus trabajos á esta Dirección en conformidad con lo dispuesto en los incisos 4º y 5º del art. 14 del Reglamento respectivo que dicen:

Dar cuenta de sus trabajos cada dos meses, y suministrar los datos que se le pidan de la Oficina Central, remitiendo un informe general que comprenda todos los puntos que tengan relación con el ejercicio de sus funciones.

Comunicarse oficialmente con la Oficina Central, y con las autoridades para trabajar con el mayor celo posible para difundir la vacuna en todas las poblaciones.

San Salvador, mayo 17 de 1897.

El Director. 6—4

A los destazadores editar

A los Destazadores.

De las poblaciones vecinas de esta ciudad, que traen reses á la oficina de la Inspección de Víveres y Rastro, se les advierte que por disposición gubernativa deben presentar al mismo tiempo que las reses, la carta de venta de las mismas, pues de lo contrario no se les extenderá la licencia para el destace.

Inspección de Víveres y Rastro: San Salvador. mayo 14 de 1897. 15—5


Dirección General de Educación Pública Primaria editar

Tribunal Superior de Cuentas editar

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Avisos judiciales editar

Títulos supletorios editar

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Curaduría editar

Avisos municipales editar

Licitación editar

Sala de lectura editar