Tratados preliminares de La Soledad
Tratados preliminares de La Soledad
1º Supuesto que el gobierno constitucional que actualmente rige en la República Mexicana ha manifestado a los comisarios de las potencias aliadas que no necesita del auxilio que tan benévolamente han ofrecido al pueblo mexicano, pues tiene en si mismo los elementos los elementos de fuerza y opinión para conservarse contra cualquier revuelta intestina, los aliados entran desde luego en el terreno de los tratados parar formalizar las reclamaciones que tienen que hacer en nombre de sus respectivas naciones.
2º Al efecto y protestando como protestan los representantes de las potencias aliadas que nada la independencia, soberanía e integridad de la república, se abrirán las negociaciones en Orizaba, a cuya ciudad concurrirán los tres comisarios y dos de los señores ministros del gobierno de la república , salvo en casos de común acuerdo, se convengan en nombrar representantes delegados de ambas partes.
3º Durante las negociaciones, las fuerzas de las potencias aliadas ocuparan las tres poblaciones de Córdoba, Orizaba y Tehuacán con sus radios naturales.
4º Para que ni remotamente puedan creerse que los aliados han firmado estos preliminares para procurarse el paso de las posiciones fortificadas que guarecen el ejercito mexicano, se estipula que, en el evento desgraciado que se rompiesen las negociaciones, las fuerzas de los aliados desocuparan las poblaciones ante dichas, y volverán a colocarse en la línea que esta delante de dicha fortificaciones en rumbo a Veracruz, designándose como puntos extremos principales el de paso ancho en el camino de Córdoba y paso de Ovejas en el de Jalapa.
5º Si llegase el caso desgraciado de romperse las negociaciones y retirarse las tropas del línea indicada en el articulo precedente, los hospitales que tuvieron los aliados quedaran bajo la salvaguarda de la nación mexicana.
6º El día en que las tropas mexicanas emprendan su marcha para ocupar los puntos señalados en el articulo tercero, se enarbolara el pabellón mexicano en la ciudad de Veracruz, y en el castillo de San Juan de Ulúa.
La Soledad, Veracruz, a 19 de febrero de 1862.
Firmaron:
- Manuel Doblado
Ministro de Relaciones de México
- Conde Dubois de Saligny
Representante de Francia
- Carlos Wyke
Representante de Inglaterra
- Gral. Juan Prim. y Prats
Plenipotenciario de España