El Tratado de Coche de 1863 puso fin efectivo a la Guerra Federal. Sin embargo, hubo dos versiones del tratado. El original firmado el 23 de abril de 1863 con nueve artículos. Pero por discrepancias entre los líderes de ambos bandos, se modificaron los términos, reduciénsose a siete artículos. Éste último fue firmado el 22 de mayo.


TRATADO DE COCHE


Pedro José Rojas, secretario general del jefe supremo de la República, y Antonio Guzmán Blanco, general y jefe de las fuerzas federales, que obran en estas provincias, reunidos a excitación del segundo con el objeto de tratar de poner término por medios honrosos y pacíficos a la presente desastrosa guerra, hemos celebrado, el primero a nombre del jefe supremo de la República, y el segundo con autorización del señor general Juan C. Falcón, jefe del ejército federal, un convenio de paz con las siguientes condiciones:


1a El ejército federal reconoce el gobierno del jefe supremo de la República y de su sustituto.

2a Una asamblea nacional se reunirá en Caracas dentro de treinta días después de canjeada la aprobación de este convenio.

3a Por cada provincia se elegirán cuatro diputados. No hallándose la República en estado de verificar tranquila y libremente sus elecciones; siendo por otra parte prudente evitar en las actuales circunstancias el choque de los partidos, y queriendo finalmente apresurar cuanto se pueda la reunión de la asamblea, se acuerda que la mitad de los diputados por cada provincia, y de sus suplentes, será elegida por el Gobierno, y la otra mitad por el señor general Falcón en representación de los federales.

4a En el momento de instalarse la Asamblea Nacional, cesará el gobierno del señor general Páez y su sustituto, y la asamblea constituirá en seguida un nuevo gobierno de la manera que lo estime conveniente.

5a Una vez que la Asamblea Nacional haya constituido el nuevo Gobierno, continuará deliberando sin restricción alguna sobre los ramos de la administración pública.

6a El Gobierno nombrará al señor general Falcón General en Jefe del Ejército de la República, y al señor general Facundo Camero, segundo Jefe del mismo.

7a No se hará ninguna alteración notable ni en situación de tropas, ni en mandos militares, ni en ninguna otra cosa contraria al espíritu de este convenio, hasta que la Asamblea Nacional resuelva lo que crea más acertado.

8a Por una y otra parte se librarán órdenes inmediatamente a todos los puntos de la República para que cese toda hostilidad.

9a Salvo lo que se dispone en el artículo anterior, que comenzará a regir inmediatamente, el presente convenio se pondrá en ejecución tan luego como lo hayan aprobado el Jefe Supremo de la República y el señor general Juan C. Falcón.


Hacienda de Coche, a 24 de abril de 1863


Pedro José RojasAntonio Guzmán Blanco




TRATADO DE COCHE
(modificado)


Pedro José Rojas, secretario general del Jefe Supremo de la República, y Antonio Guzmán Blanco, secretario general del Presidente Provisional de la Federación, con el objeto de realizar la pacificación del país, han celebrado el convenio siguiente:

1a Se convocará una asamblea para el trigésimo día después de canjeada la ratificación de este convenio, o para antes, si fuere posible reunir el quorum correspondiente.

2a Esta asamblea constará de ochenta miembros, elegidos la mitad por el Jefe Supremo de la República y la otra mitad por el Presidente Provisional de la Federación.

3a En el instante de reunirse la asamblea, el Jefe Supremo entregará a ésta el mando de la República.

4a El primer acto de la asamblea será el nombramiento del Gobierno que ha de Presidir la República mientras ésta se organice.

5a Desde los días próximos a la reunión de la asamblea, la ciudad de Valencia no tendrá más guarnición que una pequeña fuerza para cuidar del orden público, la mitad destinada por el Jefe Supremo, la otra mitad por el Presidente Provisional de la Federación.

6a Cesan completamente las hostilidades y no se puede ordenar ningún movimiento de tropas, ni reclutamientos, ni nada que indique preparativos de guerra.

7a Así el general Páez como el general Falcón emplearán su respectivo ascendiente en calmar las pasiones agitadas por la guerra y en que la situación que va a sobrevenir sea tan pacífica, libre y durable como lo necesita la patria para reponerse de sus quebrantos.

Caracas, 22 de mayo de 1863.


Pedro José RojasGuzmán Blanco