Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1845/Sesión de la Cámara de Senadores, en 29 de octubre de 1845

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1845)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 29 de octubre de 1845
CÁMARA DE SENADORES
SESION ESTRAORDINARIA EN 29 DE OCTUBRE DE 1845
PRESIDENCIA DE DON DIEGO JOSÉ BENAVENTE


SUMARIO. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Convocacion del Congreso a sesiones estraordinarias. —Cuentas de inversión de 1844. —Ordenanza de jornaleros i lancheros de los puertos. —Clausura de las sesiones. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio por el cual el Gobierno convoca a las Cámaras a sesiones estraordinarias. (Anexo núm. 158).
  2. De un informe de la Comision Mista de Presupuestos sobre las cuentas de inversión de 1844. (V. sesion del 17).
  3. De un oficio con que la Cámara de Diputados trascribe un proyecto de lei que autoriza al Gobierno para dictar con fuerza de lei una ordenanza de lancheros i jornaleros de puerto. (Anexo núm. 159. V. sesion del 27 de Noviembre de 1843).
  4. De otro oficio con que la misma Cámara devuelve aprobado el proyecto de lei que aprueba los tratados celebrados entre Chile i Nueva Granada. (Anexo núm. 160. V. sesion del 5 de Setiembre de 1845).
  5. De otro con que devuelve aprobado el proyecto de lei que concede una pension a doña Dolores Ros viuda de Azagra. (Anexo núm. 161. V. sesion del 26 de Setiembre de 1845).
  6. De otro por el cual comunica que se ha confirmado con los artículos 1.° i 4.° del proyecto de lei de colonizacion e inmigracion tales cuales fueron aprobados por el Senado. (Anexo núm. 162. V. sesion del 13).
  7. De otro con que devuelve aprobado el proyecto de lei que concede cierta gracia a don Francisco de Paula Marambio. (Anexo núm. 163. V. sesion del 29 de Agosto).
  8. De otro con que devuelve aprobado el proyecto de lei que concede los fondos necesarios para acreditar una legación en los Estados Unidos de Norte América. (Anexo núm. 164. V. sesion del 17).
  9. De otro por el cual comunica que no ha insistido en el rechazo del proyecto de lei que concede una pensión a doña Mariana Moran viuda de Fuenzalida. (Anexo núm. 165. V. sesion del 22 de Agosto de 1845).
  10. De otro con que devuelve el proyecto de lei que concede a Lord Cochrane la cantidad de £ 6,000 en recompensa de sus servicios a la República. (Anexo núm. 166. V. sesion del 9 de Junio de 1845).
  11. De otro por el cual comunica que ha desistido de ciertas modificaciones que habia hecho al proyecto de lei que manda crear Cortes de Apelaciones en Concepcion i la Serena. (Anexo núm. 167. V. sesion del 15).
  12. De otro con que devuelve aprobado el proyecto de lei que autoriza al Gobierno para someter a compromiso las cuestiones pendientes entre el Fisco i don José Ignacio Sotomayor. (Anexo mím. 168. V. sesion del 10).
  13. De otro por el cual comunica que ha insistido en las modificaciones hechas al proyecto de lei que autoriza al Gobierno para suspender un Senado Consulto de de 1823. (Anexo núm. 169. V. sesiones del 15 de Octubre de 1845 i 12 de Junio i 28 de Setiembre de 1846).

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Aprobar el proyecto de lei que aprueba las cuentas de inversión de 1844. (V. sesion del 29 de Julio de 1846).
  2. Aprobar el proyecto de lei que autoriza al Gobierno para dictar con fuerza de lei una ordenanza de lancheros i jornaleros de puertos. (Anexo núm. 170).
  3. Autorizar al Presidente de la Sala para tramitar los asuntos despachados.
  4. Autorizar al mismo Presidente para que fije, de acuerdo con el de la Cámara de Diputados, el dia de la clausura de las sesiones estraordinarias. (Anexo núm. 171).

ACTA editar


sesion estraordinaria de 29 de octubre [1]

Aprobada el acta de la última sesion ordinaria, se leyó un mensaje del Presidente de la República en que espone que no habiendo alcanzado el Congreso a despachar en el período ordinario los importantes asuntos sometidos a su deliberacion ha resuelto, de acuerdo con el Consejo de Estado, convocarlo a sesiones estraordinarias que principiarán acorrer desde el dia 27 del actual para que se sirva considerar i resolver primero la cuenta de inversion de los fondos que se destinaron para los gastos de la administracion pública en el año 1844, i segundo la autorizacion pedida por el Gobierno para dictar las ordenanzas a que deba sujetarse el gremio de jornaleros de los puertos marítimos de la República. En consecuencia, se declararon abiertas las sesiones estraoidinarias del Senado i se mandó acusar recibo i archivar la comunicacion del Ejecutivo.

Se puso en discusion particular el proyecto de lei acordado por la otra Cámara, relativo a la cuenta de inversion.

El señor Presidente. —La Comision Mista del Congreso ha redactado un largo informe haciendo observaciones sobre la cuenta de inversion.

Por indicacion del señor Solar, se puso este informe en la Secretaría para que lo leyesen detenidamente los señores Senadores, i supongo que ya lo habrán hecho. El informe contiene dos clases de observaciones: una sobre las partidas en que se han dado esplicaciones con que quedó satisfecha la Comision i otras sobre las que no, yo podria contestar a todas ellas, pero como la misma Comision ha manifestado estar satisfecha de la mayor parte, me contraeré sólo a algunos ejemplos. Hai observaciones sobre premios consultados, a los administradores de correos, i a los Tenientes de Ministros, porque ellos han excedido a las cantidades presupuestadas, i encontrando que la causa ha sido el aumento de las entradas, debía felicitarse la Comision léjos de censurar, i no haber estampado observaciones que quedaban desvanecidas tan completamente.

Las obsevaciones sobre que no ha sido satisfecha la Comision son otras i haré presente algunas mas principales. Tratando del Ministerio de la Guerra, observa que en un ítem de tantos mil pesos, para reparación de cuarteles, se habia excedido el Gobierno engastar $ 11,000: si me hubiese oido a mí habria dicho de dónde provenia.

El Gobierno, en virtud de la necesidad, ha hecho no reparacion, sino construccion de algu nos cuarteles i de varias otras obras necesarias. Por un decreto i sobre el Presupuesto para 43, se hicieron contratas en Concepcion que debían pagarse con intervencion de la Junta Provisional de Hacienda en 44. De ellas no se tuvo noticia hasta la rendicion de la cuenta, i los gastos que ocasionaron debieron ser imputados en el año anterior, como que entónces hubo sobrante: se construyó en Valdivia una bomba de agua que no estaba en el ítem, i a este tenor hubo otros gastos necesarios, legales, pero mal cargados, si se quiere; aquí en el mismo Ministerio de la Guerra hai otra partida para fletes por mar i tierra, premios para conduccion de caudales, etc.; i sobre todo esto se hace tambien observacion por mayor gasto. Consistió él en que los fletes por remesas a Magallánes, se cargaron a dicho gasto, porque en ese año no estaba éste considerado como lo ha sido despues. Tambien se cargaron $ 450 por costo del situado a Concepcion, que debió serlo en el Ministerio de Hacienda. Como éstas son las otras observaciones que por supuesto no tienen valor alguno real, pues si se hubiesen cargado a los ítem de estraordinarios o imprevistos, en que ha habido sobrantes, nada habia que decir.

Me permitirá la Sala contestar ahora a una censura bastante fuerte que se hace al contador mayor, pues se dice que no dió cumplimiento a un decreto del año 41; peso debió tener presente la Comision que no todos los gastos se hacen en Santiago i siendo así el contador mayor no ha podido hacer tomar razón o negarse a ello de todos los pagos que se hacen en la República i al tiempo de hacerlo.

No se crea que por la premura del tiempo no se consideran las observaciones, pues el Gobierno en nada se ha excedido, sino por el contrario, ha tenido el mayor escrúpulo en la inversion de los fondos públicos. Así es que la misma Comision dice que está arreglada la cuenta aunque no tan acabada como quisiera, pero debe advertirse que el tiempo es el que satisface estos deseos.

La Comision, sin embargo, ha concluido su informe con el proyecto que está en discusion, el cual aprueba la cuenta en todas sus partes. Se procedió a votar i resultó aprobada por unanimidad en estos términos:

"Artículo único. Se aprueba la cuenta de inversin de los fondos destinados para los gastos de la administracion pública en el año 1844, que asciende a la cantidad de $ 3.009,074 2 i 4 reales."

Se puso en discusión jeneral i particular el proyecto de lei en que se autoriza ai Gobierno para dictar la ordenanza que debe rejir en el gremio de jornaleros i Jancheros de los puertos i fué aprobado en ámbas formas por unanimidad en estos términos:

"Artículo primero. Se autoriza al Presidente de la República para que dicte con fuerza de lei la ordenanza a que deba sujetarse el gremio de jornaleros i lancheros, destinados a la carga i descarga de los buques en la playa de Valparaiso i demás puertos marítimos de la República."

"Art. 2.° La presente autorizacion durará sólo un año."

En seguida se autorizó al señor Presidente para comunicar a la otra Cámara los proyectos de lei que han sido objeto de la presente sesion sin esperar la aprobacion del acta; i en atencion a que los asuntos que contienen fueron la única materia que motivó la convocatoria a sesiones estraordinarias se autorizó al señor Presidente para que se pusiese de acuerdo con la Cámara de Diputados sobre el dia en que deben cerrarse las sesiones estraordinarias del Cuerpo Lejisiativo.

I se levantó la sesion.

ANEXOS editar

Núm. 158 editar

No habiendo alcanzado el Congreso a despachar, en el período de sus sesiones ordinarias, prorrogadas por el término que permite la lei, los importantes proyectos sometidos a su deliberacion, i siendo indispensable la pronta resolucion de algunos de ellos, he resuelto, de acuerdo con el Consejo de Estado, i usando de la facultad que me confiere la parte 5.ª del artículo 82 de la Constitucion, convocar las Cámaras Lejislativas a sesiones estraordinarias que principiarán desde el 27 del actual a fin de que sa sirvan considerar a resolver únicamente los dos siguientes asuntos:

  1. El exámen de la cuenta de inversion de los fondos que se destinaron para todos los gastos de la administracion pública en el año anterior de 1844.
  2. La autorizacion pedida por el Gobierno para dictar las ordenanzas a que deba sujetarse el gremio de jornaleros i lancheros de los puertos marítimos de la República.

La urjencia e importancia de estos proyectos i el celo i patriotismo de los Representantes de la Nacion me hacen esperar confiadamente su pronto i definitivo despacho.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 25 de 1845. —Presidente. Manuel Montt. —A S. E.el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 159 editar

A consecuencia del mensaje de S. E. el Presidente de la República que acompaño, esta Cámara ha tenido a bien aprobar sin alteracion alguna los dos artículos del proyecto de lei en que se propone la autorización para dictar la ordenanza del gremio de jornaleros i lancheros en la misma forma que en dicho mensaje se contiene.

Dios guarde a V. E. —Santiago, 20 de Octubre de 1845. — May|R. L. Irarrázaval Ramón Rengifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm 160 editar

El tratado ajustado entre la República de Chile i la Nueva Granada ha sido aprobado por esta con la convencion adicional, en los mismos términos en que lo aprobó la que V. E. preside.

Dios guarde a V. E. —Santiago, 17 de Octubre de 1845. —R. L. Irarrázaval. Ramón Rengifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm 161 editar

El proyecto de lei acordado por esa Honorable Camara en favor de doña Dolores Ros viuda del teniente coronel don Bartolomé Azagra, lo ha sido por la de Diputados en los mismos términos que se sirvió V. E. trascribirlo en nota de 29 de Setiembre último bajo el número 36.

Dios guarde á V. E. —Santiago, 22 de Octubre de 1845. —R. L. Irarrázaval. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm 162 editar

Esta Cámara se ha conformado con el acuerdo de la de Senadores para que subsistan los artículos 1.° i 4.° del proyecto de colonizacion tal cual fueron transcritos por su S. E. en su oficio de 13 de Diciembre del año anterior.

Dios guarde a V. E. —Santiago, 23 de Octubre de 1845. —R. L. Irarrázaval. Ramón Rengifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm 163 editar

El proyecto de lei acordado por esa Cámara a consecuencia de la solicitud de don Francisco de Paula Marambio, que devuelvo con sus demas antecedentes, ha sido aprobada por la de Diputados, sin alteracion alguna.

Dios guarde a V. E. —Santiago, 23 de Octubre de 1845. —R. L. Irarrázaval. Ramón Rengifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm 164 editar

El proyecto de lei iniciado por esa Honorable Cámara, autorizando al Presidente de la República para invertir de los fondos públicos la cantidad que sea necesaria con el fin de costear una legacion cerca del Gobierno de Estados Unidos, ha si lo aprobado por la de Diputados en los mismos términos en que se sirvió V. E . transcribirlo en oficio de 17 del corriente mes.

Dios guarde a V. E. —Santiago, 23 de Octubre de 1845 —R. L. Irarrázaval. Ramón Rengifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm 165 editar

Esta Cámara ha considerado por segunda vez el proyecto de lei acordado por la que V. E. preside en favor de la señora doña Mariana Moran viuda del finado Ministro de la Corte de Apelaciones don Lorenzo Fuenzalida, i sometido a votacion resultaron 19 votos por la negativa i 10 por la afirmativa; en virtud de lo cual se dió por aprobado dicho proyecto en razon de no haber concurrido para desecharlo los dos tercios de sufrajios que requiere el artículo 5.° de la Constitucion.

Dios guaide a V. E. —Santiago, 23 de Octubre de 1845. —R. L. Irarrázaval. Ramón Rengifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm 166 editar

Esta Cámara ha prestado su aprobacion al proyecto de leí en que se conceden seis mil libras esterlinas a Lord Cochranne por cancelacion de sus cuentas, en los mismos términos que lo hizo esa honorable Cámara a consecuencia del mensaje del Presidente de la República que devuelvo.

Dios guarde a V. E. —Santiago, 23 de Octubre de 1845. —R. L. Irarrázaval. Ramón Rengifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 167 editar

Esta Cámara ha desistido de su acuerdo anterior relativo a la redaccion de los artículos 9 i 10 del proyecto de lei sobre establecimiento de Tribunales de Apelacion en las provincias del norte i sur de la República i ha prestado su aprobacion a los predichos artículos en los mismos términos en que fueron acordados por la que V. E. preside.

Dios guarde a V. E. —Santiago, 23 de Octubre de 1845. —R. L. Irarrázaval. Ramón Rengifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 168 editar

Esta Cámara ha prestado su aprobacion al proyecto de lei acordado por la que V. E. preside en que se autoriza al Presidente de la República para someter a compromiso los reclamos que haga al Fisco don Ignacio Sotomayor.

Dios guarde a V. E. —Santiago, 23 de Octubre de 1845. —R. L. Irarrázaval. Ramón Rengifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 169 editar

Esta Cámara ha ratificado nuevamente su acuerdo anterior relativo a la agregacion que hizo al proyecto de lei acordado por la que V. E. preside, a consecuencia de la solicitud de los relijiosos Recoletos.

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde a V. E. —R. L. Irarrázaval. Ramón Rengifo. —Santiago, Octubre 23 de 1845. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 170 editar

El proyecto de lei en que se autoriza al Presidente de la República para dictar una ordenanza del gremio de jornaleros i lancheros, ha sido aprobado por esta Cámara en los mismos términos que lo fué en la que V. E. preside.

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 30 de 1845. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 171 editar

En vista del mensaje de V. E., fecha 25 del actual, la Cámara de Senadores ha declarado abiertas sus sesiones estraordinarias desde el dia 27 de este mismo mes para considerar en ellas los asuntos que espresa V. E. en su convocatoria.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 30 de 1845. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 172 editar

El Congreso Nacional despues de haber discutido el tratado de amistad, comercio i navegacion ajustado entre la República de Chile i la de Nueva Granada i la convencion adicional a dicho tratado, le ha prestado su aprobacion en los mismos términos que aparece en el orijinal que devuelvo.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1845. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 173 editar

El Congreso Nacional ha discutido i aprobado el siguiente proyecto de lei:

"Artículo único. Se concede a la viuda e hijos del teniente-coronel don Bartolomé Azagra una pensión de 25 pesos mensuales para que la gocen conforme a la regla del montepío militar".

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1845. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 174 editar

El Congreso Nacional ha discutido i aprobado el siguiente

proyecto de lei:

"Artículo único. Se autoriza al Presidente de la República para invertir de los fondos públicos la cantidad que sea necesaria para costear una Legacion cerca del Gobierno de los Estados Unidos de Norte América."

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1845. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 175 editar

El Congreso Nacional ha discutido i aprobado el siguiente
proyecto de lei:

"Artículo único. Se concede a doña Mariana Moran viuda del Ministro que fué de la Corte de Apelaciones don Lorenzo Fuenzalida una pension de veinte pesos mensuales de la cual gozarán por fallecimiento de ésta las hijas lejítimas del referido don Lorenzo, miéntras permanezcan sin estado.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1845. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 176 editar

El Congreso Nacional ha discutido i aprobado el siguiente


proyecto de lei:

"Artículo único. La Nacion concede a Lord Cochrane hoi Conde de Dondonneld, como testimonio de gratitud nacional por los servicios que prestó a la República, seis mil libras esterlinas que se entregarán en Lóndres; i por este acto quedan cancelados los muchos cargos que pudiera haber entre el Gobierno i el referido Lord Cochrane."

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1845. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 177 editar

El Congreso Nacional ha discutido i aprobado el siguiente


proyecto de lei:

"Artículo único. Se autoriza al Gobierno para que pueda someter a compromiso los reclamos que haga al Fisco don Ignacio Sotomayor a consecuencia de la provision del Ejército que tuvo en el año 1817."

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1845. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 178 editar

El proyecto de lei por el que se aprueba la cuenta de inversion de los fondos destinados para los gastos de la administracion pública en el año de 1844, ha sido aprobado por el Senado en la misma forma que lo fué por la Honorable Cámara de Diputados.

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 30 de 1845. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 179 editar

Quedo impuesto por la nota de V. E. número 39 fecha de hoi de que esa Cámara que V. E. preside cerrará sus sesiones a las ocho de la noche de este dia, por haberse despachado los dos asuntos para que fueron convocadas extraordinariamente.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 31 de 1845. —Manuel Búlnes. Manuel Montt. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 180 [2] editar

Publicamos hoi en nuestras columnas la última sesion de la Cámara de Senadores que junto con la de Diputados han dejado ya sus asientos para ir a gozar del receso constitucional que las leyes determinan. La cesacion de este cuerpo lo mismo que su apertura en este año ha sido llena de esa calma majestuosa que tanto necesita la respetabilidad propia de lejisladores de un pueblo culto i libre: ninguna tormenta ha cruzado por su alrededor, ni la mas pequeña colision ha turbado el juego regular de sus resortes; en lugar de esto la armonía mas perfecta i admirable se ha mantenido en todo el período de sesiones entre ámbas Cámaras i el Ejecutivo. Este no ha ocurrido una sola vez a ellas interpelando su sabiduría que no las haya encontrado siempre dispuestas a ayudarlo eficazmente dándole al mismo tiempo las pruebas mas inequívocas de su aprobación. Las Cámaras a su turno no han invocado nunca en vano al patriotismo i actividad de la Administracion: podria decirse sin la menor exajeracion que los dos poderes encargados mas inmediatamente de las ruedas principales que mueven la máquina social, han marchado de consuno a hacer triunfar un año mas en nuestra dichosa tierra la libertad afirmada sobre el órden en despecho de los pocas menguados o anarquistas que quisieran vernos dispersos como nuestros hermanos de la República vecina por una venda de ignorancia i fatalidades.

Esta calma parlamentaria es tanto mas significativa, cuanto que no la ha producido ni la falta de cuestiones ni su importancia de primer órden; en lo civil como en lo político el Congreso ha presenciado este año debates de una naturaleza trascendental en sumo grado para la suerte de Chile desde el hogar de la familia atendido ton cuidado casi paternal en la lei de prelacion de créditos hasta la organizacion mas democrática de la República, fin primordial de las altas medidas que se han discutido sobre Cortes de Apelaciones en las provincias.

La oposicion debiera mirar estas cosas ántes de escribir, i no ir a buscar en los sueños de su loca fantasía o en los consejos de algunos malvados, argumentos que se evaporan como fantasmas luego que uno se acerca a ellos. ¿Ha faltado acaso en el seno de las Cámaras uno que otro desafecto al personal del Gobierno actual? Todo el mundo sabe que no. ¿Porqué pues no han hablado? Porque han temido presentar en ellas esa oposicion que se dice dueño del sentido público i mejor órgano de las necesidades del pais que el Gobierno mismo? Porque habrían tropezado indefectiblemente con una mayoría imponente por su número i saber i esto habria acabado de probar lo poco que valen nuestros enemigos.

Las mayorías parlamentarias son en las Repúblicas el barómetro lejítinio del crédito de la fuerza pública cuando el uno o el otro individuo que está separado de la tendencia jeneral guarda el mas profundo silencio, no por miedo de ella o porque ella lo impida, sino sólo por la vergüerza de una derrota semejante. ¿O se cree que hai alguien entre los Diputados i Senadores que pueda decir que ha tenido miedo, o que ha sido impedido? ¿Miedo de qué? ¿Impedido por quién? Eh! Estas objeciones sólo pueden ocurrirse a alguro de los niños de la sociedad Demócrata, que si fuesen militares, podria apostar se cien contra uno a que andarían todo el dia llevando la mano al pomo de la espada.

Si se nos dice que esta misma mayoría o mas propiamente esta uniformidad es una porcion de la tiranía de que se quejan, no podemos menos de decir a nuestra Oposicion que esto seria declararse insolentemente contra toda regla i todo Gobierno i que así corroboraría aun mas, si es posible, la animadversacion jeneral que ha caido sobre ella. Sin duda que la mayorías ejercen una tiranía; pero esa es la de la razon, que siempie está con el mayor número de inteligencias i sin la cual no hai poder social, por republicano que sea, que pueda dar un solo paso. Precisamente la verdadera República consiste en el triunfo de las mayorías sobre las minorías del todo sobre una clase: la mayoría es la que ha impuesto la Constitucion que tenemos i ella es la que la sostiene. No cabe, pues, otra marcha legal a esa opinion, minoría o como quiera llamársela, que el captarse la opinion por medio de debates francos i moderados, ántes de exhibirse como poder atendible i anhelar a los honores consiguientes.

Por simples i al alcance de todos que estas obsetvaciones sean, ellas han escapado, sin embargo, a los escritores de la Oposicion i el resultado ha sido el que lamentamos en nuestro número anterior; resultado a que se ha llegado por un declive insensible, es cierto, pero que no por eso es ménos funesto i criminoso.

Primero quisieron darse un valor que no derivaba de la realidad de sus recursos, exajerando la voz como los cobardes que gritan para conjurar el miedo; i despues aspiraron ya hasta pretender comunicarlo, sin pensar que en manera alguna era conforme i las leyes de la naturaleza el comunicar lo que no se tiene. La decepcion ha debido ser mas terrible que el descalabro; porque no puede realmente haber descalabro donde no hai fuerzas. Ni nombre siquiera, ni una gloria efímera les ha sido dado conseguir de una sociedad que si los rechazaba como escritores indecentes, aun mocho mas los ha repelido como ajitadores de complots de callejuela. Nunca mas que ahora se ha podido repetir con verdad aquel grito antiguo de væ victis!

Otra de las obsetvaciones no ménos injustas que hemos oido hacer contra el cuerpo lejislativo es la de que no representaba bien el pensamiento jeneral, i que por eso no se encontraba nunca en lucha con el Ejecutivo, no siendo mas que una modificacion suya. El menor defecto de esta observacion es el de encerrar un triple error.

Si el Ejecutivo no cuenta con las simpatías comunes, si las Cámaras tampoco eran la espresion de esas simpatías i ni el poder judicial no hacia mas que las veces de un ájente subalterno de aquél, como todo lo ha pretendido poco a poco la Oposicion: ¿en qué se ha apoyado entónces todo este tiempo ese edificio de nuestra nacionalidad, que respetan aun los Gobiernos estranjeros por el vigor de su marcha i su escrupulosa regularidad en el ejercicio constitucional de sus poderes? ¿Dónde están las bayonetas o el reinado del terror que a falta del prestijio que da la lei habrian al ménos podido remedar uno? Los que así piensan i esto escriben con seriedad imperturbable, no ven, en su frenesí, que con semejantes razonamientos son ellos, que tanto se precian de ser los liberales por excelencia, los que mas aniquilan en su base misma el sistema representativo.

Las Cámaras, pues, en sus meses de receso deben tener la conciencia de que han llenado dignamente su mision, i lo que aun es mas consolador, que dejan al pais siguiendo la misma ancha senda de tranquilidad i progreso que le abrió el auje de la presente administracion bajo cuyos auspicios ha tenido la felicidad de abrir i cerrar otro año sus sesiones.

Honrados padres de familia la mayor parte, ciudadanos íntegros, amantes de la libertad i del órden, su satisfaccion debe ser inmensa tanto por la obra a que han dado cabo como por la que han iniciado. Si mas no han hecho, es por que mas no podian hacer sin destruir ese órden constitucional que debían ser los primeros en respetar; pero tampoco han hecho ménos de lo que razonablemente han podido, es decir, ménos de lo que las necesidades reales de la nacion redamaban por ahora.

Años semejantes se recordarán siempre con orgullo en la vida parlamentaria de Chile, sea que su obra tenga poca duracion a causa de los rápidos progresos en que vemos andar todo, sea que las mismas leyes continúen cobijando por lago tiempo la paz i bienestar social en cuyo favor se han hecho principalmente.


Núm. 182 [3] editar

Tiempo ha que la prensa ha abandonado toda discusion séria de principios e ideas. La declamacion sin entusiasmo, calculada, las recriminaciones mas infundadas, i sin prurito de atacar al Ministro Montt, se han hecho el tema favorito de una parte de la prensa. Esta situacion se concibe fácilmente. A la ineptitud de los opositores se añade un designio, mas bien que de partido, de pandilla. Los soi-disant liberales se incan de rodillas ante el ultramontanismo, a fin (dicen) de separar al clero del Gobierno. Sin ecos en las Cámaras, las acusan de venalidad i de dependencia servil; abrumados por la prensa ministerial, que sólo pone en ejercicio contra ellos, el sentido común, se vengan en improperios contra uno o dos escritores, a quienes regulan con el dictado de bandoleros.

En fin, gracias al indigno sistema de las difamaciones personales, inaugurado hoi dia por la Oposicion, como su gran sistema, sus Diarios se han convertido en verdaderos pasquines difamatorios, a cuyas columnas ocurren todos los desocupados a buscar entretencion, mas bien que verdadera instruccion sobre las cuestiones que se ventilan.

La pandilla, no obstante, sirve con esto los intereses del pais, i aun los de la Administracion, mas allá de lo que podria desearse. Si se hubiera buscado el medio de desacreditar los cargos que racionalmente pueden hacerse a un Gobierno, bastaba encargar de la tarea a alguno cuya bien merecida reputacion lo hiciese indigno de crédito, i que a fuerza de desfigurarlo todo concluyese con sublevar contra sí mismo el sentido comun. No parece sino que estas jentes, desesperando de persuadir a la parte sensata de la poblacion, dirijieses sus discursos a aquellos que, sin juicio propio, pueden ser inducidos fácilmente en error por los que se encargan de formarles una opinion. Afortunadamente no se forma una opinion en tres meses que faltan para las elecciones ni se cambia la naturaleza de las cosas con organizar un pobre Diario eventual, sin prestijio i sin recursos.

La dependencia de las Cámaras es por supuesto, uno de los temas favoritos de la pandilla; i esta dependencia consiste en que una gran parte de sus miembros son funcional ios públicos, i por tanto, rentados, con lo cual pierden toda independencia de espíritu "en un pais pobre como Chile".

Util seria entrar en una séria discusion de principios con estos caballeros, que saben que hai tres poderes independientes, i las demas novedades de la cartilla política.

Esta cuestion, sin embargo, es una cuestion parlamentaria que se ha discutido largamente en los Gobiernos representativos, i que en Francia ha ocupado últimamente la atencion de la Cámara; Mr. Remusat es el último que ha propuesto la cuestion de las incompatilidades parlamentarias. Citaremos algunas de sus palabias, para ver la manera como se comprenden allí aun por los enemigos del Gobierno.

"El objeto de mi proposicion", dice Mr. Remusat; es establecer lejislativamente la situacion de los funcionarios bajo el punto de vista parlamentario. No es mi ánimo escluir en masa ni aceptar en masa los funcionarios públicos.

Proscribir a los funcionarios, seria proscribir una clase entera de ciudadanos; lo que seria una anomalía en un pais en donde, para servirme de una espresion célebre, la democracia corre de bordo a bordo. Seria dar a esta Cámara un carácter demasiado esclusivo. La prensa i el foro envían a estos bancos un gran número de miembros. Importa que los hombres que han hecho su carrera por los negocios públicos, por la Administracion vengan aquí a servir de contrapeso."

De estas premisas para el autor de la proposicion a establecer las reglas jenerales que deben servir de guía para la esclusion de los funcionarios; reglas que reduce a dos. La primera, es "que los deberes impuestos por la representación no contraríen las funciones públicas de que el electo está revestido; razón por la que están escluidoslos Prefectos o Intendentes.

La otra es, "no permitir que el funcionario público, por su posicion i sus relaciones pueda influir mui directamente sobre los Colejios Electorales."

Habiendo pasado a Comision esta proposicion, he aquí las ideas emitidas en los bureaux. "Se ha creido jeneralmente que seria imposible a la Comision formular sobre esta cuestion un sistema practicable i satisfactorio. Algunos miembros han observado que si el Presidente de un tribunal era escluido, era preciso lójicamente escluir los Consejeros de Estado i los miembros de la Corte de Casacion que tienen jurisdiccion sobre toda la Francia.

Si se escluye al Secretario jeneral del Minis tro de Comercio, no pueden conservarse, los inspectores jenerales del haras. M. Hebert ha hecho notar la inconsecuencia del sistema en las admisiones i esclusiones que encierra. M. M. de I' Espee i Duprat han hecho observar que esta cuestion no admite medio, o que es preciso admitir todos los empleados, o desecharlos todos.

Mr. Toqueville adhiere a la primera parte de la proposicion i piensa que los funcionarios "puramente administrativo" deben tener asiento en la Cámara; la única esclusion es su concepto, debe ser la de los funcionarios políticos que deben seguir a los Ministros en su caida.

"Mr. Leadieres encuentra que incompatibilidades relativas están fundadas en sentimientos injuriosos" para los funcionarios a quiénes se refieren; i las incompatibildades absolutas atacan incontitucionalente los derechos de los electores, disminuyendo i ademas los elementos de elejibilidad."

Estas son las objeciones que en Francia, en una monarquía, se hacen contra la esclusion de los empleados de la representacion nacional. Aquí, empero, se dice absolutamente: "no deben entrar los empleados déla Representacion." ¿Por qué? ... porque no, i por motivos "injuriosos" a los empleados. ¿Hai en las Cámaras empleados que desatiendan sus deberes de tales por ser Diputados? ¿Los hai que puedan influir por su empleo sobre los electores? ¿Hai algunos que deban dejar su empleo con la ncaida de un Ministerio"? Pero, ¿cuándo cae un Ministerio en una República? Cuando se cambia el personal del Ejecutivo, desde Piesidente abajo; pues no habiendo Rei inamovible, el Ministerio lo constituye el Presidente que no puede ser removido sino periódicamente de cinco en cinco años.

Pero aun quedan consideraciones de otro peso que oponer a esta esclusion de todo empleado del recinto de la Representacion nacional.

Supongamos escluidos los Ministros i oficiales primeros de las Secretarías; los miembros de la Corte Suprema i de Apelaciones, todos los altos funcionarios, en fin, que reciben rentas del Estado. Hecha esta esclusion que asciende a mas de cincuenta individuos ejercitados en los negocios públicos, contemos sesenta Diputados o Senadores i sesenta suplentes; tomemos el otro tanto para renovar las Cámaras, i otro tanto mas para una terna, para que en segunda renovacion no vuelva a componerse la Representacion nacional de los mismos individuos que salieron en la primera. Comprobemos:

Empleados escluidos 50
Diputados i suplentes 120
Diputados i para renovacion 120
Diputados i para segunda renovacion 120
Total 410

Hicimos notar el inmenso personal que exije el sistema representativo para poder hacer ejecutivas sus ventajas i su espíritu; porque cuatrocientas personas idóneas para el desempeño de funciones públicas i de cargo de reformar leyes i crear otras, según las necesidades del pais, forman un número superior a las fuerzas intelijentes de cualquier Estado americano. Verdad es que muchas veces se nos han dirijido burlas pesadas por haber emitido la vulgar idea de que el Gobierno representativo es el Gobierno de la "intelijencia"; pero ésto no quita que sea lo único que pide para su realizacion, gran número de hombres intelijentes.

Ahora pues, en Francia, en el pais donde hai mayor número de hombres intelijentes, donde el Ministerio se compone de sabios que la Europa entera acata; donde un libro notable da un asiento en la Lejislatura, donde una reputacion literaria incontestable trae en perspectiva el título de Par de Francia, donde, en fin, las oposiciones son encabezadas por un Thiers, un Lamartine, i donde figuran como personajes políticos Cormenin, Dupin, Cousin, Tocqueville i tantos centenares de hombres eminentes en la ciencia; en un pais como aquél, no se han creido en estado ni con derecho a escluir de la Representacion nacional á los empleados administrativos; i en Chile, el no efectuar esta esclusion arbitraria, porque no es exijida por la Constitucion, el cargo fundamental que hacen al Gobierno actual, políticos de la talla de la Gaceta i el Diario de Santiago ¿Qué es lo que se proponen estos escritos en su esclusion de los empleados? La independencia de las Cámaras, pues el ejercer empleos sus miembros; les quita, a su modo de ver, toda conciencia i toda dignidad personal. Nosotros estamos sin duda léjos de creer que en Chile la naturaleza humana se muestre ménos débil, ménos incorruptible que en los otros paises; pero tampoco creemos que sea mas susceptible de vicio que en ellos, i que esto deba consignarse en instituciones que pongan de manifiesto que el Lejislador tiene la conciencia de su propia corrupción i la de sus conciudadanos.

Pero estos reclamos inconsiderados parten de un error de principios, que parece ser la herencia que han recojido nuestros liberares de antaño, de los antiguos liberales europeos, i que ha descendido a preocupacion vulgar culpa que se niega a todo convencimiento en contrario. La independencia de los tres poderes es el bello ideal de estas jentes, i en todas las cosas no hacen, sino el deslinde de los tres poderes, no sólo en funciones, sino en personas; de manera que si un juez superior se halla en la Representacion nacional, hai confusion de poderes; si un Ministro está en las Cámaras, hai horrible confusion de poderes. I no pára ahí la solicitud de llevar adelante el fantasma que se han forjado, pues siguiendo sus deducciones, no pararian, a fuerza de depurar la Representación nacional, hasta hacer de ella el cuerpo mas incapaz de desempeñarse, i por tanto, ménos influyente. Vamos a demostrarlo.

Segun lo exijen las condiciones de todo Gobierno civilizado, un Ministerio ha de formarse de entre los hombres mas idóneos que el pais ofrezca para el ramo de que se encarga. En los Gobiernos representativos los Ministros se forman en las Cámaras; son por lo comun oradores eminentes, políticos consumados, o diplomáticos hábiles. Bastaría recorrer la serie de Ministros que se han sucedido en Inglaterra i Francia durante veinte años; bastaría ver hoi en la Cámara francesa ejerciendo su influencia, un Molé, un Thiers, un Lamartine, etc., para ver en ellos el plantel de los futuros Ministerios. La Confederacion norte americana prepara tambien sus Presidentes en la Representación nacional; i sólo ciertos diarios en Chile han podido concebir un candidato para la Presidencia, sin antecedentes conocidos; verdadera invencion periodística, verdadera incógnita en política, cuya solucion se ha reservado la Oposicion.

Desde que se constituye un Ministerio, resulta para la Representacion nacional una verdadera pérdida de cuatro o seis individuos de capacidad con cuyas luces contaba ántes, i que pierde para la discusion de los negocios públicos desde que pasan a un Ministerio. Hai mas todavía, la administracion de los negocios públicos da un caudal de conocimientos prácticos de datos seguros, i de luces sobre las cuestiones que se suscitan en la Lejislatura, de que carecen los hombres mas ocupados de política, o mas bien dotados de talentos. Esto lo vemos prácticamente todos los dias. Una larga serie de raciocinios queda destruida por la lijera observacion de un hecho práctico o administrativo de que ántes no se tenia noticia; i a cada paso se pide a los hombres versados en la Administracion un dato necesario para formar juicio.

Según el sistema pues, de los que por delicadeza no quieren empleados en la Cámara, resulta que no debe ser representante de la nacion todo hombre que descuelle por sus luces, todo el que sepa, administrativamente hablando, de lo que se trata. I esto se estiende hasta los jurisconsultos, que por la organización de los Tribunales de Justicia, los mas antiguos, los mas versados en las leyes, los mas conocedores de sus imperfecciones i defectos, son empleados rentados, i por tanto, inhabilitados para prestar sus conocimientos a la Lejislatura, que es el cuerpo encargado de remediar los abusos notados, de rectificar las leyes i crear otras nuevas.

Fácil nos seria hacer palpable el absurdo a que conducen estas pretensiones de hombres sin conciencia de lo que se dicen, aplicando a las personas lo que en jeneral hemos aducido. Pero nos circunscribiremos al personal del Senado, que en su mayor parte, sino todo él, se compone de empleados rentados por la Administracion.

Podemos decir que este cuerpo encierra hoi las mas altas capacidades lejislativas con que el país cuenta, sin temor de que el Redactor de la Gaceta lo ponga en duda; lo que, atendida la capacidad administrativa i lejislativa de aquella Redaccion, es mucho decir.

Nuestro Senado está hoi en su apojeo; testigo de ello son las sesiones que ven la luz pública, i que pueden sufrir sin mengua la comparacion con las de otros Estados americanos i que no irian mui en zaga con las de algunos Estados representativos europeos.

Supongamos que el personal actual del Senado compuesto de miembros de la Suprema Corte, de empleados públicos, dejase sus bancos para cederlos a una nueva Representacion compuesta de hombres sin la preparacion que da el ejercicio de los negocios públicos; ¿qué vendría a ser del Sanado?

Una segunda Cámara de Diputados, un duplicado de esta otra, i si suponemos en la última la misma esclusion de hombres capaces por sus conocimientos administrativos, dos cuerpos lejislativos que se harían notables por su falta de competencia para lejislar en materias que les son desconocidas. Porque la Administración pública tiene interes en atraer a su seno todos los hombres distinguidos que el pais cuenta; i teniendo la Representacion nacional la misma necesidad de contar esos hombres en su seno, resultaria que escluidos de una o de otra parte sufria el país la falta de su capacidad.

Sabemos mui bien todas las jeneralidades i todas las palabras vacías de sentido que pueden oponer a estas conclusiones hombres que dicen: "se ha roto el pacto fundamental, se han poblado las Cámaras de empleados"; i otras cosas de este jénero, quedando mui satisfechos de la profundidad de sus observaciones; pero de ahí a la realidad, i sobre todo, a la conveniencia del pais i al logro posible de las ventajas del sistema representativo, hai un trecho inmenso.

No nos es dado salir de las condiciones que nos impone nuestro estado naciente, i dado caso que fuera, quedaría por saber si habia en ello ventajas que consultar.

La independencia de los tres poderes no con siste en que los individuos que los ejercen estén clavados en cada uno de ellos i no puedan ni saludarse en la calle por temor de conveniencia o corrupcion; consiste solamente en que cada funcion se ejerza distintamente, i no se mezclen las emanaciones de uno con las de otro.

Asi, el poder lejislativo no podrá promulgar leyes, formular decretos, ni cambiar Ministros; como estos no proveerán autos, ni darán sentencias en los Trbunales. Pero la influencia de unos poderes en otros, esta influencia que ejercen entresí los miembros de un cuerpo único, es cosa que no es dado a la prevision humana remediar, porque está en la naturaleza íntima de las cosas.

Mas bien que ir a buscar la influencia del Ejecutivo en una renta dada a un empleado por el servicio que al Estado presta, oftndierdo así la dignidad humana, debiera ir a rastrearse con mas seguridad en las ideas políticas que animan a los representantes de la nacion i a los miembros del Ejecutivo i de seguro que allí se encontrarían verdaderas influencias, que nacen de la conformidad de miras, de intereses i opiniones. Hallaríase entónces que una Cámara, cuya mayoría sale del mismo color político que el Presidente, ha de dejar necesariamente traslucir las influencias que esperimenta.

Pero esta es la condicion normal de las repúblicas, que elevan cada cinco años en una Presidencia i en una Cámara el principio político sostenido por una mayoría triunfante en las elecciones; hasta que en un segundo quinquenio otra mayoría, si la hai, hace surjir el principio contrario: a diferencia de las monarquías, en que siendo inamovible el depositario del poder, la influencia política sube de la Cámara al Ministerio que ella ha elevado desde su seno.

Verdad es que todas estas filosofías son griego para ciertos escritores, que saben mui bien que hai tres poderes independientes; porque así lo enseñaron Montesquieu, Bentham i Constant; porque así está consignado en la redaccion de todos los códigos, i porque nadie se opone a que haya tres poderes, con tal que no se quiera hacer de ellos tres entidades, hostiles e irreconciliables, en lugar de simples manifestaciones de un poder, que es la sociedad.


Núm. 182 [4] editar

No es nuestra intencion ciertamente hablar de ellas i de sus funciones como cuerpo existente puesto que dias ha se hallan en receso; ni ménos queremos enumerar de nuevo sus trabajos de todo el año cuya utilidad i trascendencia nadie niega.

Lo único que nos proponemos ahora es decir nosotros también dos palabras sobre la cuestion que debatió con tanto brillo la Redaccion anterior i que medio han levantado nuevamente en dias pasados el Orden i la Gaceta; esto mismo no de ningún modo por espíritu literario, sino porque deseamos poner al frente nuestra fe política toda entera i sin rebozo para los dias en que nos sea preciso juzgar por ella no queriendo hacerlo jamas por otra los sucesos a que dé lugar la crisis electoral.

Respetuosos para todas las opiniones constitucionales no podemos ménos de confesar que este respeto no nos lleva nunca a sujetar las nuestras ni a las que revisten el prestijio de los nombres de sus partidarios ni tampoco a los que se atraen aplausos necios a fuerza sólo de exajerar las cosas.

El periodista para nosotros no es un escritor de teorías, mas o ménos lucidas, sino un aplicador escrupuloso de lo que es factible, un verdadero comentador de los hechos que no habla sino ron ellos a la vista.

¿Que son pues, para comenzar de lleno, las Cámaras en todo sistema representativo?

¿Son el poder soberano, único, dominador, o no son mas que un poder subalterno del Estado que como los otros está subordinado a esa ficcion que se designa con la palabra Estado cuando se quiere hablar del cuerpo, o Gobierno cuando se quiere aludir especialmente a su administración?

No se ocurra para respondernos, ni a epopeyas envejecidas ni a las lucubraciones fantásticas de los filósofos que han escrito para muchos siglos despues, si es que han escrito para la humanidad; porque en este caso, nosotros tambien declararíamos que tenemos ídolo, como ellos, que adoramos en secreto i que no les va en zaga probablemente. Una convencion única, suprema, numerosa i de la que los demás poderes sociales no sean sino brazos que se muevan a su voz hercúlea: he ahí nuestro sueño mas querido, i la única hipótesis gubernativa que tiene quizá la virtud de asaltarnos sin que plegue nuestros labios al momento una sonrisa de desconfianza o amargura. Pero ¿este sueño es posible, no decimos en América, en Europa mismo? No, absolutamente; i para convencerse de ello no hai mas que recordar un hecho elocuente que habla todavía. Nos referimos a la revolución francesa del año treinta que, aun despues de medio siglo, no se ha sentido capaz de reproducir la convención de feliz memoria, i despues de la cual todo ha ido a parar otra vez en el sistema representativo como lo esplicaba Benjamín Constant i ántes que él la escuela doctrinaria de Inglaterra.

Dejemos entónces a un lado todas esas teorías que no son hasta aquí mas que sueños deliciosos, nuestro objeto presente no debe ser preparar la humanidad a destinos mas altos (somos mui pigmeos para esta obra de jigantes); sino simplemente tratar de la rotacion administrativa que imprimen al cuerpo social los diferentes poderes constitucionales en que se divide la unidad del Estado bajo el sistema representativo i que a la par de las demas naciones civilizadas forma hoi igualmente nuestra manera de existir.

Ahora bien, ¿qué es lo que nos dice esta rotacion, no sólo en nuestro pais sino en todos los paises donde se vive bajo la éjida de instituciones parecidas? ¿Qué es, en otros términos, lo que ella reclama imperiosamente de sus directores para que los resortes envejecidos no se cubran de moho o salten en pedazos? La armonía mas compacta sin duda ninguna, es la respuesta jeneral; armonía que a su vez es hija de la solidaridad de medios e intenciones entre el cuerpo deliberante, el Ejecutivo, i sobre todo de los dos primeros.

Esta respuesta se presenta por sí misma tan evidente, que no necesita, a nuestro juicio, de la ayuda de ningún raciocinio. Pero no es lo mismo en cuanto al modo de obtener esa armonía.

Unos la han creido síntoma de muerte, otros de órden i libertad; i según los medios por que se alcanzó ¿de qué parte ha estado la razón? Lo decimos con toda humildad, pero injénuamente: en nuestro sentir, de ninguna; porque la creemos dividida en porciones iguales.

Tanto los unos como los otros han confundido en el calor de la refriega el modo con la esencia de las cosas i de aquí ha resultado que las dos teorías han aparecido juntamente con colores desfavorables según el aspecto bajo el cual se las ha contemplado. Los que han atacado la armonía, por el modo de obtenerla, han sido tenidos con razon por demagogos o propaladores de la demagojia, inocentes quizá, pues pero no por eso menos errados.

Los segundos, es decir, los que han querido la armonía a toda costa mirando desdeñosamente el modo, con tal que el fin resultase, nos han parecido por el contrario, estraviados en un camino que por lo comun es mas provechoso para los anarquistas que para los francos amantes de la libertad. Nosotros, pues, huiremos de uno i otro estremo juzgando fácil mantenernos entre los dos con sólo remontar a la base lejítima de nuestra forma de Gobierno, que al mismo tiempo que la armonía, exije un modo adecuado de establecerla i continuarla.

Las mayorías son, como se sabe, las que deciden en el sistema de las representaciones del personal del Lejislador i del Ejecutivo, i hasta del judicial, sino en la esencia, como sucede con los otros al ménos en la manera de proceder i juzgar. Pero estas mayorías a su turno ¿qué son? ¿Un capricho de los gobernantes, o bien de los pueblos? De los segundos, sin la menor duda tambien, es la respuesta jeneral, sea justo o injusto, retrógrado o civilizador el costado de la balanza que ellos hacen declinar; siempre es a ellos en nuestra forma de Gobierno a quienes se debe la causa orijinaria de todo movimiento; i no sólo orijinaria, sino también perpetua, por cuanto ellos mismos vuelven de tiempo en tiempo a entrar en el ejercicio de los derechos que delegaron sólo temporalmente.

Las Cámaras, pues, como el Ejecutivo, son siempre en las repúblicas obra indisputable de las mayorías. Qué estas sean buenas o malas es otra controversia mui distinta que no debemos mezclar aquí por temor de introducir la confusion en lo que es tan importante mostrar bien claro.

Si las Cámaras, pues, i el Ejecutivo tienen entre nosotros, por la naturaleza misma de las cosas, un oríjen simétrico ¿no es un absurdo entónces pretender Camaras independientes en el sentido violento que da la Oposicion a esta palabra? La independencia para ella, según entendemos, seria la colision i esto para nosotros seria el infierno, poco mas o ménos. I no se crea que exajeramos. La redaccion pasada demostró ya, i en caso necesario seria fácil demostrarlo segunda vez, que la Representacion nacional no puede ménos, atendido a nuestro atraso intelectual, que rodar sobre pocas cabezas privilejiadas, sin escluir a los empleados, i hasta no sabríamos cómo esplicarnos la esclusion que la Constitucion hace del clero, si no fuera que el clero no es lo que va mas adelante en nuestra sociedad. Esta demostracion práctica que nadie negó entónces, nos da, a nuestro modo de ver, la medida de lo que podemos hacer en este sentido, i aun de la independencia de organizacion para las Cámaras, que es accequible con nuestros recursos.

En último análisis resulta que, a ménos de querer violentar los elementos de sociabilidad moderna que han ido asomando poco a poco despues del dia de nuestra emancipacion, no puede existir entre nosotros por ahora, ni independencia esencial sin que haya invasión al momento de desórden i guerra civil, ni siquiera una independencia orgánica completa i vasta, por la escasez conocida de hombres.

Hé aquí lo que significa o por lo ménos como aceptamos únicamente las palabras de nuestros colegas, satélites del Ejecutivo o hechuras del Ejecutivo, que tanto dan que decir a la Gaceta.

Debemos, sin embargo, confesar de paso que la segunda palabra nos parece mas propia para inducir en error que la primera. Las Cámaras i el Ejecutivo no son verdaderamente hechuras, sino de las mayorías; pero como es siempre la misma mayoría lo que eleva uno i otro poder casi simultáneamente i por la misma temporalidad el hecho final que se observa es, que las Cámaras son un compañero, un satélite del Ejecutivo: pero hecho, en suma, no derecho. Las voces hechuras i satélites serán, si se quiere, espresiones desmedidas, caso de mirarlas por el prisma inexorable de los principios, pero ningunas hai entre tanto mas exactas para descifrar el hecho real i positivo, que existe i que conviene que exista; por lo mismo que no puede ménos de existir.

La fatalidad en política es una razon como cualquiera otra que ha nido a tomar en nuestros tiempos con mas justicia el lugar que ánte ocupaba la antigua razon de los reyes.

La independencia, pues, de las Cámaras en el sistema representativo es para nosotros, no sólo una verdad inconcusa, sino ademas una de esas verdades que Fontenelle mismo en nuestros tiempos habria abierto la mano para soltarla. La libertad i el órden están interesados igualmente en que así sea la libertad, en cuanto a esa independencia no es propiamente mas que un reflejo, de la soberanía de la nación, i el órden tambien, porque estorbando esa independencia, el despotismo, es por rebote al mismo tiempo la salvaguardia mas poderosa de la libertad. Pero, ¿esta independencia exije que el partido que triunfe sea el de la oposicion como parece pretenderlo la Gaceta? Nó, sin duda: esta no seria independencia, sino guerra civil, i he aquí contra lo que nos levantamos. Si es cierto que las Cámaras no deben ser hechuras del Gobierno en la acepcion jenuina de la palabra, lo es mucho mas que tampoco deben serlo de una oposicion hostil.

¿Qué resulta de aquí?

Que esas Cámaras son la espresion neta de la mayoría, prescindiendo por un momento de la imperfeccion de los medios empleados en toda América para comprobar la existencia de tales mayorías.

Hechura pues el Congreso de la mayoría reinante como lo es el Ejecutivo que aquél encuentra en pié a su aparicion, es natural que haya armonía, fraternidad, paz entre ámbos poderes, sin que esta buena intelijencia importe la independencia. Piensan lo mismo i obran en consecuencia de consuno: hijos fuera de esto, de un mismo credo político, de la soberanía popular, no tienen entre sí, ni pueden tener rivalidades de casta de marcha o fines como las que han ajitado ciertas asambleas de Francia, Inglaterra, etc., a que aluden nuestros antagonistas. No cabe razonablemente otra oposicion, otra independencia en estos casos sino la de un debate franco, de una deliberacion en que se oiga todos i en que todos no llegan a diferir por lo ordinario mas que en la forma, en los accidentes de las cuestiones, i no en estas mismas porque manifestaciones iguales de la mayoría uno i otro poder no quieren sino lo mismo, esto es la República.

El pueblo, el Congreso, el Ejecutivo todos son republicanos.

El acuerdo fundamental, por consiguiente, que se puede observar en las Repúblicas entre todas estas entidades, no es de ningun modo comparable con la paz que imprime el absolutismo al cuerpo social desde sus estremidades al centro: el uno está en la naturaleza de las cosas, miéntras la otra no reconoce mas motivo que la voz imponente de los mandones.

Véase aquí cómo es que las Cámaras pueden andar de acuerdo con la administracion i no ser por eso ménos independiente, hasta hacer oposicion al Ministerio en caso de que no variara el rumbo de la política triunfante a que debió su ascenso.

Toda la dificultad está en conocer la variacion de este rumbo, cosa que no se dicierne ciertamente por dos o tres escritores que nunca faltan, que no hacen mas que declamar, ni tampoco por la ajitacion natural de una minoría impotente, de que ellos son el órgano.

El medio lejítimo de mostrarse esta direccion nueva de las ideas, seria la prensa jeneral, las sociedades políticas, i mas que todo, las asambleas representativas.

Interróguese, pues, todo esto, si es que anima a nuestros contendores un espíritu imparcial de patriotismo i no de partido, interróguese decimos, i no se hallarán por mas que se revuelvan las cosas, sino soluciones favorables a la legalidad i sabiduría del Gobierno que nos preside. La prensa no revela en primer lugar, sea que miremos sólo el interes de sus columnas, sea que la pesemos matemáticamente por cifras, de qué parte esta el predominio de las luces i las simpatías de las jentes ilustradas.

Este mismo exceso de mérito a favor del Gobierno se encuentra en las sociedades políticas, que a la voz amenazante del desórden se han le vantado como por inspiracion para asegurar con presencia al Gobierno de la opinion que gozaba su prudente política, si es que habia vacilado un instante en ella; i lo mismo es de aplicarse con mas exactitud todavía a ese Congreso de 1843 cuya historia sencilla i rica de lecciones acaba de hacer El Orden en dos de sus últimos números.

Nos parece oir ya objetar a lo que dejamos dicho, el argumento favorito de los disidentes de todos los países, ¡la clientela del Gobierno, los adictos i amigos! Esto es mui cierto, pero por desgracia es tan cierto que si quisiéramos libertarnos de su influencia, no sabemos si seria preciso abjurar de la virtud i de todo en este mundo.

La virtud como el vicio, la lei como el crimen, necesitan de clientela, de amigos i de adictos para sostenerse. La misma soberanía de la nación ¿qué otra cosa es sino una clientela numerosa, un cuerpo de amigos i de adictos, una coleccion de voluntades que impera en el Estado por la fuerza de sus mayorías?

El que un Gobierno, pues, tenga clientela, amigos i adictos en vez de ser un título de deshonor, es por el contrario una de tantas pruebas palpables que sirven para mostrar la popularidad de que disfruta. Si estos amigos son movidos en sus manifestaciones por viles intereses i no por los altos de la sociedad, este reproche es a la sociedad, a las costumbres públicas, a la educación nacional, i no al Gobierno. No debe olvidarse tampoco en este negocio la naturaleza de la especie humana.

Cerca de dos mil años de la moral pura predicada por Jesucristo no han bastado, ni otros dos mil mas bastarán, probablemente, para desterrar la corrupcion del mundo; i es preciso contar por fuerza con estos elementos heterojéneos, no sólo para la formacion de las sociedades, sino también de los Gobiernos.

Pero dado este caso, ha dicho la Gaceta, ¿no seria una verdad que la representacion nacional saldria toda del centro en que jiraba el ministerio dominador?

Mucha verdad ciertamente i nada deplorable, a nuestro juicio: quiere decir que la mayoría estaria representada entónces en el Gobierno i en el cuerpo lejislativo, al mismo tiempo lo que es tan de la esencia del Gobierno de las masas, como la independencia de los poderes constitucionales.

Este argumento falso de la Gaceta no previene sino de la misma manía de que gobierna la oposicion, sea mayoría i minoría, sin reparar en que siendo lo segundo como es evidente su auje sangriento importaria una verdadera tiranía para Chile, lo mismo que para cualquiera de las naciones modernas que tienen consagrado el principio de las mayorías como base de toda administracion lejítima.

Los tronos no han caido ni caen todavía en Europa sino por el influjo irresistible de las mayorías. Los tiranos mismos por crueles i bárbaros que sean no desaparecen sino cuando se acaba para ellos, por el tiempo la civilizacion i causas fortuitas, el apoyo brutal de una mayoría ignorante.

Mucho mas podríamos agregar sobre esta cuestion de tan vastas relaciones con el órden social en los tiempos presentes, pero queremos reducirnos a las observaciones de nuestros colegas.

Nuestro único fin ha sido, como dijimos al principio, indicar nuestras ideas particulares a este respecto porque no pensábamos como unos ni como otros. Despues quizá tendremos ocasion de desenvolver mas nuestro pensamiento, porque podremos consagrarle mas tiempo del que ahora tenemos.


Núm. 183 editar


gastos de secretaría i sala durante los años de 1839 hasta 1846 inclusive

Recibí de don Tadeo Díaz trece reales valor de las plumas de acero i de ave para el uso de la Comision de Lejislacion. —Santiago, Setiembre 29 de 1843.—Timoteo Avaria.


Recibí de don Tadeo Díaz de la Vega dos pesos medio real en pago de los gastos que he hecho en papel, velas de esperma, pluma i tinta para el servicio de la Comision. —Santiago, Mayo 7 de 1844. —Timoteo Avaria.


Recibí de don Tadeo Díaz diecinueve reales i medio invertidos en papel, plumas i tinta para la Comision de Lejislacion. —Santiago, Enero 4 de 1845. —Timoteo Avaria.


Razón del gasto hecho en la Sala de la Comision de Lejislacion, desde el día 17 de Mayo del año 1843. A saber:

Primeramente en la cuenta que pasé anteriormente salí alcanzado en cuatro pesos seis i medio reales $ 4 .6½
Junio
Día 5 i 7 en velas de sebo, medio cada noche
Por una libra de velas de esperma 7
Julio
Dia 4 i 18 en velas de sebo 1
Agosto
Dia 1.° en velas de sebo ½
Setiembre
Dia 5 en velas de sebo
A don Timoteo Avaria 13 reales consta del recibo número 1 1 .5
Octubre
Día 24 en velas de sebo ½
Noviembre
Dia 7 en velas de sebo ½
Diciembre
Día 19 en velas de sebo ½
Por una libra de velas de esperma 7
Marzo de 1844.
Dia 4, 11, 18 i 26 en velas de sebo. $ 2
A don Timoteo Avaria 2 pesos medio real consta del recibo núm. 2 2 .0½
Mayo
Dia 21 i 28 en velas de sebo 1
Por una carga de carbon en 1 .2
El señor Bello me dió órden para que al sirviente se le pagase todos los primeros del mes 4 reales.
Junio
Al sirviente el dia primero 4 reales. 4
Dia 18 i 25 en velas de sebo 1
Por una libra de velas de esperma 6 ½
Julio
Al sirviente el dia primero 4 reales 4
Dia 9, 16 i 25 en velas de sebo 1 ½
Agosto
Al sirviente 4 reales 4
Dia I.° en velas de sebo ½
Setiembre
Al sirviente 4 reales 4
Dia 3 en velas de sebo ½
Octubre
Al sirviente 4 reales 4
Dia 22 i 30 en velas de sebo 1
Noviembre
Al sirviente 4 reales 4
Dia 7, 14, 19 i 26 en velas de sebo 2
Por una libra de velas de esperma 6 ½
Diciembre
Dia 11 i 18 en velas de sebo 1
Al sirviente 4 reales 4
Enero de 1845
A don Timoteo Avaria 2 pesos tres i medio reales, consta del recibo número 3 2 3 ½
Al sirviente el dia I.° 4 reales 4
Febrero
Al sirviente 4 reales 4
Marzo
Dia I.° al sirviente 4
Abril
Al sirviente 4 reales 4
Dia 4 i 8 en velas de sebo 1
Por una libra de velas de esperma 6 ½
Mayo
Al sirviente dia I.° 4 reales 4
Dia 6, 13 i 20 en velas de sebo 1 ½
Junio
Al sirviente el dia I.° 4 reales 4
Dia 3 en velas de sebo ½
Julio
Al sirviente el dia I.° 4 reales 4
Agosto
Al sirviente el dia I.° 4 reales 4
Dia 19 i 21 en velas de sebo 1
Por medio de carbon ½
Dia 26 en velas de sebo ½
SUMA $ 27 .0

Importa segun la suma de la cuenta la cantidad de veintisiete pesos, tengo recibido veinticinco pesos. Se me restan dos pesos. S. I. —Santiago, Agosto 26 de 1845. —Tadeo Diaz de la Vega.

Nota. —La cantidad de los veinticinco pesos, los recibí de don Timoteo Avaria, los cuales re cibió de la Tesorería Jeneral para dichos gastos. —Fecha et supra. —Díaz de la Vega.


Se presentó esta cuenta a la Comision i fué aprobada en 26 de Noviembre de 45 acordando pedir 20 pesos para los gastos sucesivos. (Hai una rúbrica).


Núm. 184 editar

Habiéndose despachado los dos asuntos para que fueron convocadas las Cámaras Lejislativas a sesiones estraordinarias, el Senado ha acordado cerrar sus sesiones a las ocho de la noche del dia de hoi.

Dios guaide a V. E. —Santiago, Octubre 31 de 1845. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 185 editar

Esta Cámara ha cerrado sus sesiones a las diez i media de la noche del dia de hoi. —Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1845. —Ramon Luis Irarrázabal. Ramón Rengifo, Diputado Secretario. —A S. E. el Presidente del Senado.


  1. Esta sesion ha sido tomada de El Progreso del 25 de Noviembrede 1845, núm. 929. —(Nota del Recopilador).
  2. Este articulo ha sido tomado de El Progreso del 5 de Noviembre de 1845, núm. 929. —(Nota del Recopilador).
  3. Este artículo ha sido tomado de El Progreso del 6 i 27 de Agosto de 1845, núm. 870 i 871. —(Nota del Recopilador).
  4. Este artículo ha sido tomado de El Progreso de 20 22 de Noviembre de 1845, núms. 942 i 944. —(Nota del Recopilador).