Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1845/Sesión de la Cámara de Diputados, en 18 de agosto de 1845
CÁMARA DE DIPUTADOS SESION 25.ª EN 18 DE AGOSTO DE 1845 PRESIDENCIA DE DON RAMON LUIS IRARRÁZAVAL SUMARIO. — Nómina de los asistentes. — Aprobacion del acta precedente. — Cuenta. — Suplemento al Ministerio de Relaciones Esteriores. — Solicitudes de las hermanas de don Juan Agustin Coo, don Agustin López i de doña Francisca i doña Josefa Imas. — Sueldos de los empleados ausiliares — Presupuesto del Ministerio de Justicia. Culto e Instruccion Pública. — Acta. — Anexos. CUENTA editarSe da cuenta:
ACUERDOS editarSe acuerda:
ACTA editarSESION EN 18 DE AGOSTO DE 1845
Se abrió a las siete i cuarto de la noche con asistencia de los señores Arteaga, Barra, Bustamante, Corra, Covarrúbias, Donoso, Eguigúren, Errázuriz don Ramón, Formas, GanJarillas, García Reyes, Iñiguez, Irarrázaval, Larrain, Lazca no, Lastarria, Lastra, León, Lira, López, Montt, Necochea, Palacios, Palazuelos, Palma don Cipriano, Palma don José Gabriel, Pérez, Riesco, Rosas, Sánchez, Seco, Sol, Tagle don Ramón, Toro don Antonio i Varas. Aprobada el acta de la anterior, se leyó un mensaje del ▼Presidente de la República en que pide se asignen en el corriente año diez mil pesos mas para gastos estraordinarios del departamento de Relaciones Esteriores, por haberse consumido en su totalidad los que estaban destinados en el presupuesto con este objeto i se mandó a la ▼Comision de Hacienda. Se leyó un informe de la de ▼Peticiones en la representación de las hermanas del finado teniente coronel graduado don Juan Agustin Coo, la que despues de admitida por la ▼Cámara se remitió a la ▼Comision Militar. Asimismo se dió cuenta de una solicitud del Diputado coronel señor don ▼Agustin López para que el ▼Congreso le acuerde un retiro proporcionado a los servicios que ha prestado a la nacion i otra de doña Francisca i doña Josefa Imas para que se les conceda una pensión de gracia, ámbas se remitieron a la Comision Calificadora. En seguida el señor ▼Presidente puso en conocimiento de la Sala que no podía darse la segunda lectura al proyecto de lei iniciado por la ▼comision de presupuestos, relativo al sueldo que deben gozar los oficiales ausiliares de oficinas fiscales, con motivo de haberse remitido al ▼Senado el informe pedido por dicha comision sobre los presupuestos de gastos del Ministerio del Interior en el que se encuentra inserto aquel proyecto; en su consecuencia, dispuso que los señores Diputados miembros de la predicha comision le presenten en forma por separado para trasmitarlo conforme al reglamento. Despues de esto, se puso en discusión particular el ▼presupuesto de gastos públicos en el departamento de Justicia, Culto e Instrucción Pública i se aprobaron las partidas 5.ª, 6.ª, 7.ª, 8.ª, 12, 13, 14, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26 i 27; quedaron para segunda discusion las 1.ª, 2.ª, 3.ª, 4.ª, 9.ª, 10, 11, 15, 18 i 19.
Juzgados de Letras:
Sección del Culto
Seccion de Instruccion Pública.
Escuelas de primeras letras.
SESION EN 18 DE AGOSTO DE 1845[1].
Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó un mensaje del ▼Presidente de la República en que pide se asigne en el corriente año 10,000 pesos mas para gastos estraordinarios del Departamento de Relaciones Exteriores por haberse consumido en su totalidad los que estaban destinados en el presupuesto con este objeto i se mandó a la ▼Comision de Hacienda. Se leyó un informe de la de ▼Peticiones en la representación de las hermanas del finado teniente-coronel graduado don Juan Agustin Coo, la que despues de admitida por la ▼Cámara, se remitió a la ▼Comision Militar. Asimismo se dió cuenta de una solicitud del Diputado-coronel señor don ▼Agustin López para que el ▼Congreso le acuerde un retiro proporcionado a los servicios prestados a la nación, i se dió cuenta de otra de doña Josefa i doña Francisca Imas para que les conceda una pensión de gracia, ámbas solicitudes se remitieron a la Comision Calificadora. En seguida, el señor ▼Presidente puso en conocimiento de la Sala que no podia darse la se gunda lectura al proyecto de lei iniciado por la ▼Comision de Presupuestos relativo al sueldo que deben gozar los oficiales ausiliares de oficinas fiscales con motivo de haberse remitido al ▼Senado el informe espedido por dicha Comision sobre los presupuestos de gastos del Ministerio del Interior, en el que se encuentra inserto aquel proyecto. En su consecuencia, dispuso que los señores Diputados miembros de la antedicha Comision lo presentasen en forma por separado para tramitarlo conforme al Reglamento. Se puso en primera discusion la primera partida del Presupuesto del Ministerio de Justicia, Culto e Instruccion Pública, que trata de los sueldos de los empleados de dicho Ministerio. El señor ▼Presidente. — Sobre esta partida observa la Comision que debe suprimirse el sueldo de mil pesos que se consulta para el oficial en cargado de Estadística Judicial, por no ser de planta esta oficina. El señor ▼Larrain. — La Comision, señor, no ha podido ménos que fijar su atencion en esta partida porque este empleado gozaba un sueldo por la Estadística Judicial no siendo de planta de esta oficina, i porque tambien se encuentra un sueldo presupuestado para este mismo empleado por el Ministerio de Hacienda, lo que es contrario a la lei. Ahora si la ▼Cámara cree que este empleado debe percibir este sueldo, puede concedérselo; pero la Comision, en vista de las circunstancias que he indicado, no pudo ménos que hacer esa supresion. El señor ▼Varas. — Parece que la observacion de la Comision recae sobre este sueldo que dice se halla consultado tambien en el ▼Ministerio de Hacienda. Si este empleo tiene ese sueldo asignado allá, me parece que no habrá inconveniente para suprimirlo; pero por lo que acaba de decir el señor Diputado, se entiende que no quiere que este oficial esté encargado de la Estadística Judicial. En el Ministerio no hai ninguno que se haga cargo de los trabajos que este oficial desempeña, i miéntras la lei que señala la planta de la Oficina de Estadística no se apruebe, parece que este oficial debe tener una renta; no es de planta del Ministerio, pero es un oficial necesario que presta sus servicios en la Estadística Judicial. El señor Larrain. — De las pocas palabras que dije, no creo que se deduzca la consecuencia de que la Comision se opone a que este empleado continúe sus trabajos en la Estadística Judicial,o a que se le dé este sueldo. Dije que no era de planta; en lo que ha convenido el señor Ministro. El encargo de la comision es examinar las partidas de los presupuestos para ver si están o nó conformes a la lei; i respecto de esta partida de mil pesos, que no es conforme a la lei, hizo la comision su observacion. Si la partida se hubiese encontrado en otra forma, la, Comision talvez no hubiese hecho observacion alguna. Sin embargo, la Cámara puede mui bien aprobar esta partida, porque ella tiene facultad para decretar este gasto; pero la Comision no ha podido ménos que hacer esta observacion; ella creyó que debia concederse el sueldo a este empleado pero vió al mismo tiempo que no era éste el lugar que le correspondia. Quedó para segunda discusion. Se leyó la segunda partida, que trata de los sueldos de los empleados de la Corte Suprema. El señor ▼Presidente. — Dice sobre esto la Comision que se reduzcan a 75 pesos la cantidad de 100, presupuestada para gastos de escritorio i que ademas se suprima el ordenanza que sirve a este Tribunal. El señor ▼Larrain. — Mezquina se dice que ha sido la Comision este año por las supresiones que ha hecho en el presupuesto; pero yo mas bien quiero, por mi parte, que se me diga minucioso, que descuidado. Es cierto que la Comision se ha fijado en gastos de 25 pesos. La Cámara puede hacer lo que quiera; pero la Comision, como he dicho ántes, tiene un cargo mui distinto: la Comision tiene que sujetarse a la lei. La ▼Cámara observó que en todos los presupuestos anteriores se consultaban sólo 50 pesos para gastos de escritorio, i sin espresarse motivo alguno en el presupuesto de este año, se encuentra consultada la cantidad de 100 pesos. La Comision habia sido de opinion que se consultasen los 50 pesos; pero habiéndose hallado presente el señor Ministro de Justicia cuando se trataba de esto, fué de opinion que se redujera a 75 pesos la cantidad presupuestada, i la Comision convino en ello. Por lo que hace a la segunda observacion sobre el ordenanza, digo que éste debe haber sido suprimido, porque por los señores que tienen conocimiento en este Tribunal, no existe, no hai tal ordenanza en la Corte Suprema; será talvez el ordenanza del Presidente. El señor ▼Varas. — Al señalar en el presupuesto la cantidad de 100 pesos, para gastos de escritorio i de sala de la Corte Suprema, procedí a consecuencia de indicaciones que me hizo el Presidente de aquel Tribunal. Yo no sabia si era o no suficiente la cantidad; pero el Presidente de la Corte me hizo presente que se habian aumentado los gastos por la estufa que se habia puesto, por muebles que se descomponian i que se orijinaban gastos pequeños que podrian convertirse en mayores; observaciones de esta naturaleza me hizo para que se consultase la cantidad presupuesta. No he podido, pues, entrar en minuciosidades de estos gastos, i he deferido al dicho jefe de ese Tribunal, quien puede estar mas al cabo que yo de las ne cesidades que hai allí; por lo que no me fué permitido hacer un cálculo riguroso. Por lo que hace al ordenanza, no sé cuáles sean sus funciones; pero el mismo Presidente me ha dicho que es de necesidad que haya tal ordenanza, i que este ordenanza tiene obligaciones que desempeñar, en una palabra, que es útil este empleado. El señor ▼Larrain. — La Comision, despues de haber entrado en algun exámen sobre esta cantidad para gastos de escritorio, creyó que no se gastaba mas de setenta i cinco pesos; porque si ántes eran viejos los muebles que habian en los Tribunales, ahora son nuevos i no demandarian gastos de compostura. En cuanto al ordenanza, hai muchos señores que tienen intelijencia de esto, que dicen que no existe o que no tiene ocupacion porque uno de los porteros se ocupa en citaciones. ¿Se ocupará el ordenanza en esto mismo? Es preciso, pues, evitar este abuso suprimiendo esta partida. El señor ▼Varas. — Bien insignificante me parece la cantidad; pero se dice que hai abuso en este gasto; de modo que la Comision ha ido a correjir abusos. Mas, ¿en dónde está este abuso? Yo no lo diviso, señor, es ilusorio. Debemos partir bajo el supuesto de que estos gastos no se hacen con toda aquella estrictez que los haria un hombre que hace por sí mismo sus economías. Mui estraño, pues, me parece que se diga que se comete un abuso en el gasto de ese Tribunal, lo que indica que no se tuviese conocimiento de estos gastos. Sobre todo, señor, la partida es mui insignificante. Quedó para segunda discusion. Se leyó la partida 3.º que trata de los sueldos de los empleados de la Corte de Apelaciones. El señor ▼Larrain. — Cuando se dió primera lectura hice presente que esa partida de cincuenta pesos debia ser de setenta i cinco, porque la redaccion de ella estaba equivocada. Unicamente me queda que decir que cuando dije abuso, fué sólo con respecto a la ordenanza. He dicho. El señor ▼Palma— Yo no deberia hablar acaso sobre esta partida, porque toca a rentas que se pagan en el Tribunal en que tengo la honra de servir; pero seria una delicadeza malentendida que yo me callara i no espusiese a la Sala lo que sé sobre el particular. Ese Tribunal tiene salas especiales de minería, de comercio i de Corte Marcial. Tiene, pues, necesidad de citar a cada uno de los jueces, i sucede que en un mismo dia se hacen citas de los jueces de dos i de tres Salas; de lo que resulta que el ordenanza hace allí un servicio real i efectivo. No sé yo cuál sea el servicio que haga en la Corte Suprema este ordenanza, pero presumo que, aunque no será tanto, siempre sea alguno. Aunque el sirviente de la Corte de Apelaciones no haga un servicio de la mañana a la noche como lo hace un criado de una casa, debemos tener presente que es un soldado de inválidos i que así como debia percibir un sueldo por esa circunstancia, se destinó al servicio del Tribunal. Bien se deja conocer que el portero debe estar constantemente a la puerta del Tribunal i que el ordenanza ha de servir para hacer todas las dilijencias; se deja conocer al mismo tiempo que en esta parte no pueden subsistir las mismas razones que en la Corte Suprema; porque en el Presupuesto no hai mas que un solo portero rentado para la Corte de Apelaciones, miéntras que para la Suprema hai dos. No pueden, pues, haber las mismas razones respecto de la Corte Suprema para la supresion de la partida del ordenanza, lo que manifiesta que la Comision en este punto está equivocada de medio a medio. Es verdad que tenemos un segundo portero, pero éste no tiene sueldo, i se paga con algunos derechos que se le han quitado al primero, que serán de seis, ocho o nueve pesos cuando mucho. Estos son los tres empleados que tenemos i aun suelen estar ocupados todos a la vez. Convencido el Tribunal de que el Estado gasta mucho en la dotacion de sus servicios, procura aprovechar el tiempo, pues sabemos que una hora de despacho en la Corte, un cuarto de hora cuesta diez pesos; i muchos embarazos habria i pérdida de tiempo por la falta de esta ordenanza o de alguno de los que allí sirven. Es indispensable que uno de los porteros esté de firme a la puerta del Tribunal miéntras tanto otro va a llamar a un juez letrado que tiene que asistir por implicancia, v. g., de alguno de los Ministros; i cuando esto no ocurre, suele estar ocupado alguno de los porteros en ejecutar apremios, porque tambien tienen esto a su cargo. Pero no sucede esto solamente, señor; algunas veces ocurre que hai que llamar dos Ministros, i como ya he dicho que un portero no puede moverse del Tribunal, tienen que ir a hacer esta dilijencia el segundo portero i el ordenanza; porque si así no se hiciera, resultaria que habria que esperar la vuelta del portero que hubiese ido a llamar un Ministro, para que pudiese ir a llamar al otro; lo que ocasionaria la pérdida de tiempo de diez minutos o un cuarto de hora, que cuesta al Estado diez pesos. Creo yo, pues, que la verdadera economía está en conservar este ordenanza, porque, aun cuando hiciera este servicio una sola vez, siendo así que siempre ocurren estos casos, estaria compensado el sueldo que se le paga con la ganancia de tiempo que resulta de su servicio. Suprímase la partida, si se quiere; el Tribunal hará sus esfuerzos, pero, no obstante, el servicio público se perjudicará. Se perderá en este mes, por ejemplo, no sirviendo este ordenanza, tantas veces estos diez pesos como dias tiene el mes; porque mui bien pudiera suceder que todos los dias hubiese que hacer estos llamados que ocasionan pérdidas de tiempo que no po dria ser ménos de un cuarto de hora o diez minutos. El objeto que me he propuesto al hablar, no ha sido sostener esta partida, ha sido solamente el informar a la Sala sobre lo que es este ordenanza. No es tampoco este ordenanza un empleo nuevo en el Tribunal, porque se encuentra desde mediados del siglo pasado, i fué puesto para que sirviera al portero en la ejecucion de los apremios. Ahora tiene mas servicios que ántes; siempre este ordenanza sigue al jefe, porque, como tiene que dar órdenes, imprevistas algunas veces, sirve este ordenanza para impartirlas. Contrayéndome, señor, a la otra partida de los gastos de Secretaría, digo que el Tribunal gastará hasta que acabe la cantidad destinada a este objeto; i con esta cantidad no se hace un bien a los jueces; esta cantidad es para el servicio público. Ni tampoco se diga que los gastos de Secretaría se encargan al oficial de esa oficina; el Secretario mismo, persona de una honradez i escrupulosidad conocida, es el que lleva la cuenta de esos gastos; i tan escrupulosa es la cuenta, que para comprar una escoba se espidió órden. (La Sala disimulará que me fije en estas pequeñeces). Si algunos años ha sobrado alguna pequeña cantidad, ha servido para encuademacion de libros que sirven en el mismo Tribunal; esto era, señor, con las cantidades que tenia ántes. Si ahora se le quitan $ 100 i sólo se le dejan 75 o los que se quieran, debe creerse que algo sobra, nadie se lo echa al bolsillo; los Ministros no han de llevárselo: ¡nadie se lleva el sobrante, señor! Si no hubiese en qué invertirlo, se devolveria. En este temporal, señor, el viento norte rompió tres vidrios de la sala i, como el Tribunal no ha de mandar un oficio al ▼Gobierno o seguir un espediente para hacer este gasto, mandó que se repusieran; se rompió tambien una silla; ésta se compuso i costó seis reales su compostura, i es una silla que habrá valido dos o tres onzas; es nueva la silla; por donde se ve que no sólo los muebles viejos se quiebran, aunque tambien es cierto que fué una casualidad que ésta se quebrara un poco. Estos son los gastos, i gastos mui insignificantes, pero que es necesario atenderlos. Con todo, si la Cámara halla por conveniente suprimir esta partida, puede hacerlo, i sólo sucederá que no se empaste el Boletin, que no se compre ningun libro i que no se conserve ningun mueble viejo en el Tribunal. He dicho. Quedó para segunda discusion. Se leyó la partida 4.a , Tribunales de Comercio. El señor ▼Presidente. — Dice la Comision sobre esta partida que se suprima el sueldo del oficial de pluma del Consulado, por creerlo innecesario. El señor ▼Larrain. — La Comision creyó innecesario este empleado porque, segun los informes que ha tomado, raras veces o casi nunca se le ha visto ocupado allí. El señor Presidente. — tambien dice la Comision que se reduzcan a $ 40 los $ 50 presupuestos para gastos de escritorio del Consulado. El señor Larrain. — Sobre esta partida, señor, me parece que habria sido mejor no haber hecho ninguna modificacion, porque es mui insignificante la diferencia. He firmado, porque debí hacerlo, pero no porque estuviese conforme con la idea. Quedó para segunda discusion. Se leyeron las partidas 5.a i 6.a hasta la 8.a inclusive, i fueron aprobadas. Se leyó la partida 9.a , i se puso en discusion: "Gastos estraordinarios de Justicia". El señor ▼Larrain. Como se ve, la Comision no hace oposicion alguna a esta partida; únicamente quiere que en los $ 4,000 que se piden para comprar muebles en algunos juzgados de letras, haya mas claridad; esto es, que diga: tanto para muebles, tanto para libros. Se consigue una ventaja con saber qué cantidad se va a destinar para libros i cuál para muebles; porque mui bien pudiera suceder que los $ 4,000 se invirtieran en muebles. Estas fueron las consideraciones que tuvo la Comision para hacer esta observacion. La Cámara conocerá perfectamente cuál fué la idea de la Comision al decir que se da esa cantidad para serenos i gastos de iluminacion; pero no se diga que estos pagos se harán por las iglesias. Quedó para segunda discusion. Se leyeron las partidas 10 i 11, i quedaron para segunda discusion. 10. Seccion del Culto. — "Iglesia Metropolitana i su Seminario Conciliar". 11.a "Catedral de Concepcion". Se leyeron las partidas 12, 13 i 14, i fueron aprobadas. Se leyó la 15: "Sínodos de curas incongruos", i se puso en discusion. El señor ▼Presidente. — Dice la Comision sobre esta partida, que cree que la cantidad de $ 2,500 pedidos para sínodos de curas incongruos debe reducirse a 1,500, que a su juicio es suficiente para atender a las necesidades mas urjentes, miéntras se vuelve a reunir la lejislatura. El señor ▼Larrain. — Parece que todos los curas tendrán necesidad de esta asignacion, pero que unos tienen mas necesidad que otros i, a mi juicio, esta cantidad es para casos urjentes. En este sentido la Comision creyó que la cantidad de $ 1,500 seria bastante para un caso urjente, para miéntras se vuelve a reunir la Lejislatura. Pero yo haria una escepcion de estos curas por la razon de que no la necesitan; tales son el cura de Renca, el de San Isidro, el de San Saturnino i el de San Lázaro. Me opongo, pues, a que se dé sínodos a los curas espresados, que me parece que estos curas no necesitan de sínodo, i esta cantidad se podria asignar a otros curas del campo que lo necesiten; porque, a mi juicio, estos curas no son pobres. La ▼Cámara verá si debe dar o no sínodo a estos curas a que he hecho referencia. El señor ▼Varas. — A dos puntos se han contraido las observaciones del señor Diputado preopinante: 1.º sosteniendo el informe de la Comision, pide que se reduzca a $ 1,500 la de $ 2,500 presupuestos para sínodo de los curas incongruos; i 2.º pide que se esceptúen de esta asignacion a los curas de Renca, de San Isidro, de San Lázaro i de San Saturnino. La partida de $ 2,500 señalada para sínodo de curas incongruos no ha existido nunca en el presupuesto; pero como un cura indotado se puede considerar como una calamidad en el pueblo en que existe, quiso el ▼Gobierno acudir de algun modo a esta necesidad por medio de esta nueva partida. Tambien creia el Gobierno que debian formarse parroquias en las orillas del rio Choapa, i como tambien creia que podrian ocurrir casos análogos, señaló la cantidad de $ 2,500. Por ahora no se puede saber si esto es o no urjente: si lo fuese, esta cantidad serviria hasta la próxima Lejislatura: si no fuese urjente, esta cantidad de 2,500 pesos, no se gastaria. Acerca de los curas que quiere privar de sínodo el señor Diputado preopinante, no creo que tenga bastante fundamento para ello. Segun los datos que se han podido adquirir un cura que existia en Renca no alcanzaba a sostenerse ántes de la division del curato. Por lo que hace al Cura de San Lázaro, léjos de tener motivo el Gobierno para creer que el Sínodo era mal dado a éste, ha tenido informes del mismo cura, que el sínodo no es suficiente. Tambien tiene los mismos datos sobre los Curas de San Isidro i San Saturnino. No sé, pues, cuáles sean los que tiene el señor Diputado para formar este juicio; el mero parecer poco arguye. Si tuvo razones especiales, yo convendria por lo pronto en esto; pero yo no difiero, señor, aun me parece. Yo tengo datos i los he espuesto, no me he guiado, pues por un mero parecer. Quedó para segunda discusion. Se leyeron las partidas 16 i 17 i fueron aprobadas sin discusion alguna. Se leyó la partida 18 "Seccion de Instruccion Pública Universidad de Chile" i se puso en discusion. El señor ▼Presidente. — A esta partida es referente el proyecto que acompaña la Comision, i que ya tiene su segunda lectura. El señor ▼Larrain Moxó. — Las observaciones que se hicieron presentes cuando se dió la segunda lectura al proyecto, creo que manifiestan la necesidad que hai de modificar los sueldos señalados a estos empleados, porque las rentas son compatibles con cualquiera otra en un solo individuo i creo que en nada se perjudica el servicio de la Universidad con esta modificacion. Hai otras consideraciones que haré presentes cuando esto se ponga en segunda discusion. Quedó para segunda discusion. Se leyó la partida 19. "Instituto Nacional". El señor ▼Varas. — Me parece, señor, mui natural que la Cámara desee saber la inversion que se dará a las cantidades que decreta; pero tambien me parece que la Cámara estaba ya preparada de antemano para asignar una cantidad. Sobre este objeto hace cuatro años que el Ministerio de Justicia e Instruccion hizo notar a la Cámara la necesidad que habia de reformar este establecimiento. El profesor de la parte mas elevada del derecho, el profesor de derecho civil tiene un sueldo menor que el del último oficial de planta de los Ministerios ¿Se cree que un profesor que debe haber hecho estudios especiales de lo que enseña, que debe tener una posicion social, pueda mantenerse decentemente con ménos de lo que gana un escribiente? Es tan manifiesta, señores, la necesidad que hai de correjir este mal, que me parece que no habrá necesidad de instruir mucho a la Cámara acerca de las medidas que se tomarán a este respecto, pero creo que se deseará saber cuál es el rumbo que el Gobierno ha seguido en este asunto: voi pues a señalarlo fijamente. En el Instituto se dan dos clases de instruccion: la que puede llamarse científica o superior, i la instruccion secundaria. De dos años a esta parte se han introducido muchos ramos en el plan de estudios, al presente habrá ocho ramos mas, por lo ménos, que mejoran en esta parte la instruccion. Para introducir estas mejoras era preciso traer nuevos profesores i reunir en uno sólo el desempeño de algunas clases, siguiendo la práctica anterior, cada uno de nuestros profesores con la dotacion de 500 pesos anuales. Consultando la economía, i mas que todo acomodándose a la escasez de hombres que hai que puedan hacerse cargo de la enseñanza i en vez de traer nuevos profesores, se ha reunido la dotacion en un solo profesor; de manera que no hai uno solo de ellos que no enseñe cuatro ramos a la vez. Me parece que esta esposicion puede hacer conocer a la Cámara cuál ha sido el proceder del Gobierno a este respecto, i si ha obrado prudencial i discretamente en la inversion de los fondos. Por lo que toca a los cursos de Matemáticas, diré que hace 4 años estaban los estudiantes reducidos a sólo aprender los ramos de esa ciencia hasta llegar a químicos, careciendo absolutamente de los demas conocimiento que debe tener todo hombre medianamente ilustrado. Se ha aumentado por consiguiente el número de profesores i como se ha aumentado la obligacion se ha subido la cuota de 800 pesos. Por lo que toca a los cursos superiores de derecho, el profesor de derecho civil tenia 500 pesos, ahora se le han asignado 1,000. Lo mismo digo de los estudios superiores de medicina i ciencias políticas. Este es el proceder del Gobierno, esta la distribucion que ha hecho; i al proceder de este modo no ha obrado arbitrariamente, lo ha hecho constantemente así i así es necesario que obre. Las Cámaras señalan las cantidades, i el Gobierno las distribuye. Este proceder está sancionado por las mismas Cámaras. Hace dos años que se asignó la cantidad de $ 4,500 para completar un déficit que habia para lo demas en estos últimos tiempos. El ▼Gobierno procedió a dictar los arreglos necesarios con acuerdo de la Universinad, i hai para esto razones especiales; los arreglos relativos a la instruccion pública suponen ciertos conocimientos especiales, conocimientos que no siempre se encuentran en una Cámara, conocimientos que importan nada ménos que el arreglo de un establecimiento de esta clase, i ninguna corporacion mas adaptada a este objeto que el Consejo de la Universidad. La ▼Cámara debe creer que en la inversion que se hace de esta cantidad se consulta la instruccion i la economía. He indicado ya cuál es la idea que ha guiado al Gobierno; si la Cámara quiere asignar esta cantidad, se lleva a efecto el plan aprobado por la Universidad; si no quiere, no se lleva. El Gobierno ha concebido este plan, i cualquiera que sea la resolucion de la Cámara habrá cumplido con su deber en la parte que le toca. El señor ▼Larrain. — La Comision no ha querido derogar la partida; lo único que dice es, que se tenga presente la lei: conoce la necesidad. Confia tambien en que el señor Ministro procederá con toda la economía posible. Sin embargo, creo que la Cámara está en la necesidad de tener a la vista el proyecto para saber qué cantidad es la que se va a dar. El señor ▼Gandarillas. — Aunque en la materia de que se trata tengo pocos conocimientos especiales, no me abstendré por eso de decir que desearia ver un proyecto cuyo objeto fuera pedir a las Cámaras una cantidad para el fomento de la educacion primaria; pero no uno que tenga por objeto aumentar la dotacion de los catedráticos de ciencias científicas. Yo no estoi mui distante de convenir en que estos catedráticos deben tener una buena renta, pero que esta no fuera costeada en su totalidad por fondos nacionales. De consiguiente, para llevar adelante mi idea, creo que el que quiera aprender científicamente en el pais, debe contribuir con algo tambien por su parte; porque estos mismos jóvenes que ahora se están educando; por ejemplo, entrarán mui luego en el roil de esos mismos catedráticos para quienes se pide este aumento, i ellos por consiguiente, desempeñará un cargo igual, i tirarán un buen sueldo despues que la patria los ha formado a su costa. Concluyo, señores, diciendo que no estaré distante de aprobar la partida si fuera para el fomento de la educacion primaria, pero no para los fines que se indican.
En lugar de hacer un bien con esto haríamos un mal. Yo digo, pues, señor que si se quiere fomentar la educacion primaria, han de fomentarse aquellos individuos que han de hacer los mismos libros que sirvan de base a su educacion. ¿Hai, señores, ese gran número reconocido? Entre nosotros es corto el número de individuos de capacidad; esto es una verdad reconocida por todos. Mui corto es el número de individuos dedicados a esos ramos superiores que se dice que no es preciso fomentar. Mui corto tambien es el número de los que hacen estudios detenidos; i el decir que convendria que se costease la educacion por los mismos educandos, no me parece mui acertado; esto seria talvez poner trabas a la carrera que alguno quisiese abrazar, por lo ménos haria sus estudios precipitados. Los individuos que se dedican a cualquiera profesion tienen interes en conseguirlo pronto, i un talento que hubiese sido provechoso cultivado sin precipitacion se perderia estudiando superficialmente los ramos de su carrera por no gastar mucho en ella. Una instruccion detenida, tal como la que puede hacerse facilitando a los jóvenes la enseñanza, será mui útil porque en el pais no hai tantos hombres de capacidad. Se quiere poner esta dificultad para que los jóvenes no abracen profesion de abogados, i entónces ¿qué harán los jóvenes? Si estos jóvenes se han de dedicar a los estudios, convienen necesariamente que tengan una profesion que les asegure su subsistencia. Yo convengo, señor, en que con el tiempo podria imponerse esta contribucion, pero en el dia no, señor, por las razones, que he indicado. El señor ▼Gandarillas. — Mui bueno es, señor, que en el pais se desarrollen grandes talentos, pero no convengo en que sea obra esclusiva del Gobierno, sino contribuyendo los padres o tuto res de esos jóvenes para adquirir una educacion científica. La carrera pública abre en Chile un campo demasiado vasto a los hombres educados, i no es posible que el Estado contribuya con todo el gasto para formar hombres instruidos que encuentran una carrera abierta i un mérito cívico. Si los padres de familia que quieren educar a sus hijos tuviesen que gastar en el pago de esos profesores científicos, algo mas que para la educacion primaria, estoi seguro que en los exámenes públicos del Instituto Nacional se verian dichos padres de familia en los exámenes, i con mas frecuencia indagando el progreso de sus hijos o pupilos. Por esta razon no convendré en que se aumenten las rentas de los profesores para las ciencias científicas por cuenta del Estado, sino por cuenta del que quiera elevarse mas del comun. No creo que haya padre de familia que deseando la perfeccion de la educacion de su hijo, precipítase sus estudios por 50 o 100 pesos mas. Volveré a repetir, señor, que en la educacion primaria deberian gastarse las rentas públicas con preferencia a la científica. Sin aquella educacion no pueden fijar las bases los de grande intelijencia i los preparados para conducir los mozos en la sociedad. El señor ▼Montt. — Las pocas palabras que he oido parece que forman el mejor argumento en favor de lo que se quiere atacar. Protejiendo eficazmente la educacion superior o científica, se ha dicho que se deja el campo abierto a los empleos, pues bien, si esto se consigue, me parece que se ha conseguido cuanto puede apetecerse. Este resultado, pues, si se obtuviese en toda su estension, bastaria para hacer su apolojía, porque este resultado, digo, seria la obra de esfuerzos superiores a los que ahora se pretenden. Por desgracia no tenemos en el pais mas que un solo establecimiento en que se da esa educacion, un solo establecimiento al que concurre un cierto número de jóvenes; ¿i todavía se quiere que en este solo establecimiento no concurran gratuitamente los jóvenes a hacer sus estudios? ¿No ha de estar abierto a todos, en medio de las necesidades que se notan por todas partes? ¿Se habrá de restrinjir esta necesidad a los que sólo tuviesen medios o comodidad para llegar a formarse? Si nuestra sociedad estuviese tan adelantada que poseyese tan gran número de hombres que pudiera decirse que habia un excedente o un sobrante, podríamos entrara averiguar si seria conveniente adoptar la medida que se pretende; pero en el dia hai una necesidad manifiesta i conocida. ¿I en qué ramo puede decirse que no hai escasez de hombres? Sobre todo, señor, ¿cuánto es lo que destina el Gobierno para protejer esta educacion gratuita superior?. ¿Son acaso 200,000 pesos? Esta proteccion que el Gobierno presta a la educacion es para que se fomente tanto la educacion primaria como la superior; i yo no veo que de la necesidad que hai de fomentar la educacion primaria puede deducirse argumento para que no se proteja la superior. Con mano tan liberal debe ocurrir al Congreso a la una como la otra. Ninguna de una influencia tan inmediata en el pais como la que se ha tocado ahora; pero yo supongo que hai un convencimiento anterior de la necesidad de conceder, sino la cantidad Que que se solicita, por lo ménos de aprobar la que está consultada en el presupuesto. Me abstengo por ahora de hacer mas observaciones a este respecto. He dicho. Quedó esta partida para segunda discusion. Se leyeron las partidas 20 hasta la 27 inclusive i fueron aprobadas. En este estado se levantó la sesion, quedando en tabla para la próxima la continuacion del mismo presupuesto i demas negocios designados para la presente. ANEXOS editarNúm. 93 editar▼Conciudadanos del ▼Senado i de la ▼Cámara de Diputados: La cantidad de diez mil pesos concedida en el presupuesto para gastos estraordinarios e imprevistos del Departamento de Relaciones Esteriores en el presente año, ha sido empleada ya en su totalidad. Los abonos que fué preciso hacer a la Legacion que regresó de Madrid, ya por pérdidas en el cambio sufridas en las remesas de sus sueldos, ya por gastos de viaje, han absorbido mas de las tres cuartas partes de la suma espresada. Es necesario, no obstante, proveer a otras atenciones del servicio en este Departamento i, a este fin, con acuerdo del Consejo de Estado, someto a vuestra consideracion el siguiente ▼PROYECTO DE LEI:
"Se conceden diez mil pesos para gastos estraordinarios e imprevistos del Departamento de Relaciones Esteriores en el presente año." Santiago, Agosto 16 de 1845. — ▼Manuel Búlnes. — ▼Manuel Montt. — A la ▼Comision de Hacienda. Núm. 94 editar▼Las ocurrentes, hermanas del finado teniente coronel don Juan Agustin Coo, solicitan una pension de gracia, cosa que está en las atribuciones de US. conceder. Sala de la Comision, Julio 18 de 1845. — A. ▼García Reyes. — ▼Antonio Gundian. — ▼Ramon Rosas Mendiburu. Núm. 95 editar▼Excmo. Señor: Don ▼Agustin López, coronel de los ejércitos de la República, ante V. E., reverente espongo: Que me cabe la fortuna de haber cumplido con todos los deberes que como ciudadano chileno me impuso la carrera de las armas en que pude ser útil a la Independencia Nacional, sacrificándole mis intereses, i prestándole mis servicios, como de todo se halla instruida la ▼Honorable Cámara ante quien represento; pero que constituido por la naturaleza de esposo i padre en las penosas obligaciones, imposible de satisfacerse por un militar a quien las fatigas mucho mas que los años, han precipitado su existencia, me acerco diariamente al sepulcro, sin fortuna para llenar un vacío que haria desconsolatoria mi muerte. Para remediar de algun modo este daño, impetré de V. E. la gracia de que se me reformase, sin ejemplar, en conformidad de la lei de 2 de Enero de 1829, con cuyo resultado juzgaba dejar a mi esposa e hijos sustraidos del rigor de la miseria i satisfechos los deseos de un padre que al fin, en el último tercio de su vida ha podido pensar en la conveniencia de sus hijos, como no lo hizo jamas, una vez sola, sobre la propia. Sin duda V. E., considerando excesiva mi solicitud, la declaró sin lugar; pero su conducta i aun el aspecto individual de cada Diputado, ha concurrido a indicarme lo que sin peligro puedo solicitar de nuevo. La Constitucion del Estado depositó sábiamente en el ▼Congreso la facultad de dispensar gracias a los servidores de la Nacion; i como los padecimientos, servicios, riesgos i sangre, que he podido ofrecer en holocáusto a la patria, resultan del conocimiento público de mis acciones i de los documentos fehacientes que la Honorable Cámara ha reconocido, debo esperar del sentimiento de patriotismo i justicia que distingue a los Representantes Nacionales, que harán uso de esa facultad para atender al mérito que me da, al ménos la causa porque me he sacrificado, para hacer que su munificencia me conceda mi retiro, que se ponga de acuerdo con los largos años de mi carrera, con el estado de mi familia, con los deseos de un padre que quiere salvarla de la orfandad, i con el favor que exijo del pueblo, a quien pertenecerán hasta mis últimos instantes. En este concepto, i dejando a la liberalidad de la Cámara la estension de su gracia, A V. E. suplico, se sirva acordarme el retiro que solicito en los términos que fuere de su alto agrado. Excmo. señor. — ▼Agustin López. Núm. 96 editar▼Honorable señor: Doña Francisca i doña Josefa Imas, hijas de don Manuel Imas, ultimado en 1817 por causas que no es del caso tocar, i que respetamos siempre como disposiciones particulares de la Providencia, ante Vuestra Honorabilidad esponen: que a no mediar por una parte la confianza que la benignidad de la Cámara inspira a los desgraciados, i por la otra los estremos de orfandad, enfermedad e indijencia a que nos vemos reducidas, no nos atreviéramos a interrumpir por un solo instante su atencion. Pero valga en esta parte la verdad que siempre ha sido la protectora de los desvalidos: nuestras fuerzas que no alcanzan ya para el trabajo de mano que nos sustentaba i que acaba de ser prohibido por el médico que nos asiste; que personas caritativas para quienes nuestro padre fué un verdadero amigo i un hombre de bien, nos dan aliento para ocurrir a la Honorable Cámara i esperar de su benignidad i misericordia una acojida que pudiera parecer estraña en razon de la humildad de nuestra situacion i de los comunes socorros que se suponen en la sociedad i a los que se quisiera remitirnos como el partido mas prudente i seguro. En buenos términos, señor: la imájen del desgraciado don Manuel Imas, respetable siempre para los que le conocieron, es el que trae a sus hijas a esta Sala i las arroja a los brazos de la misericordia pública i de los Majistrados encargados de representarla, i ella es la que pide para la mantencion de estas infelices la gracia que se les quiera asignar. Si el patíbulo en que terminó su vida le arrancó lágrimas de amargura, fué seguramente por sus pobres hijos que dejó sin proteccion i cargando todo el oprobio que le cubria. Que esas lágrimas, señor, sean enjugadas en esa misma familia, si no por la mano de la justicia que reivindica a los que la desgracia sacrificó, lo sean siquiera por los de la noble jenerosidad que ahoga los sentimientos i calma hasta dolores que parecen inestinguibles. Santiago, Agosto 18 de 1845. — Francisca Imas. — Josefa Imas. |
- ↑ Esta sesión ha sido tomada de El Progreso del 30 de Agosto de 1845, núm 874. —(Nota del kecopilador).