Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1844/Sesión de la Cámara de Senadores, en 18 de octubre de 1844

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1844)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 18 de octubre de 1844
CÁMARA DE SENADORES
SESION 41.ª EN 18 DE OCTUBRE DE 1844
PRESIDENCIA DE DON DIEGO JOSÉ BENAVENTE


SUMARIO. — Nómina de los asistentes. — Aprobacion del acta precedente. — Cuenta. — Trabajos de la Comision Codificadora. — Presupuestos de 1845. — Sueldo de los militares que son miembros del Congreso. — Arreglo del Cabildo de la iglesia de Ancud. — Solicitud del Asilo del Salvador. — Memoria de Hacienda. — Plan de sueldos i clasificacion de los cuerpo del Ejército. — Acta. — Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De una nota con que el Ministro de Hacienda acompaña la Memoria de su Departamento. (La Memoria va entre los anexos de la sesion celebrada por la Cámara de Diputados en esta misma fecha.)
  2. De un oficio por el cual la Cámara de Diputados comunica que se ha conformado con las modificaciones hechas por el Senado al proyecto de lei que organiza el Cabildo de la iglesia de Ancud. (Anexo núm. 208. V. sesion del 7.)
  3. De otro oficio con que la misma Cámara devuelve aprobado el proyecto de lei que concede un ausilio de 12,000 pesos al Asilo del Salvador. (Anexo núm. 209. V. sesion del 16.)
  4. De otro oficio con que la Comision de Lejislacion acompaña copia de las sesiones celebradas i de los trabajos de codificacion ejecutados en el último año. (Anexo núm. 210. V. sesion del 30 de Agosto de 1843. Véase la Cámara de Diputados en esta misma fecha.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Aprobar en la forma que consta en el acta el Presupuesto de Guerra i Marina i dejar subsistente por ahora la partida que consulta sueldo íntegro para un jefe que es miembro de la Cámara de Diputados. (V. sesiones del 18 bis de Octubre de 1832, 17 de Octubre de 1844 i 18 de Agosto de 1845.)
  2. Comunicar al Gobierno la lei que concede al Asilo del Salvador un ausilio de 12,000 pesos.
  3. Que se imprima el plan de sueldos del Ejército. (V. sesiones del 24 de Julio de 1844 i 4 de 4 Junio de 1845.)
  4. Que tambien se imprima el proyecto que fija la planta de las oficinas i cuerpos del Ejército cuando la Cámara de Diputa dos lo remita al Senado. (V sesion del 27 de Junio de 1845.)

ACTA editar

SESION DEL 18 DE OCTUBRE DE 1844


Asistieron los señores Benavente, Aldunate, Barros, Bello, Cavaieda, Egaña, Irarrázaval, Meneses, Ortúzar, Ovalle Landa i Subercaseaux.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se dió cuenta de la esposicion de los trabajos de la comision de lejislacion del Congreso, que por encargo suyo hace a la Cámara el señor Bello, acompañando copia de las actas de sus sesiones desde el 5 de Setiembre de 1843 hasta el 3 de Setiembre del presente año i juntamente un ejemplar impreso de los títulos del Código Civil discutidos i aprobados en ese periodo i se mandó archivar.

Se procedió a la discusion del presupuesto del departamento de Guerra i Marina. Al examinar la partida 7.ª habiéndose leido los detalles relativos a ella el señor Egaña se opuso al ítem en que se abona sueldo entero a un jefe del ejército por ser miembro de la Cámara de Diputados.

A consecuencia de este reparo, se fijó en términos jenerales la siguiente proposicion: ¿Debe o nó abonarse sueldo entero a los jefes u oficiales del ejército por tener asiento en las Cámaras? El señor Bello propuso que por ahora se dejase correr este ítem tal como se halla en el presupuesto, sin que por ello se entienda haberse pronunciado la Sala sobre el principio en que se funda la oposicion a su abono. Esta indicación fué aprobada por nueve votos contra dos, quedando reservada la proposicion jeneral para resolverse oportunamente. En la discusion de la partida 19 en que se consultan 212,151 pesos, 6 reales para sueldos, armamentos, vestuarios, cuarteles 1 músicas de las guardias cívicas de toda la República resultaron tres votos por la negativa, las demas partidas de este presupuesto fueron aprobadas por unanimidad i son del tenor siguiente.

Para sueldos i gastos de secretaría en ámbos departamentos
Sueldos del Ministro 4,500
Sueldo de los oficiales ayudantes i gastos de escritorio 8,057
12,557
Para la Inspeccion Jeneral del Ejército i guardias cívicas, Comandancia Jeneral de Armas, Auditor de Guerra, injenieros, pago de casa i gastos de escritorio
22,348
Para sueldos a los oficiales jenerales
19,092
Para sueldo de los jueces de la Corte marcial
7,224
Para sueldo de los Edecanes del Supremo Gobierno
12,528
Para sueldo de los jefes i oficiales empleados en las comandancias de armas de departatamentos i otras comisiones del servicio
56,160
Para sueldo de los capellanes de ejército i plazas fronterizas
1,152
Para sueldo de los cirujanos del ejército
5,580

Para sueldo de los Jenerales, jefes i oficciales retirados temporalmente
38,541 .6
Para sueldo de los retirados absolutamente e inválidos

61,365 .3
Para montepío militar i asignaciones pias
40,855 .1¼
Para sueldos de empleados en las maestranzas
7,599
Para el Cuerpo de Artillería por sueldos, papel, refaccion de monturas, forraje, pérdida en la caballería sobresueldos a una conpañía estacionada en Valparaiso, luz i lumbre i premios
60,033 .3¾
Para los cuatro batallones de infantería por sueldos, papeles vestuario luz, lumbre i premios
169,371 ,1
Para dos Rejimientos i un Escuadron de caballería por sueldos, papel, refaccion de monturas, vestuarios, forraje, pérdida en la caballería, luz, lumbre i premios
116,591
.5½

Para sueldos de un jefe i ocho oficiales agregados al cuerpo de artillería i Regimiento de Cazadores i Granadetos a caballo


Sueldo de un teniente de caballería agregado al cuerpo de artillería
1,800
Sueldo de un ayudante mayor agregado al Rejimiento de Cazadores a caballo
624
Sueldo de un teniente agregado al Rejimiento Cazadores a caballo
456
Sueldo de dos alféreces agregados al Rejimiento de Cazadores a caballo 396 pesos cada uno
792
Sueldo de cuatro alféreces agregados al Rejimiento de Grana deros a caballo con 396 pesos cada uno
1,584
Para sueldos i gastos de la Academia Militar
Sueldo del Director

1,524
Sueldo del Vice Director

1,128
Sueldo de tres Ayudantes

1,284
Sueldo del Capellan

348
Sueldo de un escribiente

144
Sueldo de 40 cadetes con 120 pesos cada uno

4,800
Sueldo de 40 cabos con 96 pesos cada uno

3,840
Sueldo de dos tambores

144
Para pago de profesores i demas gastos del establecimiento

3,500
Por 22 i media luces diarias a medio real cada una

513
.2¼
Por el costo de ochenta vestuarios a razon de 31 pesos 6 un cuarto reales cada uno

2,542 .4
Para hospitalidades del ejército, sobresueldos a las compañías estacionadas en el Norte i pago de casas en que sirven de cuarteles:


Para hospitalidades de los cuerpos del ejército permanente
18,557 .4
Por premio que gozan una compañía de caballería residente en la Serena i otra de caballería en Copiapó 
7,200
Para pago de las casas que sirven de cuarteles a la tropa veterana que guarnece las plazas de Coquimbo i Copiapó

650
Para sueldos, armamentos, vestuarios, cuarteles i músicas de las guardias cívicas de toda la República:


Costo de las milicias de la provincia de Valparaiso

22,432
Costo de las de la provincia de Santiago

41,885 .3¼
Costo de las de la provincia de Colchagua

9,802 .4½
Costo de las de la provincia de Talca

2,972 .2
Costo de las de la provincia de Maule

14,918 .2½
Costo de las de la provincia de Concepcion 
37,628 .7½
Costo de las de la provincia de Valdivia

6,530 .4½
Costo de las de la provincia de Chiloé

4,275 .6
Costo de las de la provincia de Coquimbo

8,310 .6
Costo de las de la provincia de Atacama

8,199 .4
Costo de las de la provincia de Aconcagua
5,195
.4
Gasto de armamento, vestuario, cuarteles i músicas de las milicias
50,000

Para sueldos i gastos de la Comisaría de Marina
8,986

Para sueldos i gastos de la secretada de la Comandancia Jeneral de Marina:


Sueldo del secretario
1,200

Sueldo del oficial de secretaría
700

Sueldo de un portero i ordenanza
120

Para gastos de escritorio
100

Para pago de casa
300

Para sueldos i gastos de los empleados en arsenales
4,975
.2
Para sueldos de todas las capitanías de puerto
19,160

Para sueldos de los oficiales de marina empleados en comisiones i retirados temporalmente:


Sueldos de los oficiales empleados en comision del servicio
4,488

Sueldos de los oficiales retirados temporalmente
738
.4¼
Para costos de las vijías en Valparaiso
408

Para sueldos de inválidos i montepíos:


Sueldos de inválidos de marina
480

Montepíos de marina
1,277

Para sueldos i gastos de la fragata Chile
74,414
.4½
Para sueldos i gastos de tres galletas de guerra
37,934
.2¾
Para sueldos de una brigada de marina
23,985

Para contribucion de serenos
183

Para gastos de la colonia del estrecho de Magallánes
12,000

Para pago de casa, profesores i demas gastos de la Escuela Náutica
4,000

Para trasportes i fletes por mar i tierra
6,000

Para premios por conduccion de caudales
1,000

Para elaboracion de municiones de guerra e impresiones
10,000

Para reparacion de cuarteles, fortaleza i almacenes
12,000

Para compra de armamentos i correajes
40,000

Para ensanchamiento
3,000

Para pago del tercer año a la fami


lia del coronel Spano por deuda mandada pagar
4,841 .7½
Para gastos imprevistos de Guerra i Marina
40,000
Total del presupuestos de Guerra i Marina
1.206,473 .2¼

Al proceder la Sala a constituirse en comision jeneral para resolver el empate ocurrido en la votacion del ítem de 300 pesos para sueldo del segundo portero del consulado de Santiago, espuso el señor Egaña que desistia por este año de su oposicion a dicho ítem, que en consecuencia quedó aprobado en la forma siguiente: "ítem. del segundo id. de id., 300 pesos."

A segunda hora se leyeron dos oficios de la Cámara de Diputados; en el primero se anuncia que esa Cámara se ha conformado con las adhesiones hechas por el Senado al proyecto de lei sobre arreglo del Cabildo Eclesiástico de la Catedral de Ancud, i se mandó archivarse; en el segundo se avisa que esa Cámara ha aprobado, sin variacion alguna, el proyecto de lei en que se conceden 12,000 pesos para ausiliar el edificio del Asilo del Salvador, i se mandó comunicar al Presidente de la República.

Se leyó una nota en que el Ministro encargado del departamento de Hacienda, acompaña la Memoria que se presenta en este año al Congreso Nacional, relativa a los negocios de dicho departamento; se dió cuenta de la Memoria referida i se mandó archivar.

El señor Egaña pidió se hiciesen imprimir i se repartiesen entre los miembros de la Cámara el proyecto de lei sobre arreglo de sueldos del Ejército permanente i sobre la ubicacion de los cuerpos del Ejército, i con respecto al primero tae estos proyectos, se acordó su impresion; i mmbien la del segundo, tan luego como se rellaitiese de la Cámara de Diputados donde se ha- Id pendiente.

En este estado se levantó la sesion, citándose a aos señores Senadores para el sábado 19, a las on ciones, i quedando en tabla los proyectos de lei sobre privilejios e hipotecas i sobre creacion de la Oficina de Estadística. —BENAVENTE


SESION DEL 18 DE OCTUBRE [1]

Asistieron los señores Benavente, Aldunate, Barros, Bello, Cavareda, Egaña, Irarrázaval, Meneses, Ortúzar, Ovalle Landa i Subercaseux. Aprobada el acta de la sesión anterior, se dió cuenta de la esposicion de los trabajos de la comision de Lejislacion del Congreso, que por encargo sugo, hace a la Cámara el señor Bello, acompañando copia de las actas de sus sesiones desde 5 de Setiembre de 1843 hasta 3 de Septiembre del presente año, i juntamente un ejemplar impreso de los títulos del Código Civil discutidos i aprobados en ese período; i se mandó archivar.

Se procedió a la discusion del presupuesto del Departamento de Guerra i Marina. Se leyó i se puso en discusion la partida.

1.ª Para sueldos i gastos de secretaría de ámbos departamentos, i en el sueldo del Ministro, de los Oficiales, Ayudantes i gastos de escritorio, 12,557.

Fué aprobada.

2.ª Para la Inspeccion Jeneral del Ejército i Guardias Cívicas, Comandancia Jeneral de Armas, Auditor de Guerra, Injenieros, pago de casa i gastos de escritorio, $ 22,348.

El señor Presidente. Se notará que este presupuesto no viene redactado como los demas, pero si hai alguna duda, aquí están los pormenores para que se vean.

El señor Ortúzar. —¿I por qué no vendrá como los demas?

El señor Aldunate. —Señor, por abreviar los trabajos conviene en que se redactasen como el año pasado; pero es igual i puede leerlo el Secretario.

El señor Ortúzar. —Siendo tan importante la sancion o aprobacion de los presupuestos, i tan angustiado el tiempo, a mí me parece que se podía seguir en este la discusion en el órden en que están redactadas las partidas que lo componen, i en aquellas que se ofrezcan dificultades se pueden ver los pormenores; porque ¿qué sacamos de que se vea el Capitan tal, el Teniente cual etc., cuando todo es conforme?

El señor Aldunate. —Sin embargo, yo querria que se leyese el pormenor.

El señor Benavente. —Este presupuesto es distinto de todos los demas, porque es mas extenso; pues, por ejemplo se ponia "para el cuerpo de inválidos tanto" i viene ahora todas las partidas: así es que este es el resúmen. No obstante, puede verse el pornrenor en alguna partida.

El señor Ortúzar. —Por lo mismo yo pido que se discuta como está i se vea el pormenor cuando haya duda sobre alguna partida. Yo creo que no es mas que para embarazar i perder tiempo el leer esos pormenores. Yo he sido miembro de la comision; lo conozco así, i sí es cierto que nos hemos reunido para ver si aprobando los presupuestos, se cierran las Cámaras, no lo podremos conseguir ni en quince dias mas, adoptando el órden que se ha seguido en los otros presupuestos.

El señor Presidente. —¿Se aprueba o nó esta partida?

Fué aprobada por unanimidad.

3.ª Para sueldos de Oficiales Jenerales, $ 19,092.

Aprobada.

  1. Para sueldos de los Jueces de la Corte Marcial, $ 7,224
  2. Para sueldos de los Edecanes del Supremo Gobierno, $ 12,528.

El señor Aldunate. — Yo quisiera que a lo ménos en estas partidas que constan de Jefes i Oficiales, se leyesen los pormenores; porque yo no me he creido eximido de responder sobre todas las objeciones que se hagan a las partidas del presupuesto.

El señor Presidente. — Señor, esto es el índice de los presupuestos que se presentan a la Cámara pero si algun señor quiere que se lean los pormenores, se puede hacer.

  1. Sueldo de los Jefes i Oficiales empleados en las Comandancias de Armas de Departamentos i otras comisiones del servicio, $ 56,160.

Se leyeron los pormenores.

  1. Entre los empleados en comision se encuentra un ítem para pago del Coronel Urriola como Diputado al Congreso; i el sueldo de un Oficial Pozo.

El señor Egaña. — ¿Qué comisiones esa del Oficial Pozo?

El señor Aldunate. — Será señor alguna en que se le comisionó para desempeñar algun servicio.

El señor Egaña. — Pero aquí no dice qué comision es esa que se le dió.

El señor Aldunate. Señor, yo no puedo en el momento contestar decididamente sobre este punto; pero me será mui fácil hacerlo en la sesion siguiente.

Yo entiendo que el sueldo de ese Oficial es el de su grado; sin duda se le dió alguna comision, que no recuerdo por ahora.

El señor Egaña. — Bueno, señor, pero yo quisiera preguntar otra cosa. A un señor Coronel que allí se dice que por que es Diputado, se le da sueldo entero, ¿este sueldo lo goza por la época de sesiones o se le da por todo el año?

El señor Aldunate. — Señor el Coronel Urriola tenía una comision cuando fue elejido Diputado, i se le separó de esa comision para que asistiese a la Cámara; i por disposiciones anteriores del Gobierno hai declaracion de sueldos entero a los militares que fuesen miembros de las Cámaras. Yo creo que dió lugar a esta declaracion el nombramiento que se hizo en el Coronel López ahora seis u ocho años.

El señor Egaña. — Pero lo que yo preguntaba, señor, es sí este Coronel goza el sueldo por todo el año o por la época de las sesiones.

El señor Aldunate. — Por todo el año, señor. Lo que se ha hecho señor es disminuirle el sueldo, que ántes gozaba el de caballería i ahora goza el de su arma.

El señor Egaña. — Pues, yo no sé que haya disposicion que dé a los empleados en las Cámaras todo el sueldo. A mí me parece esto mui irregular.

El señor Aldunate. — Señor, las disposiciones de las milicias son casi gubernativas i por eso no hai reglas fijas. La lei que hai pendiente sobre los sueldos de los militares, será la que salve todas las dificultades que se han presentado i que puedan presentarse por algunos años.

El señor Presidente. — Parece que hai una indicacion insinuada al ménos, para que se declare si los individuos militares empleados en las Cámaras deben tener sueldo todo el año o el tiempo sólo que están ocupados en sus funciones lejislativas.

El señor Egaña. — Algo mas, señor, yo soi de opinion que no tengan nada por este motivo.

El señor Presidente. — Es decir, los individuos que tengan asiento en las Cámaras, por sólo este hecho ¿pueden tener sueldo entero o nó? Otra comision pueden tener, pero nada mas, que por razon de este empleo o de esta ocupacion no tengan sueldo. Creo que este es el espíritu de la indicacion.

El señor Aldunate. — Pero, señor, talvez sería bueno indicar que en caso de tener sueldo, sí será por el tiempo de las sesiones, o si debe tenerlo todo el año.

El señor Bello. — A mí me parece este asunto de mucha gravedad, para que con sólo el exámen del ítem del presupuesto se decida. Yo creo que es un asunto importante, i entiendo que debe ser obra de una lei discutida con toda madurez.

Yo propongo, pues, que se deje subsistir el ítem tal cual está; sin que por esto se pronuncie la Sala sobre el principio en que se funda la oposicion.

El señor Aldunate. — Sin embargo, señor, si la discusion no es en este año, el Ministro del Ramo se Verá apurado en cuanto al sueldo del individuo de que se trata, porque no se sabe si se debe pagar o no.

El señor Presidente. — Creo que lo único que puede hacerse en beneficio de la espedicion, es dejar reservado este punto, como se ha hecho otra vez o bien discutió esto inmediatamente. Si esto es materia de mas meditacion, habrá mas motivo para demorarse.Yo creo que se podrá allanar esta dificultad con esta proposicion. ¿Se aprueba el ítem del presupuesto, con reserva de tratar i resolver el principio sobre que ha habido cuestion?

— Se procedió a votar, i se aprobó esta indicacion por nueve votos contra dos, quedando reservada para discutirse oportunamente esta proposicion jeneral:

"Debe o no abonarse sueldo a los Jefes u Oficiales del Ejército por tener asiento en las Cámaras?"

El señor Presidente. — Ahora se pregunta si se aprueba o nó la partida.

Se procedió a votar i resultó aprobada por unanimidad, con la reserva ántes dicha.

  1. Para sueldo de los capellanes de Ejército i plazas fronterizas, $ 1,152. El señor Egaña. — Yo no sé que haya capellanes de plazas fronterizas. ...Están puestos por sus sínodos solamente los capellanes de los castillos.

El señor Aldunate. — Señor, hai puestos en toda la República.

El señor Egaña. — Pero son curas. En fin, se puede suspender la lectura que se está haciendo; porque con que se asegure que no está esto comprendido en los sínodos, no tengo inconveniente sobre la partida.

El señor Aldunate. — No, señor, no están comprendidos.

El señor Presidente. — Parece que no hai oposicion a esta partida.

Aprobada.

  1. Para sueldo de los cirujanos del ejército, $ 5.58o

El señor Egaña. - ¿Estos cirujanos están en servicio de algun pueblo o están ejerciendo la profesion no mas?

El señor Aldunate. — Señor, están en el lugar donde se les ha destinado, en los hospitales. Ejercen su profesion, pero cumplen con su deber

El señor Egaña. - Bueno, señor; si cumplen con su deber, no hai embarazo en que ejerzan su profesion.

Aprobada.

  1. Para sueldo de los jenerales, jefes i oficiales retirados temporalmente, $ 38,541.6.

Aprobada.

  1. Para sueldo de los retirados absoluta mente e inválidos, $ 61,365.3.

Aprobada.

  1. Para montepío militar i asignaciones pias, $ 40,855.1 3/4.

El señor Egaña. - ¿Todas éstas son en virtud de la lei?

El señor Aldunate. - Sí, señor.

Aprobada.

  1. Para sueldo de empleados en las maestranzas, $ 7,599.

Aprobada.

  1. Para el cuerpo de Artillería por sueldos, papel, refaccion de monturas, forraje, pérdida en la caballería, sobresueldos a una compañía estacionada en Valpararaiso, luz, lumbre i previos, $ 60.033.3 3/4.

Aprobada.

  1. Para los cuatro batallones de infantería, por sueldos, papel, vestuario, luz, lumbre i previos, $ 169,371.1.

Aprobada.

  1. Para dos rejimientos i un escuadron de caballería, por sueldos, papel, refaccion de monturas, vestuarios, forraje, pérdida en los caballos, luz, lumbre i previos, $ 116,591.5 1/2.

Aprobada.

  1. Para sueldos de un jefe i ocho oficiales, agregados al cuerpo de Artillería i rejimiento de Cazadores i Granaderos a caballo, $ 5,256.

El señor Egaña. - Pero estos son oficiales de otra arma, ¿i se les agrega a la Artillería?

El señor Aldunate. — Si, señor; adonde se les ha destinado.

El señor Egaña. — Pues, señor, mi observacion iba a esto; ¿por qué siendo de otra arma, se le agrega a otra que tiene mas sueldo? ¿O quedan, señor, con el mismo sueldo?

El señor Aldunate. — Quedan con el mismo sueldo, señor. En la campaña de la guerra del Perú, hubo algunos oficiales que quedaron sin colocacion, i se declaró que se agregasen a algun cuerpo, para que gozaran del sueldo que les corresponde.

El señor Presidente. - Aquí está todo el pormenor. Se leerá sí se quiere.

Se leyó,

Aprobada.

  1. Para sueldos, gastos de la Academia Militar $ 19,767.6 1/4.

El señor Egaña. - ¿Pero hai una suma determinada para esto?

El señor Aldunate. — No, señor; esto es para el pago de profesores, porque de otro modo no alcanzaria ni para la cuarta parte de lo necesario.

Aprobada.

  1. Para hospitalidades del Ejército, sobre sueldos a las compañías estacionadas en el Norte, i pago de casas que sirven de cuarteles, $ 20,407.4,

Aprobada.

  1. Para sueldos, armamento, vestuario, cuarteles i músicas de las guardias cívicas de toda la República, $ 212,151.4 1/2 reales.

El señor Presidente. — En esta suma, que se ve que aquí se gasta en guardias cívicas, están comprendidos gran número de oficiales del Ejército permanente que se hallan en dichas guardias cívicas, porque no hai colocacion ni habia donde ponerlos. Así es que no es tanto aunque parece tan abultado el gasto.

El señor Aldunate. — Hai alguna observacion hecha por la Comision, a que yo querria contestar, bien sea en la discusion de esta partida, o bien sea en la de cualquiera otra.

Las observaciones de la Comision en esta parte, se reducian primero a que no se diera sueldo a los oficiales de la guardia cívica que lo tengan, es decir, a los oficiales veteranos que estaban en las dichas guardias. Yo observé en la Cámara de Diputados que el sueldo de estos oficiales de milicia, no importa mas que 10,000 i tantos pesos, i en cuanto a la observacion, hice presente que la mayor parte de los oficiales de milicias lo recibian para su precisa mantencion; que muchos de ellos lo ceden para la música i otros gastos del cuerpo. Dije que no sabia qué objeto tuvo el Gobierno cuando acordó esos sueldos; aunque he oido decir que el Gobierno los señaló para que los jefes los cediesen a los cuerpos, i por esto no ha hecho una rebaja de ellos. Pero lo que hai de cierto es que muchos lo reciben i se mantienen con él.

El señor Egaña. — Pero el servicio de los cívicos es sin sueldo. Nunca los cívicos han tenido sueldo. Lo mas que se ha hecho ha sido ponerles plazas mayores veteranas, i nó cívicos: yo creo que en esto se ha faltado a las leyes.

El señor Aldunate. — Señor, en tiempo del Gobierno Portales se hizo exijir una cuenta de las cantidades recibidas, i tambien de todas esas cantidades consideradas en los presupuestos. Esa cuenta vino al Ministerio i no sé qué se hizo. Mas, repito que lo que hai de cierto les que muchos oficiales reciben el sueldo i se mantienen con él.

El señor Presidente. — Pero la Comision decia que se diese colocacion a estos oficiales veteranos, i si hai pobres que se mantienen con ese sueldo, que busquen otra cosa de qué vivir.

El señor Aldunate. — Yo obserré en la Cámara de Diputados que talvez algunos cuerpos sufririan algo quitando los sueldos a sus comandantes, i que si el Congreso daba una cantidad a mas de los 50,000 pesos para el servicio de la música, no habria inconveniente en rebajar el sueldo de los oficiales cívicos.

El señor Presidente. — Se suspende la sesion.

A segunda hora se leyeron dos oficios de la Cámara de Diputados: en el primero se anuncia que esa Cámara se ha conformado con las adiciones hechas por el Senado al proyecto de lei sobre arreglo del cabildo eclesiástico de Ancud, i se mandó archivar. En el segundo se avisa que esa Cámara ha aprobado sin variacion alguna el proyecto de lei en que se conceden 12 mil pesos para ausiliar el edificio del Asilo del Salvador, i se mandó Comunicar al Supremo Gobierno.

El señor Presidente. — Continúa la discusion sobre los gastos de la guardia cívica.

No habiendo quien tomara la palabra, se procedió a votar sobre la partida en discusion i resultó aprobada por sólo ocho votos contra tres.

  1. Para sueldos i gastos de la Comisaría de Marina, $ 8,986.

Aprobada.

  1. Para sueldos i gastos de la secretaría de la Comandancia Jeneral de Marina, con el sueldo del secretario, oficial, portero, gastos de escritorio i pago de casa, $ 2,420.

El señor Ortúzar. — Sobre esto tambien se hizo una observacion en la comision mista.

El señor Presidente. — Sí, señor; recuerdo que en la Comision de Presupuestos se hizo observacion para que se formase una mesa nueva en la Comandancia Jeneral de Marina i no fuese oficina por separado, porque de este modo se consultaba un ahorro. Esta fué la observacion.

El señor Egaña. — ¿Pero esa mesa dónde se colocaba?

El señor Presidente. — Seria una seccion de la Comisaría, i se decia que habia un ahorro de portero i casa.

El señor Egaña. — Pero esa observacion era ninguna: yo creo que la observacion era para que se suprimiese la secretaría; porque de otro modo, lo que se iba a ahorrar era portero i casa.

El señor Aldunate. — Señor, en cuanto a la utilidad de esta oficina, parece que no hai duda. Ya habrán leido los señores Señores la memoria que presenté al Congreso, i el informe del Comandante Jeneral de Marina, i por ella se verá que sin esta secretaría no podrá haber arreglo, porque se necesitan oficiales para este solo objeto.

En cuanto a casa, actualmente el Gobierno ha hecho conocer al Congreso la dificultad que hai aun para la oficina o secretaría del Intendente, i si éste hubiera de costear las secretarías i casa, no tendria ni para vivir. Por otra parte, el año pasado se acordó que se diese esta cantidad pequeña de 300 pesos, cuando quizá no bastaban 500, porque en Valparaiso las casas son mui caras.

Por todo lo espuesto, yo creo que debe aprobarse la partida tal cual está concebida.

El señor Presidente. — ¿Ningun otro señor toma la palabra?

Se procedió a votar i fué aprobado por unanimidad.

  1. Para sueldos i gastos de los empleados en arsenales, $ 4,975.2.

El señor Aldunate. — Esto es conforme a los últimos reglamentos, i aun ménos, porque se ban suprimido algunas plazas.

En la marina hai que hacer un arreglo sobre arsenales i seguramente que éstos deberán estar a cargo de un jefe, porque sin esto no puede haber economía i arreglo de los buques. Sin un hombre que entienda lo que en un buque se puede consumir, no podrá haber jamas economías, i el Comandante Jeneral de Arsenales desempeña el de capitan de navío.

Estos dos destinos están resumidos en el Comandante actualmente, i se está haciendo en el dia reglamento sobre esta materia para someterlo oportunamente a las Cámaras Lejislativas.

El jefe de arsenales eximina las planillas i presupuestos de los jefes de los buques, i ve si lo que se pide en ellos es conforme con las exijencias de tales buques. Otra clase de empleados no conoceria esto, un oficial de marina sí que lo entiende. Yo creo que este empleo es el mas importante de la Marina.

Aprobada.

  1. Para sueldos de todas las capitanías de puertos, $ 19,160.

Aprobada

  1. Para sueldo de los oficiales de Marina empleados en comisiones i retirados temporalmente, $ 5,226.4}-.

El señor Egaña. — Señor, i estos oficiales que están ahora sostenidos por el Gobierno i ejerci tándose en buques estranjeros ¿han contraído obligacion de continuar prestando sus servicios por algunos años? Porque puede despues de que se consuma una gran cantidad en los gastos de su educacion, mantencion, etc., querer retirarse a sus casas, como sucedió con los cadetes, que despues de haber gastado no quisieron servir.

El señor Aldunate. — Casualmente ha notado V. S. un mal que se trata de reparar. Ayer mismo se ha puesto un no ha lugar a una solicitud de un oficial que pedia su retiro, i en verdad que sabe cumplir con sus obligaciones. ¡Pero es preciso conocer que hacen esto porque no se les paga lo que merecen por los conocimientos i trabajos!

Este oficial ha tenido ofertas mui ventajosas en los buques mercantes donde lo querian hacer capitan.

El señor Egaña. — Sí, pero esto no es razon para que se nieguen a servir despues de haber gastado en ellos.

El señor Aldunate. En el reglamento que se haga para los guardias marinas, debe obligárseles a servir un número fijo de años, como a los cadetes.

El señor Presidente. — ¿No es sabido que no se permite el retiro si el Gobierno no encuentra justo motivo? Si está en manos del Gobierno el negarlo cuando no sea justo, no hai necesidad de hacer observacion ahora sobre esto.

El señor Ortúzar. — Pero ahora mismo ha dicho el señor Ministro que se ha negado una licencia, i esto mismo está manifestando que no hai necesidad de hacer observacion.

Aprobada:

  1. Para costo de los vijías en Valparaiso, $ 408.

Aprobada:

  1. Para sueldo de inválidos i montepío, $ 1.757

Aprobada:

  1. Para sueldo i gastos de la fragata Chile. $ 74,934.2 3/4

Aprobada:

  1. Para sueldos i gastos de tres goletas de guerra, $ 37.934.2 3/4

Aprobada:

  1. Para sueldos i gastos de una brigada de infantería de marina, $ 23,985.

Aprobada:

  1. Para contribucion de serenos, $ 183.

Aprobada:

  1. Para gastos de la colonia del Estrecho de Magallanes, $ 12,000.

Aprobada: Para pago de casa, profesores i demas gastos de la escuela náutica. $ 4,000.

Aprobada: 33. Para trasportes i fletes de mar i tierra, $6,000

Aprobada:

  1. Para premio de conduccion de caudales, $ 1,000.

Aprobada:

  1. Para elaboracion de municiones de guerra e impresiones, $ 10,000.

Aprobada:

  1. Para reparacion de cuarteles, fortalezas i almacenes, $ 12,000.

Aprobada:

  1. Para compra de ornamentos i correajes, $ 40,000.

El señor Aldunate. — Esta partida se ha puesto por si el Congreso quiere que continúe la compra de armamentos para tener un depósito en la Sala de Armas para un caso de necesidad.

El señor Egaña. - Para aprobar esta partida era preciso saber si hai armamentos.

El señor Aldunate. — No hai ninguno: ahora se va a remitir los que ha comprado el señor Rosales.

El señor Presidente. — ¿Pero cuantos serán los que tienen que venir?.

El señor Aldunate. - Señor, con los gastos que hai que hacer, me parece que se podrán traer siete mil fusiles.

Aprobada:

  1. — Para enganchamientos, $3,000

Aprobada:

  1. Para pago del tercer año a la familia del coronel Spano por deuda mandada pagar, $ 4.841.7 1/2

Aprobada:

  1. — Para gastos imprevistos de guerra i marina, $ 40,000.

Aprobada:

El señor Presidente. — Queda aprobado todo este presupuesto, i para la conclusion de todos sólo hai que decidir el empate sobre la indicacion que pedia la supresion del segundo portero del Consulado de Santiago.

El señor Egaña. — Yo desisto de ella, señor, pues este empate es lo mas que se ha podido conseguir; pero desisto sólo por este año.

El señor Presidente. — Mui bien, pues, señor; se da por aprobado el gato del segundo portero del Consulado, que son 300 pesos al año.

El señor Egaña. — Pues, ántes que se levante la sesion, quisiera suplicar al señor Presidente que mandase imprimir desde luego dos proyectos de lei que hai pendientes i pasados por la Cámara de Diputados. Uno es sobre arreglo de sueldos del ejército permanente; i el otro sobre clasificacion de los cuerpos del ejército. Bueno será que se vayan imprimiendo i se repartan a los Sanadores para que estuviesen instruidos cuando se discutan.

El señor Presidente. — Mui bien, señor, se mandarán imprimir, el primero desde luego, i el segundo tan pronto como lo remita la otra Cámara donde se halla pendiente.

Como no hai una lei que disponga que las memorias de los Ministros del despacho se lean cámara de precisamente i como estamos en un tiempo tan angustiado para la aprobacion de presupuestos, no se habia hecho leer la memoria del Ministro de Hacienda que ha remitido con una nota. Puede leerse.

Se leyó la nota, se dió cuenta de la memoria i se mandó archivar.

El señor Presidente. — El dia 20 concluye la prórroga i creo que seria preciso reunirse mañana para ponerse de acuedo con la otra Cámara para cerrar las sesiones si no hai otra determinacion en el Gobierno, o al ménos para despachar alguna otra lei. Lo consulto a la Sala.

El señor Egaña. — Creo que debe reunirse mañana, porque puede venir algun proyecto de la Cámara de Diputados. Me parece que debe reunirse mañana en la noche, i aun el domingo por la mañana.

El señor Presidente. — Entónces quedan citados para mañana en la noche. Quedan en tabla los proyectos de lei sobre privilejios e hipotecas i sobre creacion de la oficina de estadística.

Se levantó la sesion.


ANEXOS editar

Núm. 208 editar

En sesion de 16 del corriente, se han tomado en consideracion las lijeras adiciones que esa Cámara tuvo a bien hacer al proyecto de lei acordado por la de Diputados, en se detalla el arreglo i dotacion del Cabildo de la Iglesia Catedral de Ancud, i la Sala les ha prestado su aprobacion; en su consecuencia, se ha comunicado con esta fecha dicho proyecto al Presidente de la República.

Dios guarde a V. E. — Santiago, 16 de Octubre de 1844. — F. A. Pinto. — Ramón Rengifo. — A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 209 editar

Esta Cámara ha dado su aprobacion sin alteracion alguna al proyecto de lei acordado por senadores esa honorable Cámara, en que se autoriza al Presidente de la República para ausiliar con doce mil pesos la construccion de la casa de asilo de pobres vergonzantes, denominado del "Salvador".

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde a V. E. — Santiago, 16 de Octubre de 1844. — F. A. Pinto. — Ramón Rengifo. — A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 210 editar

Por encargo de la Comision de Lejislacion del Congreso, presento a V. E. para conocimiento de la honorable Cámara de Senadores, el resultado de sus trabajos desde el 30 de Agosto de 1843, en que se dió la última noticia de ellos al Congreso.

Se han redactado en esta época los títulos 21, 22, 23, 24 i 25, pertenecientes a la materia de las obligaciones convencionales, comprendiéndose entre ellos los de las capitulaciones matrimoniales i los contratos de venta i arrendamientos, cuya estension i dificultad son conocidas.

Mas hubiera podido adelantar la Comision, si la larga ausencia de algunos de sus miembros i las ocupaciones de algunos de los restantes, en especial durante las sesiones de la lejislatura, le hubiesen permitido celebrar con mas frecuencia sus acuerdos, que sólo han podido ser diecinueve desde la fecha anteriormente anunciada, en lugar de veintisiete, que correspondian segun la lei.

Para obviar iguales embarazos en lo sucesivo, i adelantar la conclusion de esta obra importante, se propuso un proyecto de lei, dirijido a que se reuniesen en un solo cuerpo la Comision i la Junta revisora; i es imposible que no se haya podido tomar en consideracion por las Cámaras, porque hai preparados para la discusion, materiales a que ya falta poco para abrazar todos los títulos del Código.

Dios guarde a V. E. — Santiago, 15 de Octubre de 1844. — Andres Bello. — Al Excmo. señor Presidente de la Cámara de Senadores.


  1. Esta sesion ha sido tomado de El Progreso del 24 de Diciembre de 1844, núm. 658. —(Nota del Recopilador).