Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1844/Sesión de la Cámara de Diputados, en 5 de junio de 1844

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1844)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 5 de junio de 1844
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 2.ª EN 5 DE JUNIO DE 1844
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO A. PINTO


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Obligaciones del empréstito de Lóndres. —Honores a la memoria de don B. O'Higgins. —Residencia del ejército. —Contestacion al discurso de apertura. —Plan de sueldos del ejército. —Acta. —Anexos.

A primera hora.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Presidente de la República acompaña 115 obligaciones de las antiguas del empréstito de Lóndres. (V. sesion del 22 de Diciembre de 1843).
  2. De otro oficio pnr el cual el Senado avisa la formacion de su Mesa. (Anexo núm. 9).

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Contestar el oficio del Senado sobre la formacion de su Mesa.
  2. Pasar a la comision de hacienda las 115 obligaciones del empréstito de Lóndres remitidas por el Gobierno. (V. sesion del 4 de Setiembre de 1846).
  3. Dejar para segunda discusion el artículo 1.º del proyecto de lei que manda tributar ciertos honores a la memoria de don Bernardo O'Higgins, i aprobar los artículos 2°, 3.º,4.º i 5.º (V. sesiones del 26 Julio de 1843 i 21 de Junio de 1844).
  4. Que la comision de Constitucion presente a segunda hora un proyecto de lei que permita la residencia del ejército en el lugar de las sesiones del Congreso.

A segunda hora.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un proyecto de lei propuesto por la comision de Constitucion i que permite la residencia del ejército en la Capital. (Anexo núm. 10 V. sesion del 5 de Junio de 1843).
  2. De un proyecto de contestacion al dis curso de apertura del Congreso. (Anexo núm. 11. V. sesion del 23 de Junio de 1843 i 7 de Junio de 1844).

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Aprobar el proyecto de lei que permite la residencia del ejército en Santiago. (Anexo núm. 12. V. sesion del 21).
  2. Dejar para segunda discusion los artículos 6.°, 8.° i 9.° del proyecto de lei que manda tributar ciertos honores a la memoria de O'Higgins i aprobar el 7.º
  3. Aprobar en jeneral el plan de sueldos del ejército. (V. sesiones del 18 de Octubre de 1843 i 7 de Junio de 1844).

ACTA editar


Sesion en 5 de junio de 1844

Se abrió a las siete i cuarto de la noche con asistencia de los señores Arteaga, Barra, Bustamante, Cifuentes, Correa don Luis, Davila, Donoso, Gallo, Gandarillas, García Reyes, Iñiguez, Irarrazaval, Larrain, Lastarria, Lastra, Lira, López, Montt, Necochea, Orrego, Palacios, Palma don Cipriano, Palma don José Gabriel, Pérez, Pinto, Prieto, Rosas, Saufuentes, Tagle don Agustin, Tagle don Ramon, Toro, Velásquez, Vial don Ramon, i Renjifo.

Aprobada el acta de la anterior, se leyó un oficio del Senado en que se anuncia la eleccion de Presidente i Vice presidente hecha por aquella Cámara el día primero del actual i se mandó contestar.

Después se leyó un mensaje del Presidente de la República al cual acompaña las 115 antiguas obligaciones del empréstito de Lóndres que con las 9,199 remitidas a esta Cámara con fecha 6 de Diciembre del año pasado, componen el total de 9.314 que han sido renovadas conforme al convenio últimamente celebrado con los accionistas, i se mandó pasar a la Comision de Hacienda donde se hallan los antecedentes.

Púsose despues en discusion particular el proyecto de honores fúnebres al jeneral O'Higgins. El primer artículo quedó para segunda discusion i se aprobaron el segundo, tercero, cuarto i quinto en la forma siguiente:

"Art. 2.º Los restos mortales del jeneral O'Higgins serán exhumados i trasladados oportunamente de la capital del Perú a la de esta República.

"Art. 3.º Una comision compuesta de un miembro de cada una de las Cámaras Lejislativas nombrados por ella misma i de un jeneral del Ejército que elejirá el Gobierno, se embarcarán en un buque de guerra de la Nacion para conducir al seno de la patria las cenizas del finado jeneral.

"Art. 4.º Al dia siguiente de llegar a la Capital dichas cenizas, se celebrarán solemnes exequias al capitán jeneral don Bernardo O'Higgins en la Iglesia Metropolitana del Estado.

"Art. 5.º Las cenizas del capitan jeneral don Bernardo O'Higgins serán depositadas en el panteon jeneral de esta ciudad en el lugar destinado para los Presidentes de la República".

Hallándose en este estado la sesion, se presentó a la Cámara el señor Ministro de la Guerra a esponer que cumpliéndose el dia 6 del presente el plazo del permiso que el Congreso tiene concedido para que residan cuerpos del ejército permanente en el lugar de sus sesiones, i a fin de evitar los gastos que demanda la traslacion de dichos cuerpos a otro punto distante de la capital, proponía a la Cámara que iniciase la lei que en otros años se ha iniciado por el Ejeculivo con el mismo objeto. A consecuencia de esta esposicion el señor Presidente, con acuerdo de la Cámara, encargó a la Comision de Constitucion presentase para la segunda hora redactado el indicado proyecto, con lo cual se suspendió la sesion.

A segunda hora se presentó por la Comision dicho proyecto, i discutido en jeneral i particular a un mismo tiempo fué aprobado por unanimidad en la forma siguiente:

"Artículo único. El Congreso Nacional permite que residan cuerpos del Ejército permanente en el lugar de sus sesiones i diez leguas a su circunferencia hasta el 15 de Junio de 1845." I se acordó comunicarlo al Senado sin esperar la aprobacion del acta.

Se leyó el proyecto de contestacion al discurso de apertura i quedó en tabla para su discusion.

Continuó despues la discusion particular del proyecto de honores fúnebres del jeneral O'Higgins i quedaron para segunda discusion los artículos 6.º, 8.º i 9.º, habiéndose aprobado el 7.º en la forma siguiente:

"Art. 7.º El retrato del jeneral O'Higgins, costeado por la nacion; será colocado con distincion en la sala de Gobierno, miéntras se forme la galeria de retratos de los hombres eminentes de la República".

Ultimamente se puso en discusion jeneral el proyecto de un nuevo plan de sueldos militares i que ló aprobado por unanimidad, levantándose en este estado la sesion a las nueve i cuarto. —Pinto. —R. Renjifo.


ANEXOS editar

Núm. 9 editar

El Senado, en sesion de 1.° del corriente tuvo a bien reelejir para Presidente al señor don Mariano Egaña.

Dios guarde a V.E. — Santiago, Junio 3 de 1844. —Juan de Dios Vial del Rio. —Francisco Bello. Pro-Secretario. —A S.E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 10 editar

La Comision de Constitucion, en virtud de la facultad que confiere al Congreso Nacional la parte 8.ª del artículo 37 del Código fundamental de la República, propone a la deliberacion de la Cámara el siguiente

PROYECTO DE LEI:

"Artículo único. El Congreso Nacional permite que residan cuerpos del ejército permanente en el lugar de sus seciones i diez leguas a su circunsferencia, hasta el 15 de Junio de 1845." Sala de la Comision, Junio 5 de 1844. Pedro J. Lira. —J. V. Lastarria. —P. Felipe Iñiguez.


Núm. 11 editar

Señor:

Nos unimos a vosotros para tributar toda nuestra gratitud a la Divina Providencia por el beneficio inestimable que nos concede la paz i tranquilidad de que goza la República.

La Cámara ha leido con la mayor satisfaccion el discurso que le habéis dirijido a la apertura del segundo período de la presente lejislatura; i al acusaros recibo de este documento, aplaude vuestros esfuerzos para mantener la respetabilidad esterior i ensanchar la prosperidad interior de la nacion Chilena.

Ciudadano Presidente: la Cámara de Diputados aprovechará con entusiasmo toda ocasion que le presenteis, de prestaros una completa cooperacion, a fin de conseguir la mayor suma de dicha i realzar la respetabilidad de Chile, que es el piimero i principal objeto de vuestros desvelos. Santiago, Junio de 1844. B.J. de Toro. —José Joaquin Pérez. —Pedro J. Lira.


Núm. 12 editar

Esta Cámara ha tenido a bien iniciar i aprobar el siguiente

PROYECTO DE LEI:

"Artículo único. El Congreso Nacional permite que residan cuerpos del ejército permanente en el lugar de sus sesiones i diez leguas a su circunsferencia, hasta el 15 de Junio de 1845." Santiago, Junio 5 de 1844. —Francisco Antonio Pinto, Presidente. Ramón Renjifo, Diputado-Secretario. —A S.E. el Presidente del Senado.