Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1843/Sesión de la Cámara de Senadores, en 2 de octubre de 1843

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1843)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 2 de octubre de 1843
CAMARA DE SENADORES
SESION 48.ª EN 2 DE OCTUBRE DE 1843
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ MIGUEL IRARRÁZAVAL


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Prorrogacion de las sesiones ordinarias. —Cartas de ciudadanía. —Solicitud de don Ventura Lavalle. —Construccion de una casa de estudios. —Presupuestos de 1844. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta.

  1. De un oficio por el cual el Presidente de la República comunica que ha resuelto prorrogar por 20 dias mas las sesiones ordinarias. (Anexo núm. 249).
  2. De otro por el cual el mismo majistrado comunica que ha mandado estender cartas de ciudadanía en favor de los señores Willams, Rojas, Batalla i Moraschini. (Anexo núm. 250. V. sesion del 27 de Setiembre último).
  3. De una solicitud de don Ventura Lavalle, quien pide permiso para aceptar una medalla de brillantes con que la Convencion Nacional de Bolivia le ha obsequiado. (Anexo núm. 231. V. sesion del 16).

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Contestar al Gobierno que el Senado queda instruido de la prórroga de las sesiones. (Anexo núm.252).
  2. No habiéndose podido llegar a avenimiento con la comunidad de San Francisco sobre los terrenos donde se trata de construir una casa de estudios, volver a tratar del proyecto de lei que ordena dicha construccion. (V. sesiones del 9 de Agosto de 1843 i 9 de Agosto de 1844).
  3. Aprobar los artículos 1.° i 2.°de dicho proyecto de lei. (V. sesiones del 9 de Agosto i 16 de Octubre de 1843).
  4. Aprobar las partidas 1.ª, 4.ª, 5.ª, 6.ª, 8.ª, 9ª, 10, 14 i 21 del Presupuesto de Justicia i Culto. (V. sesiones del 29 de Setiembre i 6 de Octubre de 1843).

ACTA editar

Sesion del 2 de octubre de 1843

Asistieron los señores Irarrázaval, Alcalde, Aldunate, Bello, Benavente, Cavareda, Egaña, Formas, Meneses, Ortúzar, Prieto, Renjifo, Solar i el señor Ministro de Justicia.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se dió cuenta de un oficio del Presidente de la República en que anuncia haber acordado prorrogar las sesiones del Cuerpo Lejislativo, por veinte dias contados desde el primero de Octubre i se mandó acusar recibo i archivarlo.

Se leyó otro oficio del Presidente de la República en que avisa haber mandado estender las correspondientes cartas de naturaleza á favor de don Roberto Williams, don Mariano Rojas, don Ramon Batalla, i don Manuel Moraschini; i se mandó archivar.

Se leyó una solicitud presentada a nombre de don Ventura Lavalle, Ministro Plenipotenciario de esta República cerca del Gobierno peruano, a fin de que el Congreso le otorgue el permiso que necesita con arreglo al párrafo 4.° artículo 11 de la Constitucion para admitir la medalla de brillantes con que le ha obsequiado la Convencion Nacional de la República de Bolivia; i se puso en tabla para segunda lectura.

El señor Ministro de Justicia espuso a la sala que no se habia podido ajustar una transaccion con la Comunidad de San Francisco sobre los derechos que esta tiene a los sitios que posee el Fisco inmediatos a la Iglesia de San Diego, i en que debia construirse la nueva casa de estudios segun el proyecto de lei iniciado sobre este asunto. En vista de esta esposicion, i habiendo cesado el motivo por el cual se hallaba suspensa la discusion particular de este proyecto de lei, se procedió a deliberar sobre el artículo 1.° que despues de varias indicaciones fué unánimemente aprobado en la forma que sigue:

"Artículo primero. Se autoriza al Presidente de la República para que invierta doscientos cincuenta mil pesos de las rentas nacionales en la construccion de una casa de estudios que se verificará en cualquier sitio fiscal o de propiedad particular que sea preciso adquirir para este objeto."

El artículo 2.° fué aprobado por unanimidad en la forma que sigue:

"Art. 2.° Luego que dicha casa se hallare en estado de servir al objeto con que se construye, se trasladará a ella el Instituto Nacional, i el local que actualmente ocupa este establecimiento quedará a favor del Fisco".

En atencion a hallarse presente el señor Ministro de Justicia, se pusieron en discusion las partidas del presupuesto del departamento de su cargo que se habian dejado en suspenso hasta oir las esplicaciones que tuviere a bien dar acerca de varias dudas ocurridas sobre aquellas.

Hechas por el señor Ministro las esplicaciones requeridas, convino la Sala en que subsistiese la asignacion de $ 366 al oficial auxiliar don José Miguel Aldunate, i aprobó por unanimidad la partida i.ª en que se contiene esta asignacion. Se conformó el señor Ministro con la rebaja de $ 60 señalados al guarda mayor de tiendas; i la sala aprobó por unanimidad con este descuento la partida 4.ª En la 5.ª se acordó por doce votos contra uno, reducir a $ 200 la cantidad de 300 señalada para gratificacion del escribiente i gastos de la oficina del Juzgado del Crimen de Santiago. En la partida 6.ª se aprobó con dos votos por la negativa la gratificacion de $ 192 que se señala al oficial que manda la tropa que custodia el Presidio jeneral, adoptándose en consecuencia dicha partida como se contiene en el proyecto de lei pasado por la Cámara de Diputados. Las partidas 8.ª, 9.ª, 10, 14, i 21, satisfechas por el señor Ministro las dudas ocurridas en ellas, fueron unánimemente aprobadas sin alteración alguna, siendo las partidas que habian quedado suspensas del tenor siguiente:


1.ª
Para sueldos i gastos de secretaría, incluso un oficial para la estadística judicial con el sueldo anual de mil pesos 9,910

2.ª Para id. id. de los Tribunales de Comercio, rebajada en el presupuesto del Consulado de Santiago la asignacion de sesenta pesos al guarda mayor de tiendas 6,250

5.ª Para sueldo de quince Jueces de Letras i gastos en sus respectivos juzgados, jubilaciones i ajentes fiscales, con el aumento de doscientos pesos anuales para gratificación del escribiente i gastos de oficina del Juzgado del Crimen de Santiago 41,444

6.ª Para sueldos i gastos de Presidios 12,289

8.ª Para gastos estraordinarios 33,980

9.ª Para sueldos i gastos del Culto de la Iglesia Metropolitana i su seminario conciliar 52,453

10. Para id. id. de la Iglesia Catedral de Concepcion aplicando la tercera parte de la renta de los canónigos para la reedificacacion de la misma Iglesia Catedral 34,400
5
14. Para diversos gastos del Culto 4,855

21. Para escuelas de primeras letras 16,993


En este estado se levantó la sesion, quedando en tabla para la próxima los proyectos de lei sobre presupuestos, sobre venta de terrenos en la hacienda de Choapi, sobre transaccion con la viuda i herederos de don Francisco Ramírez i sobre señalamiento de pensión a doña Cármen Guzman. —IRARRÁZAVAL.
SESION DEL 2 DE OCTUBRE[1]

Aprobada el arta de la sesion del 29, el pro secretario leyó dos oficios del gobierno: uno en que prorroga por veinte dias mas las sesiones ordinarias del Congreso, i otro en que da ruenta de haber espedido varias cartas de naturaleza. Se leyó también una peticion de don Juan Ramon Casanova, apoderado del Excmo. Ministro Plenipotenciario de Chile cerca del Gobierno Peruano don Ventura Lavalle, para que se le conceda a este último la facultad de usar la medalla que le otorgó la Convencion Nacional de Bolivia, a consecuencia de la intervencion que tuvo como ministro mediador en la paz de Puno. El señor Egaña pidió que esta solicitud se devolviese para que venga por órgano del Gobierno que es el lejitimo; pero la Sala acordó reservarla para se gunda lectura.

El señor presidente preguntó al señor ministro de Justicia Culto e Instruccion Pública, que se hallaba en la sala, si tenia algo que esponer.

Inmediatamente tomó la palabra i dijo: que en una de las anteriores sesiones, cuando se discutía el proyecto de leí en que se autoriza al gobierno para construir una casa de estudios en los sitios que posee el fisco inmediatos a la iglesia de San Diego, se tuvo presente una solicitud de los RR. PP. Franciscanos en que reclaman la propiedad de dichos sitios. Prometí entónces celebrar un arreglo con ellos i ahora vengo a dar cuenta que aunque estaban ya convenidos con las bases que les propuse, sin embargo, su síndico no se ha conformado con el as; por consiguiente el asunto es concluido i no puede adelantarse mas en él. A mi juicio puede adoptarse una medida que salva los inconvenientes, tal es, quitar del artículo i.° del proyecto la palabra San Diego; porque bien puede el gobierno hacer el edificio en otro lugar, i los relijiosos no tendrán motivo alguno de queja. Conforme con la indicacion que acabo de hacer, puede omitirse la segunda parte del artículo i poner en su lugar estas palabras: i en la adquisicion de los terrenos necesarios para ella.

El artículo i.° del proyecto orijinal dice así: "Se autoriza al Presidente de la República para que invierta doscientos cincuenta mil pesos de las rentas nacionales en la construccion de una casa de estudios, que deberá edificarse en todos los sitios que el fisco posee inmediatos a la iglesia de San Diego i en los de propiedad particular que sea preciso adquirir para regularizar la forma del terreno."

El señor Egaña fué de opinion que en lugar de las palabras que siguen a San Diego, se pongan estas otras o en otros de propiedad fiscal o particular.

El señor Irarrázaval pidió que a la indicacion del señor Egaña podia agregarse "que se adquieran con este objeto."

El artículo fué aprobado por once votos contra uno, con arreglo a las dos últimas indicaciones.

"Art. 2.° Luego que dicha casa se hallare en estado de servir al objeto con que se construye, setrasladará a ella el Instituto Nacional, i el local que actualmente ocupa este establecimiento quedará a favor del fiscon. Fué aprobado unánimemente.

A consecuencia de hallarse presente el señor Ministro, continúa la discusion de las partidas, que por observaciones hech is por e señor Egaña, quedaron pen tientes lei presupuesto del Ministerio de Justicia, Culto e Instruccion Públiea.

Para sueldo le un oficial auxiliar, $ 366.

El señor Ministro dijo: que este oficial es indispensablemente necesario, porque los de número son mui pocos por ser la planta de esta oficina distinta de la de los otros ministerios. El de Justicia tiene ménos oficiales que los otros, i el despacho diario es mui pesado. Por ejemplo, en una copia de un espediente o en la espedicion de una circular se emplea un oficial dos o tres dias. Nunca se ha servido con ménos oficiales, aunque ántes se gastaba ménos, porque habia mas auxiliares i fdtaban oficiales de número. En fuerzade esta esposicion la Cámara aprobó unánimemente esta partida.

Para el guarda mayor de tiendas, $ 60.

El señor Ministro dijo: que en otro tiempo el consulado pagaba un sobresueldo para seguridad del comercio, pero que podia suprimirse esta partida porque ahora no se paga.

Se suprimió por unanimidad.

Para sueldo de un oficial de pluma del juzgado del crimen de Santiago i varios otros gastos, $ 300.

El señor Ministro de Justicia dijo en apoyo de esta partida: que en el presupuesto pasado por el Gobierno no existía; pero que en la Cámara de Diputados uno de los miembros que habia servido largo tiempo en el juzgado del crimen hizo esta indicacion, i considerándola justa le habia prestado su consentimiento. Se fundó que en la actualidad existe un escribiente pagado por el juez i por los escribanos; i aunque estos tienen obligacion de ejercer sus funciones, las desempeñan mal, i es por consiguiente necesario que haya un hombre esclusivamente dedicado a los objetas en que se ocupa el escribiente. Por otra parte el juez paga de su bolsillo no solo aeste empleado, sino también los gastos de escritorio, de manera que si abre el juzgado de noche, corre de su cuenta la compra de velas, etc., i aunque en otro tiempo se subvenía a estos gastos con el producido de la multas que imponían los jueces, en el dia, habiéndose abolido tales multas, es justo que la nacion cargue con esa obligacion. El señor Egaña insistió, como lo hizo la otra vez que se discutió esta partida, en que ni el Fisco, ni el juez deben hacer este desembolso, sino los escribanos.

El señor Benavente espuso poco mas o ménos las razones aducidas por el señor Ministro.

El señor Juan Francisco Meneses Echanes dijo: que los escribanos tienen obligacion de llevar un rejistro de que actúen cada uno por separado, i no un libro ordenado i comun como el que lleva el escribiente en el Juzgado del Crimen. Por otra parte que, no se les debe gravar con muchas obligaciones, porque el trabajo de su oficio es mui pesado, i pierden mucho tiempo en los servicios gratuitos que prestan a los pobres.

El señor Egaña pidió que la partida se redujese a doscientos pesos; i si esta suma no al canza, que se aumente el porrateo de los escribanos.

Así lo acordó la Sala por una mayoría de 11 votos contra 1.

Gratificacion al oficial encargado de la guarnicion del presidio ambulante $ 192.

El señor Ministro dijo: que a su juicio, el objeto que el Gobierno tendría para asignar esta gratificacion, seria o dar una recompensa al oficial que se dedica a tan penoso trabajo, o asegurar la permanencia tan útil en un destino de esta naturaleza. Confesó que a primera vista lo habia parecido cosa rara esta partida, pero que cuando habia visto los carros, la habia creido mui justa.

El señor Egaña dijo que la principal razon que habia tenido para oponerse a la aprobacion de esta partida es el mal ejemplo que se daba; porque de aquí en adelante no habrá quien quiera servir sin gratificacion, lo que seria un desorden i produciría un gravámen considerable al Erario.

El señor Ministro espuso que la guardia del presidio ambulante es escepcional, porque el oficial encargado de ella presta un servicio estraordinario, mucho mas duro que el que presta el resto del ejército; i porque sólo su estremada vijilancia puede evitar la fuga de los reos. Concluyó diciendo que estrañaba cómo el Senador que le habia precedido en la palabra habia oposicion a la partida, habiendo sido él que como Ministro suscribió el decreto del Gobierno que la autoriza.

Despues que el señor Ministro de Justicia leyó el decreto firmado por el señor Tocornal como Vice-presidente de la República i por el señor Egaña como su Ministro, se procedió a votacion i resultó aprobada por 10 votos contra 2.

Se suspendió la sesion.

A segunda hora.

Continuó la discusion del mismo asunto.

Al oficial que acompañe a los jueces de letras en la visita, $ 216.

Despues de una lijera esplicacion que hizo el señor Ministro sobre esta partida, el señor Egaña convino i fué aprobada unánimemente.

El señor Egaña notó en otra ocasion que faltaba en el presupuesto la dotacion de la 7.ª canonjía de la iglesia metropolitana i que estaba demas el sueldo del apuntador de fallas.

Para contestar a estas observaciones el señor Ministro dijo: que la 7.ª canonjía se suprimió por una real cédula i se aplicó a la inquisicion; i que posteriormente por un Senado-consulto se trasladó al Instituto Nacional; por consiguiente se halla incluida en la partida destinada a este establecimiento. En cuanto al apuntador de fallas observó: que su sueldo debe sacarse de la cuarta capitular i como ésta la percibe el Fisco, debe tambien pagar aquel sueldo. En cuanto al de la Catedral de Concepción dijo: que los canónigos sufren un descuento de su renta para la fábrica de la iglesia.

El señor Benavente dijo: que si los canónigos pagasen de su bolsillo al apuntador i no faltasen nunca, este empleado no gozaria sueldo, i que mejor seria suprimir este destino por lo vergonzoso que es que un cuerpo tan respetable como el cabildo eclesiástico, tenga un individuo que fiscalice su asistencia.

El señor Egaña convino con el señor Ministro, i se aprobó la partida por unanimidad.

Para sueldo de los capellanes en Chiloé, $ 348.

El señor Ministro dijo: que ha sido necesario dotar a estos dos eclesiásticos porque los curatos son poquísimos, embarazosa la administracion de los sacramentos i carecían de lo necesario para vivir.

Se aprobó unánimemente.

Para dos escuelas de primeras letras en Talca, $ 600.

El señor Egaña preguntó en otra ocasion si estas escuelas estaban dentro o fuera de la poblacion; el señor Ministro contestó que estaban fuera, i se aprobó por unanimidad. Se levantó la sesion.


ANEXOS editar

Núm. 249 editar

Estando al concluir la prórroga de 30 dias de sesiones que con arreglo a la atribucion concedida por la parte 4.ª del artículo 82 de la Carta Constitucional, acordó el Gobierno con fecha 30 del mes anterior, i no habiéndose llenado el objeto con que dicha prórroga fué acordada, pues que pende todavia en ámbas Cámaras la resolucion de importantes proyectos sometidos a su deliberacion; en uso de la facultad que me está conferida, he acordado prorrogar nuevamente las sesiones de la Lejislatura por 20 dias mas, que principiarán a contarse desde el i.° del próximo mes de Octubre. Lo comunico a V. E. para el conocimiento de la Cámara que preside.

Dios guarde a V. E Santiago, Setiembre 30 de 1843. —Manuel Búlnes. —R. L. Irarrázaval. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 250 editar

Conforme al acuerdo de la Cámara de Senadores que V E. me ha trascrito, con fecha de ayer he mandado estender las correspondientes cartas de naturaleza a favor de don Roberto Williams, don Mariano Rojas, don Ramon Batalla i don Manuel Moraschini.

Lo pongo en conocimiento de V. E. en contentacion a su citada nota.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Setiembre 30 de 1843. —Manuel Bulnes. —R. L. Irarrázaval. —A S. E . el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 251 editar

El que suscribe tiene la honra de hacer presente que el señor don Ventura Lavalle, Ministro Plenipotenciario de esta República cerca del Gobierno peruano, se ha servido hacerle el en cargo de solicitar del Congreso el especial permiso que necesita (segun el artículo 11, párrafo 4.° de nuestra Gonstitucion) para admitir el obsequio que la Convencion Nacional de la República de Bolivia se sirvió acordar en favor del señor Lavalle, de una medalla de brillantes, reconocida a los esfuerzos que empleó en el año próximo pasado, en su carácter de Ministro Mediador de Chile, para la celebracion de un tratado de paz entre las Repúblicas del Peni i Bolivia que puso fin a la ruidosa contienda bélica en que se hallaban. El que suscribe, cumpliendo con el indicado encargo, acompaña el poder que al efecto ha recibido del señor Lavalle, i en esta virtud:

Ruega al Congreso Nacional se digne otorgarle el permiso a que aspira.

Es gracia que espera de su acreditada munificencia. —Juan R. Casanova. —Al Congreso Nacional.


Ventura Lavalle, Enviado Estraordinario i Ministro Plenipotenciario de Chile cerca del Gobierno peruano,

Por el presente declaro que doi el poder bastante, i cual sea necesario, al señor don Juan Ramon Casanova, oficial I.° del Ministerio de Relaciones Esteriores, para que presentándese a mi nombre al Congreso Nacional, recabe el correspondiente permiso que necesito segun el artículo 11 de la Constitucion de la República, para que pueda yo admitir i usar la medalla que la Convencion Nacional de Bolivia me ha regalado, por la parte que me cupo, en clase de Ministro Mediador a nombre del Gobierno de Chile, en el tratado de paz firmado en Puno a 7 de junio de 1842, entre los Ministros Plenipotenciarios de Bolivia i del Perú.

Dado en Lima, i sellado con el sello de la Legación Chilena a 15 de Setiembre de 1843. —Ventura Lavalle.


Núm. 252 editar

Queda instruida esta Cámara de haber acordado V. E. prorrogar las sesiones ordinarias del Cuerpo Lejislativo por el término de 23 dias, contados desde el dia i.° del corriente.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 4 de 1843. —A S. E. el Presidente de la República.


  1. Esta sesiones tomada de El Progreso correspondiente al 5 de Octubre de 1843, núm. 273 —(Nota del Recopilador).