Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1843/Sesión de la Cámara de Diputados, en 23 de agosto de 1843

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1843)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 23 de agosto de 1843
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 33.ª EN 23 DE AGOSTO DE 1843
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO ANTONIO PINTO


SUMARIO. Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Dotacion de los intendentes i gobernadores. —Proyecto de lei de pesos i medidas. —Transaccion con los herederos de don F. Ramírez. —Juntas provinciales de caminos. —Repartimiento de la contribucion del catastro. —Poblacion del valle de Maipo. —Presupuesto de 1844. —Acta.—Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Presidente de la República propone un proyecto de lei que anmenta el sueldo de algunas intendencias i lo asigna a las Gobernaciones. (Anexo núm. 277. V. sesion del 15 de Diciembre de 1826).
  2. De otro oficio con que el Senado devuelve modificado el proyecto de lei de pesos i medidas. (Anexo núm. 278. V. sesion del 21 de Diciembre de 1842).
  3. De un informe de la Comision de Hacienda sobre el proyecto de transaccion con los herederos de don Francisco Ramírez. (V. sesiones del 21 i del 30).
  4. De otro informe de la misma Comision sobre la formacion de las juntas de caminos en aquellas provincias donde no hai agrimensores titulados. (V. sesion del 16).
  5. De otro informe de la misma Comision sobre el repartimiento de la contribucion del catastro en los años de 1843, 1844, 1845 i 1846 (V. sesiones del 18 de Agosto i 4 de Setiembre de 1843).
  6. De otro informe de la Comision de Peticiones sobre la de los señores Goicolea, Molina, Lefebre i C.ª relativa a la nueva poblacion del valle de Maipo. (V. sesiones del 16).
  7. De una solicitud de doña Mercedes Pasos viuda de Rodríguez, quien pide se le devuelva su espediente. (Anexo núm 281) V. sesion del 10 de Agosto de 1842).

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Gobierno informe sobre la dotacion de las Intendencias i Gobernaciones. (V. sesiOn del 11 de Setiembre venidero).
  2. Que la misma Comision informe so bre la modificacion hecha por el Senado al proyecto de lei de pesos i medidas. (V. sesion del 11 de Setiembre venidero).
  3. Aprobar las partidas 6 a 18 del Presupuesto del Interior i Relaciones Esteriores, salvo la 13, que se dejó para 2.ª a discusion. (V. sesiones del 21 i el 25).
  4. Devolver su espediente a doña Mercedes Pasos viuda de Rodrígnez. (V. sesion 18 de Junio de 1845).
  5. Que la Comision de Gobierno informe sobre la solicitud de los señores Goicolea, Molina, Lafebre i C.ª (V. sesion del 30).

ACTA editar

SESION DEL 23 DE AGOSTO DE 1843

Se abrió a las siete i media de la noche con asistencia de los señores Aldunate, Barra, Cerda, Cobo, Covarrúbias, Cifuentes, Dávila, Eyzaguirre, Gandarillas, García de la Huerta, García Reyes, Irarrázaval, Lastarria, Lastra, Larrain, López, Montt, Necochea, Orrego, Palacios, Palazuelos, Palma, Pérez, Pinto, Prieto, Rosas, Seco, Toro don Bernardo, Toro don Santiago, Varas, Velásquez, Vila, Vidal, Urriola i Renjifo.

Aprobada el acta de la anterior, se leyó un mensaje del Presidente de la República en que se contiene un proyecto de lei para el aumento de sueldo de algunas Intendencias i la dotacion de todos los gobernadores departamentales de la República, i se remitió a la Comision de Gobierno.

En seguida se leyó un oficio del presidente del Senado, en que comunica haber aprobado aquella Cámara el proyecto de lei de pesos i medidas con la insercion de un artículo colocado inmediatamente despues del 18 de dicho proyecto i con una modificacion en el artículo 24, i se mandó pasase igualmente a la Comision de Gobierno.

Leyéronse despues cuatro informes de las comisiones: el primero de la de Hacienda, a continuacion del mensaje del Ejecutivo sobre la transaccion con los herederos de don Francisco Ramírez; el segundo de la misma a consecuencia de la nota del Presidente de la República en que comunica la disposicion que ha tomado para el establecimiento de las juntas directoras de caminos en las provincias en donde no residen agrimensores; el tercero tambien de la misma Comision sobre el proyecto de lei para que se continúe recaudando la contribucion del catastro segun las listas del último repartimiento en los años 1843, 1844, 1845 i 1846; i finalmente el cuarto de la Comision Calificadora de Peticiones en la solicitud de Goicolea, Molina, Lefebre i C.ª sobre privilejios en favor del nuevo pueblo que tratan de fundar en el valle de Maipo; i quedaron estos cuatro asuntos en tabla para su discusion.

Continuó despues la segunda discusion del 6.º ítem del presupuesto del Ministerio del Interior y Relaciones Esteriores que fué aprobado en los términos siguientes:

6 ° Item para la legacion al Perú $ 10,600
A segunda hora se discutieron i aprobaron las partidas siguientes:
7 ° Item para gastos del Consulado de Guayaquil 400
8.° Item para costos de remesas de sueldos a dichas legaciones. 2.330
9.° Item para gastos estraordinarios imprevistos 10,000
10. Item para sueldos i gastos de la secretaría del Interior 10,210
11. Item para sueldos i gastos de las diez Intendencias de la República, sus secretarías i Gobiernos de Talcahuano i Constitucion 50,280 .3
12. Item para sueldos, gratificaciones i costos de las administraciones de correos 27,554 .2
14. Item para gastos de la Sociedad de Agricultura 8,322
El 15 ítem del proyecto de las comisiones fué aprobado acordándose que se dividiese i glosase en los términos siguientes
15. Para gastos de beneficencia i utilidad pública 10,000
16. Para sueldos de la Junta Central de Vacuna i vacunadores en toda la República 7,674
17. Para asignaciones pias 864
18. Para ídem a varios establecimientos deducidas de la masa decimal 23,772 .4¾

Habiendo quedado para segunda discusion el 13 ítem del presupuesto.

Se levantó la sesion a las 11¼ de la noche. —Pinto. —Renjifo.


SESION DEL 23 DE AGOSTO [1]

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó un Mensaje del Presidente de la República en que, manifestando lo escaso de la dotacion de algunos empleados de las provincias, somete a la aprobacion de la Cámara un proyecto de lei en que se señala el sueldo que deben gozar algunos Gobernadores, Intendentes, Secretarios de éstos i oficiales de Secretaría.

Se dió cuenta de un oficio pasado por el Presidente del Senado en que éste comunica haberse sancionado con una lijera modificacion i una agregacion, el proyecto de lei sobre pesos i medidas.

Se leyeron cuatro informes i en seguida continuó la discusion del presupuesto del Ministerio del Interior i Relaciones Esteriores.

Se discutió por se gunda vez la partida 6.ª en que tomaron la palabra los mismos señores que en la sesion anterior, i ademas el señor Toro que fué mas o ménos de la misma opinion que el señor Cerda; esto es, que en lugar de mantener un Ministro Plenipotenciario en el Perú, bastaba un Encargado de Negocios; i como en la discusion no se hizo mas que insistir en las razones que se alegaron en la sesion anterior, razones de que nuestros lectores ya se han hecho cargo, omitimos reproducirlas. Se votó esta partida i fué aprobada con ocho votos por la negativa.

Se leyó la 7.ª

El señor Cerda pidió que entre esta partida i la anterior se intercalase otra para una legacion en Buenos Aires $ 5,500. Fundó la necesidad de esta legacion en los perjuicios que habian reportado Chile i principalmente algunas de sus provincias por la cesacion de las comunicaciones con las provincias arjentinas; puso algunos ejemplos de familias que habían perecido por esta causa; dijo que el decreto se habia propuesto hacer cesar las tropelías que se cometían en la otra banda i particularmente en Mendoza, i que no habia conseguido su fin; pues, que esas tropelías eran mayores despues de la promulgacion del decreto; i concluyó diciendo que a nosotros nos tocaba solicitar la reconciliacion por los conflictos en que se encuentra aquella Nacion, i que el medio mas conveniente era enviar una legacion.

El señer Renjifo (don Ramon) empezó su discurso oponiéndose a estas adiciones, alegando que de este modo se aprobarian leyes sin seguir los trámites que exije el reglamento, que este método ofrecia muchos inconvenientes i aun era pernicioso por los abusos que podian cometerse. Contrayéndose a la necesidad i a las ventajas de la legacion, preguntó si se creia que iban a cesar las tropelías i persecuciones enviando una legacion a Buenos Aires; recordó el largo catálogo de infracciones i abusos que se habian cometido en aquella nacion, cuando habia ahi un ájente diplomático i concluyó diciendo que este era un asunto de grave importancia para que la Cámara lo decidiese sin pensarlo bien, sin meditar las consecuencias de tal medida, i finalmente, que si el señor Diputado preopinante, deseaba llevar adelante su indicacion, la ledactase i la sometiese a la discusion de la Cámara, pues de otro modo esta no podria aprobarla.

El señor Cerda contestando a lo primero, dijo, que el principio que se habia sentado era cierto, pero no tenia la elasticidad que quería dársele, pues si se le daba mucha latitud, la Cámara no podria hacer otra cosa que prestar su aprobacion a todas las partidas i proyectos que: se le presentasen; porque habria temor de que se aprobase una lei sin seguir los trámites del reglamento. Si la indicacion fuera inconexa, en hora buena, pero cuando no es mas que la adicion de una paitida que hace falta, que la requieren las necesidades e intereses del pais, entonces no hai razon para aplicar el principio.

Concluyó pidiendo que so votase si se admitía o nó la indicacion, dijo que su conciencia le ordenaba hacerla, pues era Diputado por una provincia, que se perjudicaba mucho con esta falta de comunicacion.

El señor Irarrázaval espuso que el gobierno no podria mirar con indiferencia el estado de nuestras relaciones con las provincias arjentinas, pero que sin embargo manifestaría las razones que a su juicio habian para adoptar la medida propuesta por el señor Diputado preopinante. En primer lugar que luego que se dictó el decreto en el año pasado por el que se suspendieron nuestras relaciones con la República Arjentina, el gobierno de Chile ofició al de Buenos Aires, manifestándole las causas tan poderosas que habia tenido para adoptar una medida semejante, i que despues de un año que va trascuriido, no se ha dado contestacion alguna, que últimamente se ha dirijido otra comunicacion cuya respuesta no se puede tener tan luego, i es de opinion que se espere esta contestacion. Dijo que el pedir la reconciliacion convenia mas bien al ofensor que al agraviado, i que así seria mucho mejor reservar la indicacion propuesta para cuando tuviésemos constestacion a la última correspondencia.

Concluyó esponiendo que los males que sufría Chile con la interrupcion de las relaciones, no eran lan graves, que cuando existían aduanas en el tránsito de Buenos Aires eran mayores los gastos que se hacian en esas aduanas que las entradas que se percibían, i finalmente, que no es la ocasion oportuna de ocuparnos de esta materia; que esperemos un poco mas i entonces podemos tratarla con provecho.

El señor Cerda se convino: pero dijo que figurase esia partida en el presupuesto para el caso de que hubiese necesidad de esta legacion.

El señor Renjifo espuso que el ejue figurase esta partida en el presupuesto podía mas bien perjudicar la indicacion que favorecerla.

El señor Cerda opinó que se agregase a la de gastos estraordinarios.

Se aprobó la partida como está en el presupuesto i se suspendió la sesion.

A segunda hora se dió cuenta de una solicitud particular i en seguida prosiguió la discusion del presupuesto del Ministerio del Interiur i Relaciones Esteriores.

Las partidas 8.ª i 9.ª fueron aprobadas.

Se iba a votar la indicacion del señor Cerda que decia introducirse en esta partida 9.ª i el señor Larrain manifestó el inconveniente que habia de agregar los $ 5,100 para la legacion a Rueños Aires a la partida de gastos estraordinarios, pues el gobierno podia echar mano de ellos, como que estaba entre los gistos estraordinarios de que puede disponer. Al señor Cerda le pareció de mucho peso esta consideracion, por lo que juzgó debía votarse si se aprobaba o nó su indicacion en una partida por separado.

Se procedio a votacion i resultaron veinticuatro votos por la negativa i seis por la afirmativa.

El señor Cerda manifestó la necesidad que habia de enviar una legacion a Roma i pidió al señor Ministro de Relaciones Esteriores algunas esplicaciones sobre el particular.

El señor Irarrázaval le contestó que el Gobierno estaba penetrado de la necesidad que habia de enviar una legacion a Roma para arreglarse diversos asuntos de la mayor importancia; mas que un asunto tan grave merecía también mucha meditación; que sin embargo podia asegurar que ántes de concluir el Congreso sus sesiones, se le pasaria por el ejecutivo un proyecto de lei sobre este asunto; que este medio le parecía mas decoroso i daria a este asunto teda la importancia que tenia.

El señor Orrego apoyó la indicacion; i el señor Cerda quedó satisfecho con la esplicacion del señor Ministro.

Las partidas 10, 11 i 12 fueron aprobadas sin discusion.

Leida la 13, el se ñor García Reyes, despues de haber oído esplicaciones sobre esta partida, espresó cuan sensible le era ver figurar una cantidad tan pequeña para un objeto tan grande; $ 50,000 divididos entre nueve provincias que tiene la república, dijo que era una cantidad escasísima atendiendo al mal estado de los caminos; manifestó la importancia ele este asunto para que la Cámara dejase de considerarles, i finalmente opinó porque se designasen $ 100,000 para este objeto, cantidad que aunque no alcanzaba enteramente a producir el objeto; sin embargo se remediarla mejor el mal.

El señor Irarrázaval contestó que estaba penetrado de las razones que se habian dado; que el era el mas interesado acaso porque se hicieran mejoras en esta materia pero que creía que la cantidad de $ 100,000 seria mui pequiña para llenar este objeto; porque la reparacion del camino de Santiago a Valparaíso solamente estaba calculada en mas de $ 200.000, que la cantidad de $ 50,000 era solo para algunas composturas, i que por un proyecto especial pediría al Gobierno las cantidades necesarias para hacer reparaciones formales i completas.

El señor García creyó siempre mui escasa la suma i opinó porque se aumentase en $ 3,000.

El señor Cobo apoyó la indicacion.

El señor Presidente creyó conveniente que se dejase para segunda discusion pues así podría meditarse mas este asunto.

Así se acordó.

La partida 14 fué aprobada; también lo fué la 15, después de haber hecho una division de las partidas a propuesta del señor Cerda.

Se levantó la sesion.


ANEXOS editar

Núm. 277 editar

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

Obligado el gobierno a promover de cuantas maneras le es posible la prosperidad de los pueblos de la República, se detiene a menudo en investigar las causas que hacen permanecer en jérmen aquella prosperidad o que se oponen a su desarrollo i progreso, para estinguirlas o neutralizar i debilitar su accion al ménos.

Con este motivo se ha penetrado de que lo escaso de la dotacion de algunos de los encargados de la administracion de las provincias, i sobre todo el no tener hasta ahora ninguno de los gobernadores depaitamentales, influye poderosamente en mantener el atraso que lamentan las fracciones mas importantes, talvez, en que se halla subdividido el Estado. Es verdad que pudieran citarse muchas honrosas escepciones de intendentes que, sin fijarse en la escasez, de su sueldo, cumplen satisfactoriamente sus funciones; i ha habido i existen gobernadores indotados que se esmeran por el bien común de los departamentos que les están sometidos. Pero no hai motivo de tomar como regla estas escepciones, que son las mas veces resultado de circunstancias felices que no tienen una existencia permanente ni segura. Al contrario puede sentarse como una verdad incuestionable que miéntras no haya como recompensar a los gobernadores sus servicios, si no es imposible, al menos es dificilísimo hallar personas aptas que desempeñen con provecho tan importantes funciones: una larga esperiencia así lo comprueba.

El gobierno ha encontrado i encuentra todos los dias en este accidente un obstáculo insuperable para la provision de tales empleos, i no ha tenido otro recurso que el de ocupar en ellos a los militares del ejército, distrayé ídolos de sus principales funciones, colocándolos en una posicion para la cual no están preparados, i lo que es mas, esponiéndose, contra sus principios é intenciones, a convertir en réjimen militar la administracion política de la República.

Las mismas observaciones podrian aplicarse con relacion al sueldo que disfrutan en la actualidad los secretarios i oficiales de secretaría en varias intendencias. Es fuera de duda que miéntras estos destinos no estén dotados de un modo proporcionado a su importancia i a las obligaciones que les están señaladas, será imposible conciliar en esta parte el buen servicio público con el interes de los particulares que se dedican a desempeñarlos. Varios casos podrían citarse en que algunos intendentes han carecido de secretarios por mas de un año, sin que fuera posible hallar quien pudiera ocupar las vacantes, a causa del bajo sueldo con que hasta el presente están dotadas estas plazas: a lo que se agrega que el mismo motivo ocasiona frecuentes variaciones en las secretarías de intendencias, precisamente en la época en que quizás se hallan ccn mas aptitudes para su desempeño las personas que las sirven.

Hai por otra parte algunas provincias en que la secretaría del Intendente no tiene siquiera un solo oficial de pluma, lo cual ocasiona con frecuencia retardos sumamente perjudiciales al despacho, i repetidos reclamos de los jefes para que se les auxilie con un empleado que llene aquel vacío.

Todas estas consideraciones han determinado al Gobierno a crear en el proyecto que someto a vuestra deliberacion, algunas plazas que satisfagan esta necesidad, i a señalar un sueldo superior a algunos intendentes, secretarios i oficiales de secretaría, para lo cual ha tomado en cuenta las varias circunstancias que hacen mas o ménos cara la subsistencia en las provincias de la República i las ocupaciones que dan mas o ménos laboriosidad a los destinos.

Estas mismas reflexiones han motivado la diferencia que se nota en la dotacion que se asigna en el proyecto a los gobernadores departamentales.

Sin embargo, de que vereis señalado el sueldo de los empleados en la Secretaría de la Intendencia de Santiago, debo haceros notar que no hai en él variacion alguna, porque es el mismo que actualmente gozan.

El objeto de la designacion no es otro que el de exonerar a la Municipalidad de este departamento de la carga que sin razon ha soportado o soporta hasta ahora de completar aquellos sueldos dando de sus fondos la cantidad de $ 475 cada año.

Es de rigurosa justicia atender al reclamo que tiene elevado al Supremo Gobierno con este objeto, e imponer al Fisco esclusivamente la obligacion de enterar la suma que forma las dotaciones de que hablo.

También creo oportuno haceros notar que el sueldo de $ 4,000 que se asigna por el proyecto al Intendente de esta provincia debe comprender, en adelante, si mereciere vuestra aprobacion, la partida de $ 600 que le está asignada sobre su dotacion actual, que es de$ 2,400 para el pago de la casa de su habitacion; de consiguiente, el aumento proyectado es solamente de la suma de $ 1,000 por año.

Omito detenerme a detallar mas las ventajas que la Nacion va a recojer de la reforma que os propongo, pues, sin duda, el Congreso las concebirá sin esfuerzo i confío en que no trepidareis en darla vuestra aprobacion, cuando atendáis a que con mui poco mas de $ 30,000 anuales de aumento en la inversion de caudales públicos se conseguiiá dar un impulso inmenso al progreso de la prosperidad nacional.

El proyecto que os presento, con el dictámen del Consejo de Estado, es el siguiente:

"Artículo Primero. Desde la promulgacion de esta lei gozarán $ 3,000 anuales de dotacion los Intendentes de las provincias de Aconcagua, Colchagua, Talca i Maule; $ 4,000 el de la de Santiago, i $ 6,000 el de Valparaíso

Art. 2.° Desde el mismo tiempo gozarán el sueldo de $ 800 anuales has Secretarios de las Intendencias de Aconcagua, Colchagua, Talca, Maule, Valdivia i Chiloé; i $ 1,200 anuales los de las de Santiago, Valparaiso, Coquimbo i Concepcion; los seis primeros con la obligacion de servir la ajencia fiscal respectiva, sin otra asignacion que aquella que en este artículo se designa.

Art. 3.° Gozarán de un peso diario de sueldo el único oficial de pluma de cada una de las secretarías de las Intendencias de Aconcagua, Colchagua, Talca, Maule, Valdivia i Chiloé; i los segundos de las de Concepción i Coquimbo. El primer oficial de la Intendencia de Santiago gozará $ 750 por año, el segundo $ 550, i el tercero $ 500.

Art. 4.° Se abonará la cantidad de $ 100 en cada año para gastos de escritorio a las secretarías de las Intendencias de Coquimbo, Aconcagua, Colchagua,Talca, Maule, Valdivia i Chiloé; i $ 200 a la de Valparaiso.

Art. 5.° Los gobernadores departamentales gozarán en adelante el sueldo anual que a continuacion se designa, siendo de cuenta de cada uno los gastos de escritorio de su oficina.

Mil pesos los gobernadores de los departamentos de Illapel, Combarbalá, Ovalle, Elqui, Vallenar, Freirina, Quillota i Rancagua; $ 500 a los de los departamentos de los Andes, Putaendo, Ligua, Petorca, Victoria, Melipilla, Casa Blanca, Rengo, Curicó, Lontué, Quirihue, Lináres, Parral, San Cárlos, Constitucion, Talcahuano, Puchacai, Rere, Laja, Lautaro, Coelemu i Chillan; $ 365 los de los departamentos de Union, Osorno, Carelmapu, Chacao, Quenac, Calbuco, Dalcague, Quinchao, Castro, Lemui i Chonchi. —Santiago, 23 de Agosto de 1843. —Manuel Búlnes. —R. L. Irarrázaval.


Núm. 278 editar

La Cámara de Senadores ha tomado en consideracion el proyecto de lei sobre arreglo del sistema de pesos i medidas, nuevamente pasado al Congreso por el Presidente de la República en el mensaje que acompaño; i ha tenido a bien aprobarlo tal como se contiene en dicho mensaje i sin otras variaciones que la insercion de un artículo i la lijera modificacion de otro.

El artículo insertado i que debe colocarse despues del dieciocho del proyecto de lei es del tenor siguiente:

"Art. 19. Habrá asimismo una division especial para la plata. La libra se dividirá en dos partes iguales con el nombre de marcos, i el marco en ocho onzas, i en lo demas seguirá la division jeneral contenida en el artículo 17."

El artículo modificado es el 24 que se adoptó en la forma siguiente:

"Art. 24. (23 del proyecto contenido en el mensaje).

El Presidente de la República elejirá por ahora en cada departamento el individuo o individuos que juzgue necesarios para que desempeñen en él las funciones de fiel ejecutor."

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Agosto 22 de 1843. —Juan de Dios Vial del Rio. —Francisco Bello, Pro-secretario. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 279 [2] editar

Una de las atenciones de las autoridades municipales, i una de las que mas contribuyen al buen gobierno de la ciudad, es la de vijilar diariamente en el recto i fiel uso de los pesos i medidas, en las transacciones ordinarias, e inspeccionar de tiempo en tiempo la exactitud i legalidad de aquellas. Esta vijilancia de parte de las autoridades, es en estremo necesaria no sólo para garantir la propiedad, evitar el fraude en las compras i ventas, sino también para conservar en el transcurso del tiempo sin alteracion ni menoscabo los mismos pesos i medidas tan espuestos a alterarse en capacidad i tamaño, aun sin intencion maliciosa.

Hace algun tiempo que la Intendencia ha hecho constar la legalidad de la vara i pesos usados en las transacciones comerciales, pero a pesar de la oportunidad de estas medidas; se oyen con frecuencia quejas de los desórdenes que ocurren en el menudeo, i que no llaman suficientemente la atencion de la autoridad, i no teniendo el pueblo a la vista i en lugares determinados, empleados municipales a quien quejarse inmediatamente de lo ocurrido en el fraude i con la prueba del delito en la mano, se somete sin murmurar a este mal que se repite con frecuencia, contentándose con murmurar de los que lo engañan, o con pedir reparacion de él individualmente. Seria de desear que la Intendencia prestase mas atención a este importante ramo de la administracion i que publicase por lo ménos semanalmente las multas que se cobrasen a los que usen mal de los pesos i medidas, o alteren su valor. Aun creemos necesario que una autoridad municipal pudiese entender en los casos de engaño escandaloso en el precio de los objetos que se menudean; pues es mui frecuente el caso de que se sorprenda la ignorancia de los compradores, exijiéndoles un precio cuádruplo del que ordinariamente tienen en la plaza.

La necesidad de recomendar estas medidas, cuya oportunidad motivan casos recientemente ocurridos, nos ponen en camino de decir cuatro palabras sobre nuestro sistema de pesos i medidas, que presenta tantas dificultades para la contaduría. Nada es mas arbitrario, que el sistema métrico de cada pueblo; porque sus unidades han sido tomadas ad libitum en cada uno de ellos, o porque si han tenido en algunos casos un oríjen común se han desviado de él con el trascurso del tiempo. Felizmente en nuestra República no sucede lo que en casi todos los estados antiguos, que no sólo cada uno de ellos tienen sus medidas especiales sino que cada provincia i aun cada ciudad, las tienen diversas en capacidad, tamaño i volúmen i aun nombre, de donde se orijinan dificultades infinitas en las transacciones de provincia a provincia i de pueblo a pueblo.

El sistema métrico francés, remedia estos inconvenientes de un modo que no deja nada que apetecer, i nosotros no trepidaríamos en aconsejar que se adoptase entre nosotros, si no sintiéramos todas las dificultades que atraería por lo pronto una innovacion tan radical, Pero lo que creemos oportuno recomendar, es que se diese un primer paso, i se atacase la dificultad gradualmente hasta llegar a hacer la sostitucion completa. Porque el sistema métrico decimal, no es sino el sistema de pesos i medidas que la naturaleza da, i por tanto es común a todos los pueblos de la tierra. No sólo la Francia lo usa hoi, sino que ya empieza a apoyarse en las demas naciones; la Béljica, la Holanda i toda la Alemania lo han adoptado i en las otras naciones se trabaja para sostituirlo a los sistemas arbitrarios que le ha legado la costumbre; de maniera que no pasará un siglo sin que el sistema métrico decimal, sea el sistema común de todos los pueblos civilizados.

I no se crea que al recomendar la adopcion del sistema decimal de pesos i medidas, nos entregamos a un simple plurito de innovaciones i de mejoras, sin consultar otros motivos que el ser aquellas fundadas en razon i conformes a las prácticas de los pueblos cultos. No tenemos sólo en vista consideraciones de inmediata utilidad i persuadidos como estamos de que las dificultades que presenta nuestro actual sistema de medidas para cálculos, son tales, que ella bastarian por sí solas a retardar la difusion de los conocimientos útiles entre la gran mayoría, por la dificultad de hacer en corto tiempo comprender la aritmética en parte necesaria a las transacciones que ocurren ordinariamente. En las escuelas primarias se han enseñado hasta hoi las cuatro primeras reglas según la determinacion vulgar, mas el conocimiento de estas reglas, no conduce en manera ninguna a la solucion de los diversos problemas que a cada momento se ofrecen en la vida; i para hacer útil aquel estudio puramente rudimental se necesita un largo trascurso de tiempo i un estudio complicado para comprender los números denominados i las fracciones; con esta circunstancia, que las reglas que la ciencia da para la solucion de los problemas de números complejos, son de complicada i larga aplicacion, por lo que en la práctica comercial están en completo desuso; miéntras que las que se practican ordinariamente por mas breves i sencillas, tienen el inconveniente de despreciar, digámoslo así, el tecnicismo i deduccion lójica de la ciencia; pues ellas solo son abreviaciones o resultados de antecedentes que no se presentan a la intelijencia del contador común.

Si pudiese pues aplicarse el sistema decimal a nuestros números denominados, se conseguiría la inapreciable ventaja de reducir i someter todos los cálculos que ocnrren en las transacciones ordinarias, a la manera fácil i sencilla de operar con las cuatro primeras reglas de aritmética; de manera que la introduccion del sistema métrico decimal en nuestro pais, traería por consecuencia hacer de tal manera espedita i fácil la enseñanza de la aritmética, que la obra que inconducentemente se hace en la enseñanza de años en las escuelas, quedaría reducida a unos cuantos meses de estudio, con inmensa ventaja de la propagación de las luces i de la instruccion popular.

Pero hai un obstáculo invencible para la adoptacion del sistema decimal en la piáctica de los cálculos, i este nace de la division actual de la moneda en onzas, pesos, reales, medios, cuartillos, que se resisten a toda reduccion a decimales, requiriéndose operaciones tan complicadas para dar a una cantidad de pesos que contenga reales i quebrados, la forma decimal, como el resolver el problema mismo por los medios ordinarios de denominados o quebrados, que tantas dificultades ofrecen.

Creernos peligroso que se pusiese la mano a la reforma de nuestras medidas de capacidad de lonjitud, gravedad, etc.; esto no puede hacerse sino gradualmente i con el trascurso del tiempo. Mas con la division de la medida de los valores i o el peso, no sucede lo mismo, pues creemos que el lejislador puede sin inconvenientes, cambiar la subdivision actual, de modo que sin alterar su valor, se preste mejor a los cálculos aritméticos. Aun las circunstancias actuales se blindan a esta reforma; pues la escasez de moneda macuquina, se hace sensible por todas partes, i en Valparaíso, sobre todo, que se hace necesario una emision de moneda para facilitar las operaciones del comercio de menudeo. Nos es imposible calcular la cantidad de moneda macuquina que circula en la república; pero suponiéndola de un millón, no creemos que costase $ 50,000 la operacion de recojerla i dar la subdivision requerida, amonedándola de nuevo, según la division del dollar norte-americano. Entonces i con la division de la moneda de cobre en décimos, tendríamos un sistema de moneda perfectamente combinado i de una reduccion facilísima en las operaciones aritméticas. Tan necesaria i oportuna es la division decimal de la moneda, que no obstante las dificultades que presentan los reales i cuartillos, las casas de comercio de Valparaíso, la han adoptado casi jeneralmente en la contaduría de sus bufetes.

Sí lograse allanarse este tropiezo, los que quedan en la division de los otros pesos i medidas usuales, son de ménos importancia i los de ellos pueden obviarse fácilmente. Necesitamos hacer sensible nuestra idea con algunos ejemplos.

Los quintales en el peso del charqui, cobre, algodon, hierro i demás especies que se pesan por quintales en nuestro comercio, se dividen en libras; por lo que sus enteros i quebrados tienen la forma decimal; así cuarenta quintales de cobre, tres arrobas, diez libras, tienen en la numeracion esta forma: 40.85 Las especies que se pesan por arrobas, se dividen también en libras, de modo que multiplicando estas por 4, según la práctica comercial que se llama cuarteron, se da al quebrado libras, la forma decimal; puesto que 30 arrobas, 15 libras, equivalen a 30,60.

Las varas se subdividen por medias i cuartas, que son susceptibles de tomar la forma decimal: así 1 2 ½, varas, pueden espresarse así: 12,5; i así de muchos de nuestros pesos i medidas.

Mas el peso no se presta sino con dificultad a la reduccion decimal; cuatro reales equivalen a 5 décimas; pero un real equivale a 125 milésimas, i un cuartillo a 3,1 25 cien milésimas, de manera que para dar a esta cantidad $ 235 7 reales 2 reales la forma decimal, se requiere una serie de operaciones para producir esta otra: 23,598,875; cantidad de decimales demasiado grande para producir ventaja alguna en su reduccion.

Hemos escojido este camino para hacer sensible a nuestros lejisladores, la necesidad, conveniencia i utilidad de cambiar cuanto ántes la subdivision de la medida de los valores, como un paso previo para la adopcion de otras reformas en las demás utilidades de pesos i medidas. El de Venezuela, no solo ha admitido division del peso en centésimos, sino que ha introducido el dollar norte-americano i el franco francés para formar con ellos la moneda circulante.

La ventaja de este sistema es como lo hemos dicho, no solo para la facilidad de las transacciones comerciales, sino también i lo que es mas importante, para la pronta enseñanza de la aritmética en las escuelas primarias, es decir para la difusion de los conocimientos útiles en la masa jeneral de la nacion.


Núm. 280 [3] editar

La indicacion que se ha hecho en la Cámara de Diputados por el señor Cerda para que se piensa en remediar los males ocasionados por la interrupcion del comercio con las provincias trasandinas, merece la mas seria consideracion.

La existencia de estos males i su gravedad es incuestionable. A las revelaciones que ha hecho el señor Diputado sobre los ruinosos resultados que ha producido i produce esa incomunicacion en la provincia de Aconcagua, de los cuales tenemos tambiem pruebas completas, podemos agregar los que se han sentido en esta plaza. Hace tiempo que oimos lamentarse a nuestros comerciantes de la medida que suspendió el tráfico con la otra banda, i hoi es ya el clamor universal. Todos discurren sobre este asunto de la misma manera, las cuentas que tiran son bien claras, i no hai argumentos que puedan oscurecer los hechos. Si a esto se agrega que la incomunicacion comercial con las provincias arjentinas no ha producido, según lo asegura el señor Cerda, ninguna ventaja política i si es cierto que las vejaciones cometidas en las personas i bienes de ciudadanos chilenos, en vez de ser reparadas, continúan como ántes, ¡cuánta responsabilidad no se han echado encima para con la Nacion las pasadas cámaras i el actual gabinete sancionando semejante medida! Pero no; cuando se trata con un gobierno tan difícil de comprender como el de Rozas, i cuyas miras son tan diversas de las que animan a los demás gobiernos del mundo, no es estraño que una administracion de pasos inútiles i vea burladas sus mejores esperanzas. La responsabilidad, pues, que hoi vemos sobre el Ministerio no se refiere a lo pasado sino al porvenir.

Reconocemos que en este asunto debe ser mui circunspecta la prensa, i que sus clamores mas bien entorpecerán al gabinete, que darle un celo e ideas que no necesita. Pero como no somos órganos de gobierno, por una parte, i como, por otra, se aumentan nuestro interes i nuestros temores sobre lo que se hará en adelante al ver que se insiste con empeño en la necesidad de mandar una embajada a Buenos Aires, no podemos prescindir del todo de nuestras ideas sobre esta medida i vamos a decir cuatro palabras sobre ella.

En el estado actual en que se hallan las cosas, interrumpida la comunicacion oficial entre nuestro Gobierno, i el de Buenos Aires por voluntad esclusiva de éste, contestados con el silencio los reclamos que se le han hecho, i subsistente el estado de transicion, por no decir de otra cosa, en que yace todavía la República Arjentina, cualquier recurso que se adopte para mejorar la condicion de nuestro comercio, i volver a anudar los vínculos que nunca hemos deseado cortar, i que siempre nos unirán con los pueblos trasandinos, debe salir enteramente del seno del Gobierno. Téngase presente que el honor del pos está ya mui comprometido en estos negocios. Téngase presente que las circunstancias son delicada i que el tacto, i el tino del gabinete, i no los debates parlamentarios, son los resortes mas indicados para obrar en esta ocasion. Aconsejar al gobierno una embajada, es esponerse a toicer su camino sin bastante conocimiento de causa, i si hemos de juzgar por lo que se nos alcanza en este asunto, es aconsejar una medida la mas humillante a la nacion, i que no ha de dar mas frutos que vergüenzas.

Es bien conocido del público del modo como nosotros consideramos a Rozas. Es sabido que no miramos en él a un Presidente, mas o ménos legal, mas o ménos útil al pais que rije, sino como a un tirano estraordinario que escandaliza a la América, como un verdugo de su patria, i que no hará a la República Arjentina ni aquellos bienes siquiera que suelen dejar los gobiernos fuertes. Merced a la libertad de imprenta que hai en Chile, mas de una vez hemos manifestado estos sentimientos. Pero no se trata ahora de apreciar a Rozas, i a su administracion, sino de consultar los intereses de Chile. Trátase de tocar resortes pacíficos que eviten a ámbos paises una guerra desastrosa, i que vuelvan a anudar entre ellos los vínculos comerciales. En este asunto no hai saña ni animosidad alguna. Se invoca la razon, i se consulta solamente los intereses materiales de los pueblos. Por lo tanto, habíamos hoi tranquilos, i sin pasión alguna por la libertad, ni contra la tiranía. Pero no podemos olvidar el decoro i el honor de Chile, ni podemos ocultarnos a nosotros mismos que una legacion ex abrupto, i una reconciliacion buscada por hechos que comprometen formalmente a nuestro país, es un medio en estremo peligroso en las actuales circunstancias, i que puede lanzarnos en un camino que no hemos querido andar.

Si deseáramos que se hiciese la guerra, i si nos complaciéramos en vez de sangre, apoyaríamos al señor Cerda i pediríamos altamente una embajada a Buenos Aires, porque todo nos ira duce a creer que el modo como seria recibida la tal embajada, mucho mas si coincidía con algún triunfo por parte de Rozas, nos cubriría de vergüenza; i traería, con peores circunstancias, la necesidad de usar de la fuerza.

Bien meditadas las cosas, meditadas con calma, pero sin abatimiento, ni abandono, creemos que el Gobierno está obligado a no continuar por mas tiempo una conducta pasiva i de pura observacion. Juzgamos que la nacion tiene derecho a pedirle que le restituya un mercado que la naturaleza le ha dado: que le restituya una fuente de propiedad, que por escasa que se suponga, cuando ménos la necesitan fuertemente dos provincias: que se le restituya un bien que el Gobierno propio está obligado a conservar, i que ningún otro estraño tiene derecho para arrebatar pues el comercio, entre paises civilizados, no es ya una gracia, mucho ménos cuando hai entre ellos vínculos, preexistentes. Pero ¿qué hará nuestro gabinete para hacer esta restitucion sin desdoro de la República? ¿De qué manera conciliará los intereses del comercio, con la dignidad del pais, i de que manera asociará su marcha constitucional al absolutismo i barbarie que reina sin freno alguno en la república vecina?

Ya hemos dicho que la prensa debe ser circunspecta en este asunto i los motivos de reserva nos cercan por todas partes. Lo único que creemos poder decir, es que, si nuestro gabinete se decide a llamar otra vez a Rozas al camino de la razon i de la buena armonía, sea por medio de una legacion, o por comunicaciones conciliatorias, es preciso que inmediatamente prepare un ejército para vengar el ultraje que recibirá probablemente: es preciso que se prepare a no volver a ver que se le da la espalda impunemente i no se le contesta: es preciso que se resuelva a sufrir por última vez un silencio de desprecio i de barbarie, o contestacion evasiva que muestran otra cosa peor: malos designios. Mas si no se halla en disposicion de vengar injurias i de hacer lo que los gobiernos hacen, entonces vale mas que no dé paso alguno, i que se calle: mejor será que se desentienda de los males que sufre Aconcagua i Valparaiso, i que les diga que lleven este fardo hasta que Rozas muera, pues peor seria que se diese lugar a decir que este tirano no sólo afrenta i humilla a las provincias arjentinas, sino también al único gobierno americano que en estas rejiones se presenta como el baluarte de la civilizacion i de la independencia.

Nosotros que abogamos por la necesidad de abrir el tráfico trasandino, seremos los primeros en callarnos, i tolerar el enflaquecimiento de nuestro comercio ántes que una mancha en nuestro pabellon.


Núm. 281 editar

Soberano Señor:

Mercedes Pasos viuda del sarjento mayor de caballería don Ildefonso Rodríguez, ante Vuestra Soberanía respetuosamente espone: que en el mes de Agosto de 1841, pasó al Supremo Gobierno de la República un mensaje recomendando una peticion que hice pidiendo una pension pia para atender a mi orfandad en que quedé reducida por el fallecimiento de mi citado esposo; i como nuestro enlace se verificó sin la prevía licencia del Supremo Gobierno, esta fué la causa porque rae veo privada del montepío que me correspondía. Los representantes de aquella lejislatura no me despacharon en aquel período, quizás por otros asuntos de mayor interes: pero en el año próximo pasado se conoció de mi citada peticion, i fué desechada por mayoría de votos que tuve en mi contra, despues del favorable informe que dieron en mi favor los señores de la comision de guerra, como se podrá informar vuestra soberanía si se digna pasar la vista por el espediente que en debida forma presento; o de nó se sirva ordenar se me devuelva mi espediente, por tanto, Soberano Señor, pido a Vuestra Soberanía se me conceda la gracia que solicito.

Soberano Señor. —Mercedes Pasos.


Recibí el espediente a que se refiere la solicitud que antecede. —Manuel J. Jara.


Agosto 22 de 1843. —A la comision de peticiones. —Renjifo.


  1. (Este documento es tomado del periódico El Progreso, número 239, correspondiente al 25 de Agosto de 1843. —(Nota del Recopilador).
  2. Este documento es tomado del diario El Progreso, del 28 de Abril, número 141 del año 1843. —(Nota del Recopilador).
  3. Este articulo ha sido tomarlo de El Mercurio de Valparaíso del 28 de Agosto de 1843, núm. 241. —(Nota del Recopilador.)