Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1843/Sesión de la Cámara de Diputados, en 21 de julio de 1843

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1843)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 21 de julio de 1843
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 20.ª EN 21 DE JULIO DE 1843
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO ANTONIO PINTO


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Reforma de la ordenanza de correos. —Autorizacion a la junta directiva de los hospitales para vender un terreno. —Solicitud de don F. de P. Latapiat. —Jubilacion de los jueces cesantes. —Solicitud de doña Rafaela Barba. —Amonedacion de plata. —Impuesto sobre los carruajes de Valparaiso. —Acta.—Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio por el cual el Presidente de la República pide que se le faculte para reformar las ordenanzas de correos. (Anexo núm. 224).
  2. De otro oficio por el cual el mismo majistrado pide que se autorice a la junta directiva de los hospitales para enajenar sin las solemnidades judiciales unas 80 cuadras de la hacienda de Choapa.
  3. De otro oficio con que el Senado devuelve modificado el proyecto de lei que otorga una gracia a clon Francisco de Paula Latapiat. (Anexo núm. 225. V. sesion del 26 de Agosto de 1842).
  4. De otro oficio con que la misma Cámara devuelve modificado el proyecto de lei que concede jubilacion a los jueces cesantes. (Anexo núm. 226. V. sesion del 7).
  5. De un informe de la comision de peticiones sobre la de doña Rafaela Barba viuda de López. (Anexo núm. 227. V. sesion del 3).

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Que la comision de gobierno informe sobre si se faculta o no al Presidente de la República para reformar las ordenanzas de correos. (V. sesion del 26).
  2. Pedir informe a la misma comision sobre si se autoriza o no a la junta directiva de los hospitales para enajenar un terreno sin las formalidades de estilo. (V. sesion del 24).
  3. Que la comision militar informe sobre la modificación hecha por el Senado al proyecto de lei que otorga cierta gracia a don Francisco de P. Latapiat. (V. sesion del 2 de Agosto venidero).
  4. Que la de justicia informe sobre la modificacion hecha por el Senado al proyecto de lei que concede jubilacion a los jueces que queden cesantes. (V. sesion del 24).
  5. Pedir informe a la comision militar i sobre la solicitud de doña Rafaela Barba. (V. sesion del 2 de Agosto venidero).
  6. Postergar la consideracion del proyecto de lei que manda emitir moneda de plata. (Véanse sesiones del 12 de Julio i 2 de Agosto de 1843).
  7. Aprobar los artículos 3.° i 4.° del proyecto de lei que grava con un impuesto los carruajes de Valparaíso. (V. sesiones del 19 de Julio i 4 Diciembre de 1843).

ACTA editar

SESION DEL 21 DE JULIO DE 1843

Se abrió con los señores Aldunate, Arteaga, Cerda, Cobo, Correa, Covarrúbias, Cifuentes, Eyzaguirre, Errázuriz don Ramon, Gandarillas. García de la Huerta, García Reyes, Iñiguez. Lastarria, Lastra, Larrain, Lira, López, Montt, Necochea, Orrego, Palacios, Palazuelos, Palma, Pérez, Pinto, Prieto, Renjifo, Rosas, Sanfuentes, Seco, Sol, Varas, Velásquez, Vial don Manuel, Vial don Ramon, Vila, Vidal i Barra.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyeron dos mensajes del Presidente de la República pidiendo en el uno se le faculte para reformar la ordenanza que actualmente rije a la administracion de correos, i en el otro se autorice a la junta directora de Hospitales para vender sin las formalidades judiciales ochenta cuadras de la Hacienda de Choapa perteneciente a la casa de Huérfanos: los dos se pisaron a la comisión de Gobierno.

También se leyeron dos oficios del Senado en que aparecen reformados los acuerdos de esta Cámara relativos a la gracia concedida a don Francisco de Paula Latapiat, i en el proyecto de lei iniciado per el Ejecutivo sobre jubilacion de jueces: éste se pasó a la Comision de Justicia i el primero a la militar.

Despues se dió cuenta del informe de la comision de peticiones en la solicitud de doña Rafaela Barba, i admitida por mayoría, pasó a la Comision de Guerra.

El señor Presidente propuso a la Sala se ocupase del proyecto de leí sobre moneda, cuyo conocimiento se habia diferido con motivo de la indisposicion del Diputado don Bernardo Toro; pero el señor Ministro de Hacienda opinó porque se retardase algún tiempo mas la discusion de este asunto, puesto que el señor Toro ha presentado un nuevo proyecto i es mui justo que la Sala considere las razones en que se apoyan uno i otro para pronunciarse con acierto i así se acordó.

En seguida continuó discutiéndose el proyecto de contribucion a les carruajes de Valparaíso i se aprobó el articulo 3.°, el 4.° se modificó con arreglo a las indicaciones de los señores Montt i Cerda i fué aprobado por mayoría, como se lee a continuacion.

"Art. 3.° No serán obligados al pago de la contribucion los carruajes que sólo entran o salen de tránsito por la ciudad de Valparaíso.

"Art. 4.° El producto de esta contribucion se aplicará esclusivamente a la reparacion i mejoramiento del piso de las calles de la misma ciudad. Con lo que se levantó la presente. —Pinto. —M. de la Barra.

SESION DEL 21 DE JULIO [1]

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyeron dos mensajes del Presidente de la República: uno que tiene por objeto dictar una lei para el mejoramiento i arreglo de la administracion de correos; i el otro autorizar al hospital para que venda una parte de los terrenos de la Casa de Espósitos con el fin de poblarlos; ámbos pasaron a la Comision de Gobierno. Se leyeron dos oficios de la Cámara de Senadores: en el primero comunica esta Cámara a la de Diputados que ha aprobado el proyecto de leí sobre jubilacion de algunos jueces, i en el otro la pension vitalicia de 25 pesos mensuales concedida al ex-coronel don Francisco Latapiatt.

En seguida se leyó el informe de la Comision de Peticiones sobre la solicitud de una señora Vargas i despues de una discusion sobre si debia pasar a comision, o si debía aprobarse o no por la Cámara, se procedió a la votacion de este último i resultó que sí, con 10 votos por la negativa.

Acto continuo, el señor Palazuelos espuso que traía el estracto que se habia pedido a la comision en la sesion anterior, i se dejó para cuando fuese tiempo.

El señor Presidente dijo a la Cámara: En noches pagadas se tuvo a bien diferir la discusion sobre la mocion del estanco, porque su autor se hallaba enfermo.

Por la misma razon se suspendió la discusion del proyecto presentado por el Gobierno sobre amonedacion, atendiendo a que el señor Toro había presentado otro proyecto sobre la misma materia, distinto del pasado per el Presidente de la República. Mas ya va trascurrido la mitad del período lejislativo habiendo recomendado el Gobierno a la Cámara que se ocupase de ese proyecto, i continuando por otra parte enfermo el señor Diputado, la Cámara decidirá lo que hallare conveniente.

El señor Renjifo don Manuel tomó la palabra. Si no son mui graves los inconvenientes que se presentan para diferir la discusion del proyecto de lei sobre amonedacion, yo pediría a la Cámara que se diferiese. Una lei como la de que se trata, es de mucha importancia; las razones en que se apoya el señor Diputado, autor de otro proyecto, deben estar fundadas en cálculos razonables; así es que la Cámara debe penetrarse de las razones en que se funda aquel señor Diputado i oir los fundamentos que ha tenido el Gobierno, para que su decision sea madura; yo seré el primero en convenir con ese señor, si encuentro justicia en el proyecto que ha presentado a la Cámara.

Por consiguiente si no se altera el reglamento de esta Cámara, si, como lo he dicho ántes, no se presentan grandes me inconvenientes, juzgo necesario que se difiera la discusion por un tiempo razonable.

He dicho por un tiempo razonable, porque si se prolongase mucho la enfeimedad de ese señor Diputado, creo cjue, en atencion a los desees del Gobierno por la pronta decision de esta materia, se deberia proceder a la discusion. No habiendo quien se opusiese al dictámen del señor Ministro se difirió la discusión del proyecto sobre amonedacion.

Continuóse despues la discusion de los artículos 3.º i 4.º del proyecto de lei sobre carruajes, pendientes en la sesion anterior.

Leido el artículo 3.º i no habiendo quien tomase la palabra, se procedió a votacion i quedó aprobado.

Se leyó el artículo 4.º

El señor Montt tomó la palabra i dijo, mas o ménos, lo que sigue: Creo que seria conveniente hacer una pequeña modificacion en la redaccion del artículo, modificacion que seria mas análoga al espíritu con que se ha dictado la lei. El artículo dice: el producto de esta contribucion, se aplicará por ahora esclusivamente a la reparacion i conservacion de los empedrados i térraplenes, etc. Me parece que la lei no debe entrar en esta especificacion ¿quién puede asegutar que el método de conservar i reparar los empedrados i terraplenes, es el único i el mejor que puede emplearse pera la mejora de las calles? Soi pues de opinion que el artículo debe redactarse en estas palabras: el producto de la contribucion deberá emplearse en la reparacion i mejora de las calles.

El señor Errázuriz tomó la palabra. Soi de opinion, dijo, que debe suprimirse el artículo. La contribucion que se va a imponer a los carruajes debe entrar a los fondos comunes de la Municipalidad, va a aumentar estos fondos. Sin necesidad del artículo, tiene pues obligacion la Municipalidad de componer las calles, luego es evidente que el artículo es inútil.

El señor Renjifo (don Ramon) tomó la palabra. La contribucion deque se trata, dijo, es una contribucion particular que tiene un objeto especial. La lei no debe desatender este objeto, pues si así lo hiciese destruiria las garantías que se da a los contribuyentes con la sancion de la lei. Ahora bien, todo lo que especifica el artículo, es con relacion a ser objeto de la lei pues estando las calles terraplenadas, compuestos los puentes, etc., es claro que los contribuyentes no tieen motivo para quejarse. No hallo inconveniente en que se suprima la palabra por ahora que en la sesion anterior indicó un señor Diputado, pero las demas observaciones que se han hecho no me parecen fundadas. Ya lo he dicho otra vez, el artículo en cuestion ofrece una garantía alos contribuyentes. La Municipalidad, a pesar de su celo por el bien de su provincia, podia desatender el principal objeto de la lei i entonces la esperanza que hubieran concebido, los dueños de carmajes, vendria a ser ilusoria. No sucede así existiendo el artículo; la Municipalidad, no puede dar otra inversion al producto de este impuesto. Creo pues que debe dejarse el artículo porque es necesario, i la única variacion que puede hacérsele, es quitarle la palabra "por ahora".

El señor Montt tomó la palabra. La observacion que hice, dijo, para que se variase la redaccion del artículo, no se opone de ningun modo a la necesidad del artículo, ántes bien convengo en ella. Estoi de acuerdo con la necesidad de que se mejoren las calles; pero al injeniero es a quien toca elejir los medios que conduzcan al fin que se desea; la Cámara debe dictar la lei para que se proceda al mejoramiento, pero no puedo convenir en que señale la manera cómo se han de mejorar: esto último lo juzgo inoportuno i poco decoroso al carácter de la Cámara

Se procedió a la votacion del artículo, como está en el orijinal i resultó desechado por veinte votos contra quince. Púsose entonces en discusion el mismo artículo con la variacion propuesta por el señor Montt.

El señor Palazuelos tomó la palabra i dijo: Yo tambien creo, señores, que las municipalidades han empezado a tener razon i me parece que se le hace una grave ofensa con este artículo. En efecto, a la Municipalidad de Valparaiso se le dice clarito: señora mia, como Ud. puede destinar el producto de esta contribucion a otro uso que aquel para que ha sido creado, le ordenamos que no la invierta sino en este. ¿I será justo esto?...Nó, señores. Ya lo he dicho; creo que las municipalidades han empezado a tener razon i no debemos hacerles una ofensa. ¿Por qué no se dice mejor a la municipalidad que se porga en medio de la plaza a pedir una bendita limosna por el amor de Dios para componer las calles? (Risas) Esto es lo que se llama andar las cosas patas arriba...No quiero, pues, señores, que se haga una ofensa a los cabildantes de Valparaiso...¿Para qué digo mas? Hágase lo que se quiera.

El señor Lastarria tomó la palabra sin hacer alto, dijo, a la observacion que acaba de hacerse, porque creo que la Cámara está convencida de la necesidad del artículo; pido a la Cámara que oiga una redaccion que he acomodado con otro señor Diputado, redaccion que, a mi juicio, conformará las opiniones. Se ha dicho que la contribucion no alcanzaba i que la Municipalidad pudiera creerse escusada de poner de su parte lo que falta para la reparacion; se ha dicho que la contribucion podia sobrar i entonces podia darse otro empleo al producto de la contribucion. Pues bien!..dígase: el producto de la contribucion se empleará con preferencia en el mejoramiento de las calles i así quedan salvadas todas las dificultades.

El señor Cobo tomó la palabra para oponerse al artículo por creerlo ir útil i aun perjudicial. Para probar lo primero empleó los mismos argumentos de los anteriores Diputados i para lo segundo dijo que con el artículo se perjudicaba a la contabilidad por los embarazos que podria ocasionar.

El señor Cerda tomó la palabra e insistió en la observacion que hizo en la sesion del 19. El producto de la contribucion es para indenmizar los daños que causan los ómribus, de tal manera que si no hubiese daño tampoco deberia haber contribucion; ésta no debe por consiguiente ser perpetua. Soi de opinion que se lleve una cuenta especial i por separado de esta contribucion particular, para que cesando el mal estado de las calles, cese tambien la contribucion. Me parece bien la redaccion que ha presentado el señor Lastarria; pero la palabra con preferencia no me gusta, porque indica que despues que se hayan compuesto las calles con el producto de la contribucion, puede dedicarse éste a otros empleos, i eso no me parece bien, porque la contribucion tiene un objeto especial i luego que se haya llenado este objeto, debe cesar.

El señor Vial (don Manuel Camilo) apoyó la redaccion indicada por el señor Montt, apoyándose en que esta redaccion es mas conforme al espíritu de la lei, en los perjuicios que pudieran subvenides a los contribuyentes con la supresion del artículo, i salvó la dificultad relativa a la inversion de la contribucion diciendo: que el Gobierno debia necesariamente correjir los presupuestos i examinar las cuentas de todas las municipalidades. No convino tampoco con la opinion del señor Cerda que se formase una cuenta especial por juzgarlo innecesario.

El señor Palazuelos tomó la palabra ¿No somos todos iguales ante la lei? I bien! ¿Por qué se concede a esos carromateros un privilejio que no tienen los demas, los carniceros, por ejemplo? ¿No pega el carnicero su contribucion? ¿Por qué no se le dice lo mismo que al carromatero: el producto de tu contribucion, se empleará en tenerte barrido i limpio tu lugar? Ya se ve, será porque los carromateros tienen carros grandes, pesados... Vamos adelante. ¿Por qué razon una carreta con esas ruedas jigantes i tan pesadas que donde descansan dejan hoyo (risas,) pagan la misma contribucion que el cochecito de un elegante que apénas lame el suelo? (Risas). Nó, señores, esta es mucha injusticia.

El señor Vial (don Manuel Camilo) dijo: El Diputado preopinante ignora sin duda que hai dos clases de contribuciones; una pública que son rentas de una nacion i otras particulares i que entre una i otra hai una gran diferencia. A las primeras no puede dárseles ura inversion particular i el señor Diputado preopinante está mui engañado en su opinion cuanco ha confundido a ambas contribuciones. Ni en este proyecto, ni en el artículo en discusion, se trata de cochecitos, ni se impone contribuciones a las carretas. porque éstas, a mas de estar sujetas a otro impuesto, no se les permite rodar por las calles de Valparaiso ¿i seria justo que no haciendo mas alguno en las calles, fuesen gravadas con una contribucion por la sola circunstancia de ser grandes i pesadas? Debe pues aprobarse el artículo.

Finalmente el señor Renjifo tomó la palabra para apoyar el artículo del modo como lo habia redactado el señor Montt, furcándose en que la Camára habiendo aprobado el primer artículo que tiene por objeto establecer la contribucion, no obraria con consecuencia desechando este artículo que era un resultado del 1.º; atacó la opinion de los que creian que el artículo o tenia por objeto aumentar los fondos de la Municipalidad i concluyo diciendo que debia aprobarse la redaccion indicada por el señor Montt, que era conforme al espiritu de la lei. Se procedió a votacion i resultó aprobado el artículo con 10 votos por la negativa. Se levantó la sesion.


ANEXOS editar

Núm 224[2] editar

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

Uno de los elementos mas eficaces de la prosperidad industrial de las naciones es la comunicacion pronta i segura de la correspondencia entre sus diversos pueblos, por manera que los defectos en este resorte de la administracion pueden ser de consecuencias funestas para la riqueza i bienestar de la sociedad. Por esto el Gobierno ha puesto constantemente un decidido empeño en mejorar i facilitar en lo posible la comunicacion por medio de correos en la República, pero siempre se ha encontrado con obstáculos que eran casi insuperables a causa de tener su oríjen en las leyes mismas. Las ordenanzas que han rejido i rijen a la administracion fueron espedidas cuando Chile se hallaba en un estado de todo punto diverso al presente.

La forma de nuestro Gobierno actual, i mas que todo los progresos de nuestras relaciones industriales, han cambiado enteramente las circunstancias que hicieron adaptables aquellas medidas, i nos han colocado en la incuestionable necesidad de hacer todas las variaciones adecuadas al estado en que se halla la nacion. Estas consideraciones me determinan a pedir a las Cámaras una ámplia autorizacion para reformar las disposiciones vijentes i reemplazarlas por otras mas conducentes al fin que me propongo.

Persuadido de que valdrá en nuestro ánimo las razones con que exijo esta confianza, os propongo, despues de oido el Consejo de Estado, el siguiente


PROYECTO DE LEI:

"Artículo Primero. Se autoriza al Presidente de la República para que reforme las ordenanzas que actualmente rijen a la administracion de correos, i dicte todas las medidas que a su juicio sean necesarias para el mejir i mas propio arreglo de las oficinas de esta administracion.

ART. 2.° La autorizacion de que habla el artículo anterior durará por el término de un año.

ART. 3.° De todo lo que a virtud de dicha autorizacion hiciere el Presidente de la República instruirá oportunamente al Congreso sin perjuicio de la ejecucion de la reforma" —Santiago, Julio 20 de 1843. —Manuel Búlnes. —Ramon Luis Irarrázaval.


Núm. 225 editar

Esta Cámara, habiendo tomado en consideracion el proyecto de lei en que se concede una pension a don Francisco de Paula Lattapiat le ha prestado su aprobacion en los términos que espresa el siguiente:

"Artículo Único. Se concede al ex coronel don Francisco de Paula Lattapiat, como gracia por los servicios prestados a la causa de la independencia, la pension vitalicia de $ 25 mensuales."

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde a V. E —Santiago, Julio 20 de 1843. —José Miguel Irarrázaval. —Francisco Bello, Pro-secretario. —A S. E. el presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 226 editar

El Senado ha tomado en consideracion el proyecto de lei en que se concede jubilacion a los jueces que quedaren sin colocacion a consecuencia del nuevo arreglo de tribunales i le ha prestado su aprobacion en los términos siguiente:

"Artículo Primero. Se autoriza al Presidente de la República para conceder jubilacion con arreglo a las leyes, a los jueces que teniendo, al ménos, cinco años de servicio quedaren sin colocacion a consecuencia de los nombramientos que deben hacerse para proveer en propiedad estos empleos, aun cuando no se hallen física o moralmente imposibilitados para continuar prestando sus servicios.

Para esta jubilacion se contará todo el tiempo que hubieren servido, aun cuando haya sido con alguna interrupcion.

ART. 2.° El actual Ministro Decano de la Corte de Apelaciones don Santiago Mardones, en atencion a estar ejerciendo las funciones de rejente a su avanzada edad i servicios será jubilado con la renta de $ 2.000 anuales.

ART. 3.° El actual Ministro especial de minería de la Corte de Apelaciones don Ramon Moreno, por su avanzada edad, enfermedades habituales i dilatados servicios, será jubilado con la renta íntegra de $ 400 anuales."

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde a V. E. —Santiago, 20 de Julio de 1843. —José Miguel Irarrázaval. —Francisco Bello, Pro-Secretario. —A. S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 227 editar

La Comision Calificadora de peticiones ha considerado la solicitud que hace doña Rafaela Barba viuda del sarjento-mayor don Pedro López, i la encuentra con suficientes fundamentos para que esta honorable Sala la tome en consideracion.

Sala de la Comision. Julio 14 de 1843. —Ambrosio de Aldunate. —Juan de Dios Correa de Saa. —Ramon Rosas Mendiburu.


Núm. 228 editar

Sírvase V. S. poner en conocimiento de S. E. el Presidente de esa Honorable Cámara que el que suscribe no ha sabido por conducto legal su nombramiento de Diputado por el departamento de Itata sino por una nómina que remitió al Ministerio del Interior el Intendente de la provincia del Maule de todos los Diputados que habian sido elejidos en los departamentos de esa provincia. Pero se ha ordenado ya a este funcionario que haga que la Municipalidad de Itata remita los respectivos poderes a los Diputados que resultaron electos del escrutinio que conforme a la lei debió hacer de las elecciones de ese departamento.

Lo comunico a V. S. en contestacion a su nota de ayer.

Dios guarde a V. S. —Santiago, Julio 20 de 1843. —R. L. Irarrázaval. —Al Secretario de la Cámara de Diputados.


  1. Este documento es tomado del periódico El Progreso correspondiente al año 1843 i del 24 de Julio número 212. —(Nota del Recopilador).
  2. Este artículo ha sido tomado de El Araucano, de 21 de Julio de 1843, núm. 674. —(Nota del Recopilador).